sábado, 27 de septiembre de 2014

LA BUENA MENTIRA , PELICULA DE PHILIPPE FALARDEU . UNA MUJER NORTAMERICANA ACOGE EN SU CASA A UN REFUGIADO SUDANÉS .



Publicado el 27/9/2014
Estreno en España 3 de Octubre

Sinopsis: En Estados Unidos, una mujer norteamericana acoge en su casa a un refugiado sudanés. (FILMAFFINITY)

Director: Philippe Falardeau

Guión: Margaret Nagle

Reparto: Reese Witherspoon, Corey Stoll, Sarah Baker, Sope Aluko, Sharon Conley, Mike Pniewski, Arnold Oceng, Clifton Guterman

Productora: Black Label Media / Good Lie Productions / Imagine Entertainment

Género: Drama | Cine independiente USA. Inmigración

ENEKO ... Y SIN EMBARGO SE MUEVE . VIÑETA DEL 17/09/2014 . EUROPA .

http://blogs.20minutos.es/eneko/2014/09/17/europa-6/

"SAMBA " PELÍCULA DE OLIVER NAKACHE . UNA HISTORIA DE AMOR E INMIGRACIÓN.

"Samba", una historia de amor e inmigración de los creadores de Intouchables 




Hasta ahí las similitudes entre las dos películas, porque "Samba" es absolutamente lejana a la violencia del justiciero que encarna Washington y pone el foco en los pesares de un inmigrante sin papeles procedente de Senegal, Samba, que lleva 10 años viviendo en París y se busca la vida en infinidad de trabajos mientras trata de conseguir un permiso de residencia.


En este periplo se suceden las situaciones cómicas, aunque en la película subyace un regusto amargo por la dureza de las condiciones que padecen personas como Samba que tampoco quieren volver "como unos perdedores" a sus países y tratan por todos los medios de conseguir los permisos legales.



"Los sin papeles tenemos muchos papeles", dice en un momento uno de los personajes

El contrapunto lo pone Alice (Charlotte Gainsbourg), una alta ejecutiva de una empresa que padece el síndrome "bourn out" que trata de paliar con medicación y que busca en una asociación de ayuda a inmigrantes una forma de volver a sentir interés por el resto de los seres humanos.

STEPHEN HAWKING PLANTEA EN TENERIFE LA HIPOTESIS DE AUSENCIA DE FRONTERAS EN EL UNIVERSO Y EN LA TIERRA

Hawking defiende las leyes de la física frente al concepto de un dios ´que juega a los dados´

El físico teórico expone en un Magma a rebosar de público la teoría de que el Universo podría ser "un holograma"

23.09.2014 | 23:34

(...)

Una de las características fundamentales del universo es la que plantea la hipótesis de Ausencia de fronteras. Para ilustrar este concepto, el físico inglés usó el ejemplo de la Tierra. Cuando se creía que esta era plana se podía pensar en unos bordes, unas fronteras al final de la misma que darían paso a un abismo. Pero al concebir la Tierra como esférica, desaparecen, por lo que un hombre podría recorrer la Tierra y nunca llegaría a su final, como mucho volvería al mismo punto. Para él, esta misma idea podría aplicarse al universo, la idea de que este no tiene fronteras ni final, sino que está contenido en sí mismo. 

(...)

LEER MÁS : LA OPINION DE TENERIFE 

jueves, 25 de septiembre de 2014

GRAVES REPRESALIAS TRAS INTENTO DE FUGA EN EL CIE DE VALENCIA Al menos, 12 internos agredidos por la policía y 8 expulsiones de víctimas y testigos

GRAVES REPRESALIAS TRAS INTENTO DE FUGA EN EL CIE DE VALENCIA
Al menos, 12 internos agredidos por la policía y 8 expulsiones de víctimas y testigos

Valencia, 25 de septiembre de 2014.- El jueves 18 por la mañana, Mohamed Ali, uno de los internos agredidos de nacionalidad argelina, hizo un llamado de auxilio desde un teléfono del Centro de Internamiento de Extranjeros. Contactó con una activista de la Campaña por el cierre de los CIEs: “Tenéis que venir, la policía le ha pegado a 12 personas, queremos denunciar, que nos hagan fotos, hay gente que tiene que ir al hospital, están muy mal”, declaró angustiado, especificando que varios de ellos tenían puntos de sutura en la cabeza como consecuencia de las agresiones policiales.
Fue el lunes 24, cuando Mohamed Ali, junto a otro interno que se dijo testigo y que hizo de intérprete, por fin pudo relatar los hechos en persona ante una persona de la Campaña.

“Nos pegaban a todos”.
El miércoles 17 Mohamed Ali estaba en el pasillo del CIE hablando por teléfono con su familia cuando empezó todo. En una confusión de gritos y  golpes, a Alí lo sorprendió un porrazo en la cabeza y otro en la muñeca con la que sostenía el tubo del teléfono. Luego sabría que un grupo de internos había intentado salir por la puerta. Tres policías, dos hombres y una mujer empezaron a pegar con las porras a casi todos los que estaban en el pasillo, según relatan Ali y otro interno que hacía de intérprete, quienes añadieron que "ninguno de los agresores llevaba placa identificativa.
Más tarde, con el refuerzo de los antidisturbios dentro del CIE, la policía separó a los internos que supuestamente habían buscado su libertad, del resto. Ali asegura que es el mismo agente que le pegó a él, no una, sino dos veces (la segunda vez fue en su primer intento por llamar para denunciar el día jueves) quien se encargó de darle una paliza a cada uno de estos internos dentro de las celdas. Mientras los antidisturbios vigilaban, “el policía calvo, alto, metía de a uno y le daba golpes, lo sacaba y metía a otro. En algunas celdas se metía con los otros dos policías que pegaron en el pasillo.”

Víctimas
Mohamed dice haber contado 11 personas víctimas de este ensañamiento. Entre estas personas, Ali cuenta que casi todos tienen grandes cortes en la cabeza y marcas de las porras en la espalda y otras partes del cuerpo y que ninguno fue llevado al hospital; fueron atendidos por el servicio médico del CIE, desde donde se aplicó puntos de sutura.
Y comparte algunos casos: “A G. le abrieron la cabeza dos veces; tiene 15 puntos: 9 por los golpes de la paliza del pasillo y 6 más por los golpes en la celda. A. 4 puntos en la cabeza. A A.N. que creo que es menor, tiene 3 puntos en la cabeza y puede tener los huesos rotos, los tiene hinchadísimos y nos los puede mover. Y E. tiene 3 puntos en la cabeza y una oreja cortada.
Mohamed Ali afirmó que todas las víctimas y algunos testigos de la brutal agresión policial tenían la intención de presentar denuncia judicial, sumando imágenes probatorias de las agresiones que se evidencian en sus cuerpos, junto a los nombres y firmas de todos los testigos. Firmas que él y su intérprete se encargarían de recoger para concretar la denuncia al día siguiente. Ambos: Mohamed Ali y el intérprete, junto a otras 6 personas fueron deportadas inesperadamente horas después de conversar con las activistas de la Campaña. El derecho de denuncia de al menos 8 personas ha sido denegado mediante su expulsión.

La Campaña por el Cierre de los CIEs tan pronto tuvo conocimiento de los hechos y hasta tanto formalizar denuncia, puso los mismos en conocimiento de la Defensoría del Pueblo, sin tener constancia de una actuación del organismo previa a la expulsión.

Además de estas agresiones,  Alí asegura que en los 45 días que llevaba encerrado en el CIE, ha tenido que soportar el desprecio constante del mismo agente que lo golpeó, quien, según afirma, suele dirigirse hacia él y hacia otros internos con frases tales como: “tú moro, vete a follar a tu compañero” o “vosotros sois animales, por eso os tratamos como a animales”.

Desde CIEs No se  denuncia que tan sólo horas después de que Mohamed Alí dejara preparada la denuncia para hacerla efectiva al día siguiente, fue devuelto a su país de origen contra su voluntad, imposibilitando iniciar el proceso judicial, hecho que se ha puesto en conocimiento de la misma Defensoría . La Campaña reitera la exigencia de la investigación de estos  hechos que el ciudadano argelino intentó poner en conocimiento del juzgado, así como solicita que se suspendan las expulsiones de víctimas y testigos en los casos de violaciones a los derechos fundamentales.



Para más información:
Ana Fornés, 626 16 58 95

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CIEs NO
Campaña por el Cierre de los Centros de Internamiento de Extranjeros

SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE BILBAO DE 30 DE JULIO DE 2014 .PRUEBA DE LA PERMANENCIA ACREDITADA DE 3 AÑOS PARA EL ARRAIGO SOCIAL

SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE BILBAO DE 30 DE JULIO DE 2014 .PRUEBA DE LA PERMANENCIA ACREDITADA DE 3 AÑOS PARA EL ARRAIGO SOCIAL

SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE BILBAO, DE 30.07.2014 ESTIMA PARCIALMENTE RECURSO Y RETROTRAE ACTUACIONES PARA NUEVA RESOLUCION DE LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BIZKAIA. BOLIVIANO SOLICITANTE DE ARRAIGO SOCIAL. ANALISIS DE LOS MEDIOS DE PRUEBA PARA ACREDITAR LA PERMANENCIA CONTINUADA EN ESPAÑA DURANTE 3 AÑOS, CON PERIODOS INTERMEDIOS DE AUSENCIA DE EMPADRONAMIENTO. EL PASAPORTE Y LA AUSENCIA DE SELLOS DE SALIDA Y REENTRADA A ESPAÑA ES PRUEBA INDICIARIA Y PRESUNTIVA DE PERMANENCIA,ASI COMO ENVIOS DE DINERO AL PAIS DE ORIGEN. SIN COSTAS

 La sentencia es FIRME


FELICITACIONES AL "ILUSTRE" ABOGADO JAVIER GALPARSORO.
CHAPÓ , CHAPÓ



  Más información

CAMPAÑA CEAR : SI EINSTEIN HUBIERA SIDO AFRICANO , HOY NADA SERÍA RELATIVO


http://www.elrefugioerestu.org/

martes, 23 de septiembre de 2014

JOSÉ PALAZÓN UN EJEMPLO A SEGUIR . " SI EL JUEZ TIRA DE LA MANTA , EL MINISTRO DEL INTERIOR ACABARÁ IMPUTADO TAMBIÉN "

"Si el juez tira de la manta, el ministro del Interior acabará imputado también"

Entrevista a José Palazón, director de la ONG melillense Prodein, que lleva denunciando las devoluciones ilegales de inmigrantes desde hace más de 10 años
Ahora un auto judicial le ha dado la razón y ha imputado al coronel de la Guardia Civil de Melilla por supuesta prevaricación
"El Gobierno las enseñó, las publicó, quería normalizarlas. No se dio cuenta de que no se puede normalizar lo que es ilegal"
Por qué son ilegales: incumplen la Ley de Extranjería y el tratado con Marruecos

LEER MAS EN EL DIARIO.ES DESALAMBRE 



COMENTARIO : YA DEBERÍA ESTAR IMPUTADO DESDE EL MOMENTO QUE RECONOCE QUE LA GUARDIA CIVIL ACTÚA CON EL SENTIDO COMÚN . CHAPÓ SEÑOR JOSÉ PALAZÓN , LOS QUE APRECIAMOS LOS DERECHOS HUMANOS CON RIGOR VALORAMOS MUCHÍSIMO SU COMPROMISO . ME ENCANTARÍA DARLE UN ABRAZO LLENO DE PALMADITAS.

LA ABOGACIA TINERFEÑA CELEBRA LA DIMISIÓN DE GALLARDON



En S/C de Tenerife, a 23 de septiembre de 2014.



El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha dimitido sólo cuatro horas después de que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunciara la retirada de la reforma de la ley del aborto. Gallardón comunicó la semana pasada al jefe del Ejecutivo su intención de dejar el cargo al sentirse desautorizado en relación con un texto legal que apadrinó con fervor. Hoy, tras hablar de nuevo con Rajoy, lo confirmó en conferencia de prensa: "Yo no soy la persona para poder llevar adelante con convicción la nueva forma de regulación del aborto que ha sido anunciada por el presidente del Gobierno". Gallardón abandona la política tras 30 años de actividad. En los próximos días renunciara a su escaño en el Congreso de los Diputados y a sus cargos en el Partido Popular.



Se da la circunstancia de que el pasado viernes, el propio pleno del Consejo Canario de Colegios de Abogados, solicitó al Presidente del Gobierno Mariano Rajoy, el cese fulminante del ministro Ruiz Gallardón , junto con el de Luis de Guindos, ante la nefasta actuación de ambos Ministros desde que llegaron a sus cargos de ministros de Justicia y Economía respectivamente, representada esa actuación con la aprobación y tramitación, entre otras, de las leyes sobre tasas, de asistencia jurídica gratuita, de Servicio y Colegios Profesionales, así como la práctica totalidad de paquetes legislativos relativos a la administración de justicia, que venían suponiendo de forma clara y patente, un ataque frontal contra los derechos y libertades de la ciudadanía en general y contra el ejercicio de la abogacía en particular. Este gesto de rechazo a la política del Ministerio ya tuvo su primera manifestación cuando, en el mes de noviembre pas ado, los abogados canarios declararon igualmente al propio Gallardón persona non grata, ante su inmovilismo a atender las peticiones de retirada de la controvertida Ley de Tasas.

Gallardón es el primer ministro que abandona por voluntad propia el gabinete de Mariano Rajoy. Su paso por el Ministerio de Justicia apenas ha dejado leyes importantes. Todas las que anunció para "revolucionar y modernizar" la administración de Justicia, como la reforma del Código Penal, la Ley del Poder Judicial o la Ley de Enjuiciamiento Criminal, están empantanadas en el Congreso o no han logrado salir de su departamento, pese a que fueron anunciadas hace mucho tiempo; y de hecho la mas controvertida si cabe, Ley de Tasas, aprobada contra la unánime oposición y rechazo de todos los operadores jurídicos nacionales, tiene muchos visos de ser rechazada, una vez se resuelvan los diversos r ecursos que dicha ley tiene interpuestos en el Tribunal Constitucional.
 
 
ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

SENTENCIA JUZGADO CONTENCIOSO/ADMINISTRATIVO Nº 1 DE 9 DE JULIO DE 2014 . ARRIGO SOCIAL MIXTO INICIAL ( ARRIGO FAMILIAR POR TENER HIJO ESPAÑOL Y ARRAIGO SOCIAL SIN CONTRATO POR TENER MEDIOS ECONÓMICOS SU ESPOSA ) CON ANTECEDENTES PENALES

SENTENCIA JUZGADO CONTENCIOSO/ADMINISTRATIVO Nº 1 DE 9 DE JULIO DE 2014 . ARRIGO SOCIAL MIXTO INICIAL ( ARRIGO FAMILIAR POR TENER HIJO ESPAÑOL Y ARRAIGO SOCIAL SIN CONTRATO POR TENER MEDIOS ECONÓMICOS SU ESPOSA ) CON ANTECEDENTES PENALES

Sentencia que valora todos las circunstancias personales concurrentes en el solicitante , no sólo el informe de arraigo Social obrante en el expediente que prueba que depende económicamente de su esposa, también que es padre de un hijo de nacionalidad española y sobre todo que se encuentra socialmente arraigado


 FELICITACIONES A NUESTRO COMPAÑERO DEL COLEGIO ABOGADOS DE TENERIFE ANTONIO MANUEL PADILLA GONZALEZ Más información

PRESENTACIÓN DEL INFORME : DEVOLUCIONES EN CALIENTE EN LA VALLA DE MELILLA


lunes, 15 de septiembre de 2014

LOS TITOS : ANDALUCIA SOMOS TODOS . STOP ANTIRUMORES ANDALUCÍA . MUY BUENO

EL MINISTRO DICE QUE LOS AGENTES APLICAN LA LEY " DESDE EL SENTIDO COMÚN "

Imputado el jefe de la Guardia Civil de Melilla por las devoluciones en la frontera

El instructor le cita por un posible delito de prevaricación tras fijar el plan de actuación en la valla


El ministro dice que los agentes aplican la ley "desde el sentido común"

SILVIA AYUSO, Washington
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, afirmó este lunes que la policía y la Guardia Civil están “cumpliendo la ley” en Melilla y que realizan su interpretación de la misma “desde el sentido común”. Las palabras del ministro se referían a la imputación por prevaricación del coronel jefe de la Comandancia de la ciudad autónoma, Ambrosio Martín Villaseñor, por las devoluciones en caliente de inmigrantes a Marruecos.


COMENTARIO :  Y SE HACEN CURSOS PARA LA GUARDIA CIVIL DESDE EL SENTIDO COMÚN Y CON UN PROTOCOLO QUE NO EXISTE

VER VIDEO IMPRESIONANTE :

EL HIJO DE HERNANDEZ . CUARTETO DE NOS

IMPUTADO EL CORONEL JEFE DE LA COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE MELILLA POR PRESUNTO DELITO DE PREVARICACIÓN EN LAS DEVOLUCIONES EN CALIENTE

IMPUTADO EL CORONEL JEFE DE LA COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE MELILLA POR PRESUNTO DELITO DE PREVARICACIÓN EN LAS DEVOLUCIONES EN CALIENTE



Imputado Coronel Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla por presunto delito de prevaricación en las devoluciones en caliente


El Juzgado de 1ª instancia y de Instrucción número 2 de Melilla ha dictado auto de imputación penal contra el Coronel Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla por el presunto delito de prevaricación, en el caso de las devoluciones en caliente de personas inmigrantes ocurridas el pasado 18 de junio y 13 de agosto, “al ser la persona que dicta la Orden de Servicio 6/2014 titulada Dispositivo anti intrusión en la valla perimetral de Melilla y protocolo operativo de vigilancia de fronteras, fechada el día 11 de abril de 2014 y ser la persona al mando del dispositivo”, según el texto literal de la decisión judicial.

El auto es resultado de las diligencias acordadas por el Juzgado el pasado 4 de agosto, a partir de la querella presentada en julio por Andalucía Acoge, la Federación de SOS Racismo y P.R.O.D.E.I.N-Melilla, basada de un vídeo grabado en el que se aprecia como policías de Marruecos y guardias civiles, en el espacio entre vallas, conducen a un grupo de inmigrantes para realizar una “devolución” en caliente
http://www.acoge.org/index.php/es/8-nuestras-noticias/369-imputado-coronel-jefe-de-la-comandancia-de-la-guardia-civil-de-melilla-por-presunto-delito-de-prevaricacion-en-las-devoluciones-en-caliente

VER AUTO :


Más información


COMENTARIO :  FIJANSE EN ESTE VIDEO SOBRE LA PRESENTACIÓN  DE LA UNIÓN DE GUARDIAS CIVILES

Unión de Guardias Civiles se presenta con propuestas sobre Hacienda e Inmigración



IMPRESIONANTE ... BIEN IMPUTADO ...


miércoles, 10 de septiembre de 2014

RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO A LA QUEJA DE LA COMISION DE EXTRANJERÍA DEL COLEGIO DE ABOGADO DE BARCELONA POR LA DENEGACIÓN DE LAS NACIONALIDADES POR CADUCIDAD DE LOS ANTECEDENTES PENALES

Respuesta de la Dirección General de los Registros y del Notariado a la queja de la Comissió d’estrangeria de l’ ICAB por las incidencias en la tramitación de los expedientes de nacionalidad

 
El 21 de octubre de 2013 os comunicamos que el 8 de octubre de ese año la Comisión de Extranjería remitió al Director General de los Registros y del Notariado queja por las incidencias que se estaban dando en la tramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia, que se habían visto incrementadas con la aplicación del Plan Intensivo de Nacionalidad. Entre las incidencias que recogíamos en el documento destacaban las que afectaban a la presentación de la solicitud, al examen de integración y a las resoluciones denegatorias por caducidad del certificado de antecedentes penales. El 23 de enero de 2014, cuando reiteramos la queja debido al silencio de la Dirección General de los Registros y del Notariado, preguntamos a su Director si la Dirección revocaría de oficio las resoluciones denegatorias de la nacionalidad española motivadas en la no acreditación de buena conducta cívica por no haber aportado un certificado de antecedentes penales en vigor, o encontrarse este caducado o debidamente legalizado, sin haber ofrecido previamente la oportunidad de aportar un nuevo certificado en vigor y debidamente legalizado, acogiendo, de esta manera la recomendación que efectuó la Defensora del Pueblo.
 
Con fecha 15 de junio de 2014, el Director General de los Registros y del Notariado contestó nuestra queja. En su escrito el Director informa lo siguiente:
 
En el marco del Plan Intensivo de Nacionalidad hasta el mes de junio de 2014 se produjeron un total de 382.543 concesiones.
 
Ø La interpretación jurisprudencial permite concluir que la buena conducta cívica a que se refiere el artículo 22.4 del Código Civil se acredita con el certificado de antecedentes penales y con el informe policial correspondiente para determinar la existencia de antecedentes policiales. Y a tal efecto, distingue dos períodos:
 
a) La acreditación de la buena conducta cívica del solicitante durante la residencia en nuestro país. En este caso los informes obtenidos no están afectados por problemas de caducidad porque son solicitados de oficio por la propia Dirección General de los Registros y del Notariado.
b) La acreditación de la buena conducta cívica durante el período anterior a la residencia en territorio español. En esta caso, como la acreditación de la buena conducta cívica se hace con el certificado de antecedentes penales del país de origen, el Director alerta de lo siguiente:
 
§ Los certificados, en función de cada país, puede tener diferentes plazos de caducidad o no establecer un plazo de caducidad. En este último caso, la Dirección General de los Registros y del Notariado aplica un plazo de 6 meses para determinar la caducidad del certificado.
 
§ Con independencia de cuál sea el plazo concreto de caducidad, lo que se exige es que el certificado de antecedentes penales del país de origen esté vigente en la fecha de presentación de la solicitud de nacionalidad en el Registro Civil. Por tanto, la duración del procedimiento no puede provocar nunca la caducidad del certificado.
 
§ Cuando en la tramitación de las solicitudes de nacionalidad se comprueba que el certificado de antecedentes penales del país de origen está caducado, o cuando falta cualquiera documentación, con carácter general, se requiere al interesado para que presente documentación complementaria.
 
Ø Cuando la solicitud de nacionalidad se deniega por la caducidad del certificado de antecedentes penales, si con el escrito de recurso se aporta un nuevo certificado en vigor, se estima el recurso y se concede la nacionalidad.
Ø No es posible la revocación de oficio de la resoluciones denegatorias de la nacionalidad basadas en la falta de acreditación de la buena conducta cívica porque la motivación de estas resoluciones hace referencia a la ausencia de uno de los documentos que acreditan positivamente su concurrencia, circunstancia que no permite determinar qué expedientes han sido denegados por la falta de certificados de antecedentes penales de origen debidamente legalizados y en vigor en la fecha de presentación de la solicitud en el Registro Civil.

martes, 9 de septiembre de 2014

SENTENCIA JUZGADO C-A DE CADIZ DE 28 DE JULIO DE 2014 . CONCESIÓN DE PRORROGA PARA LOS ARRAIGOS FAMILIARES . PRORROGA DE LAS CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR ARRAIGO FAMILIAR . LAS MADRES PODRÁN COMO MÍNIMO PRORROGAR SUS AUTORIZACIONES


http://www.icadiz.net/extranjeria/WEB_EXTRANJERIA/Inicio/Entradas/2014/9/9_SENTENCIA_JCA_2_CADIZ_RENOVACION_ARRAIGO_FAMILIAR.html


(...)
En el presente supuesto ha de solventarse con carácter previo la controversia suscitada sobre si estamos ante una solicitud de prórroga de la autorización de residencia o , como sostiene la Administración demandada , de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales cuya prórroga no está prevista en el Reglamento .

El RD 557/2011 , de 20 de abril , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Extranjería , dispone en su artículo 130 , relativo a la " prorroga y cede de la situación de residencia temporal por crcunstacias excepcionales · , apartado 1 , que " En virtud de su carácter excepcional , las autorizaciones concedidas con base en los artículos precedentes , así como sus prórrogas , tendrán vigencia de un año , sin perjuicio de lo establecido en este artículo y en la normativa sobre protección internacional " , y en el apartado 4 , que " En las autorizaciones concedidas por los demás supuestos , de conformidad con lo dispuesto por el artículo 202 , los titulares de la autorización podrán solicitar una autorización de residencia o una autorización residencia y trabajo , siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos para su obtención , incluida la titularidad de las licencias o permisos administrativos imprescindibles para el puesto que se pretenda ocupar " . 
                    Por tanto para las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales , como certeramente se alega en la demanda , el precepto reglamentario que la regula prevé la posibilidad de prórroga , señalando que los titulares de dicha autorización "podrán" , si reúnen los requisitos exigidos , solicitar autorización de residencia o residencia y trabajo por la vía no excepcional , lo que no impide que solicite la prórroga de la obtenida por circunstancias excepcionales . Asimismo , ni el artículo 31.3 de la Ley 4/2000 , ni el artículo 123.1 del Reglamento , ambos relativos a la autorización de residencia por circunstancias excepcionales , prohíben que pueda solicitarse y autorizarse la prórroga de las autorización por tales causas .

    En el caso de autos la recurrente ha sido titular de un permiso de residencia por circunstancias excepcionales inicial , y de una prórroga del mismo ( Documento 5 y 6) , por lo que la Administración al denegar la renovación solicitada en base " a que una vez finalizada la duración inicial de la misma , se deberá proceder a la modificación de la situación para acceder a una autorización de carácter ya normal " está actuando  en contra de sus propios actos , RESULTANDO SORPRENDENTE QUE INADMITA LA POSIBILIDAD DE PRÓRROGAS EN LAS AUTORIZACIONES POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES EN BASE A QUE EL ARTÍCULO 130 DEL REGLAMENTO NO LO PERMITE , cuando su propio enunciado versa sobre la " prorroga y cese de la situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales" , sin que el apartado 4 del mismo contemple la obtención de una autorización de carácter normal COMO UNA OBLIGACIÓN PARA PODER PERMANECER EN ESPAÑA , SINO COMO UNA POSIBILIDAD SI SE REÚNEN LOS CORRESPONDIENTES REQUISITOS.

   (....)

        CUARTO.- En cuanto al fondo de la cuestión objeto de debate , resultan de aplicación los mismos argumentos expuestos en el precedente Fundamento , al basarse la desestimación de la solicitud de renovación de la autorización en que el artículo 130 del Reglamento  no prevé tal posibilidad , resultando además , que en la recurrente concurren los presupuestos para la concesión de la autorización de residencia por razones excepcionales  AL NO HABER VARIADO LAS CIRCUNSTANCIAS TENIDAS EN CUENTA PARA SU CONCESIÓN INICIAL Y PARA LA PRIMERA PRÓRROGA DE LA MISMA  -MADRE  DE MENOR DE EDAD DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA , QUE VIVE CON SU MADRE Y A SUS EXPENSAS -, DEVINIENDO LA OBLIGACIÓN LEGAL DE CONCEDER EL PERMISO SOLICITADO POR INMODIFICABILIDAD DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE JUSTIFICARON EL OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA ANTERIORES 



COMENTARIO : FELICITACIONES A CARLOS ROLIN BAUTISTA , LETRADO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE CADIZ .  NO ESTÁBAMOS MUY LOCOS CON LA POSIBILIDAD DE LAS PRÓRROGAS  , ESAS JORNADAS EN LLEIDA Y BILBAO QUE BIEN NOS SIENTAN , QUE NIDOS DE CONSPIRACIÓN ... CHAPÓ CADIZ , CHAPÓ .... GRACIAS , GRACIAS , GRACIAS .... QUE CONTENTO ESTOY ..QUE ALEGRÍA ....A POR LA AUTORIZACIÓN DE  FAMILIAR COMUNITARIO DE ESTÁS MADRES .

martes, 2 de septiembre de 2014

IMPORTANTÍSIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EL INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE COMUNICAR LA AUSENCIA DEL TERRITORIO ESPAÑOL GENERA LA SUSPENSIÓN O PERDIDA TEMPORAL DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO NUNCA LA EXTINCIÓN DEL DERECHO Y MENOS EL COBRO INDEBIDO .


El incumplimiento del deber de comunicar la ausencia del territorio español genera automáticamente la suspensión o pérdida temporal de la prestación de desempleo por los días de estancia en el extranjero no comunicada.


TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Social
Sentencia de 27 de marzo de 2014
RECURSO DE CASACIÓN Núm: 3079/2012
Ponente Excmo. Sr. JORDI AGUSTI JULIA
En la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil catorce.
18/08/2014






Declara la Sala que el SPEE ha actuado conforme a derecho al suspender el subsidio por desempleo al actor por los días que se ausentó del territorio español, sin solicitar una autorización de salida al extranjero al INEM, ni poner en conocimiento del mismo dicha circunstancia.

Iustel
Afirma que, conforme a la actual doctrina, el deber de comunicar la ausencia viene impuesta por el art. 231.1 de la LGSS -tanto a los beneficiarios de nacionalidad extranjera como a los beneficiarios españoles- y encuentra su razón de ser en que “si no hay comunicación por anticipado -o comunicación inmediata en caso de que la información previa hubiera sido imposible o excesivamente onerosa-, no hay modo de controlar el cumplimiento de los requisitos del derecho a la prestación”. El incumplimiento de las obligaciones de comunicar ex ante -para la salida programada- o inmediatamente ex post -para una eventual circunstancia sobrevenida- genera automáticamente la suspensión o pérdida temporal de la prestación de desempleo que corresponde a los días de estancia en el extranjero no comunicada: todos los días de estancia no comunicada si el incumplimiento ha sido total; o el exceso de días de estancia no comunicada, o no debidamente justificada, si el incumplimiento se refiere a una vuelta tardía.




CUARTO.- 1. Aplicando tal doctrina al supuesto ahora enjuiciado -visto el informe del Ministerio Fiscal- hemos de afirmar que estamos ante un supuesto de prestación "suspendida", que no "extinguida" como en su día acordó el SPEE, puesto que si bien la ausencia del territorio nacional no fue comunicada a la Entidad Gestora, en todo caso no alcanzó los 90 días, de manera que procede estimar parcialmente el recurso y limitar la pérdida de la prestación al referido período de ausencia -3 de diciembre de 2008 al 19 de enero de 2009-. Sin imposición de costas ( artículo 235.1 LRJS ).


VER MAS Y SENTENCIA : FUENTE IUSTEL : http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1130805



COMENTARIO :  CUANTO DINERO HA ROBADO EL SERVICIO DE EMPLEO ESTATAL , A PERCEPTORES DE ESTE DERECHO , MAYORITARIAMENTE EXTRANJEROS/AS QUE POR IGNORANCIA AL PRINCIPIO O CAUSAS SOBREVENIDAS EN SUS PAÍSES DE ORIGEN ( Enfermedad de un progenitor , cancelación de vuelos , etc ) , NO COMUNICARON SU SITUACIÓN .  
CUANTAS EXTINCIONES Y COBROS INDEBIDOS , TUVIERON QUE SUPORTAR MILES DE PERSONAS QUE VIAJARON A SUS PAÍSES DE ORIGEN .... .EL ESTADO TAMBIÉN ROBA ...POR DIOS , CUANTOS SE HAN QUEDADO EN EL CAMINO , CONFISCANDO PERCEPCIONES A LAS QUE TENÍAN DERECHO . ASÍ LLEVAN 6 AÑOS .... ESPERO QUE CON ESTÁ PAREN YA......

AMAIUR DENUNCIA LA SITUACIÓN DE LOS INMIGRANTES EN MELILLA

Amaiur denuncia la situación de los inmigrantes en Melilla

Amaiur ha desarrollado una batería de iniciativas parlamentarias para denunciar la «extrema» situación de los subsaharianos que tratan de acceder a Melilla.

http://www.naiz.eus/eu/actualidad/noticia/20140902/amaiur-denuncia-la-situacion-de-los-inmigrantes-en-melilla


http://vimeo.com/105001297