CON ESTE BLOG PRETENDO COMPARTIR MIS EXPERIENCIAS Y CONOCIMIENTOS EN MATERIA DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN CON TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE TRABAJEN Y ESTÉN INTERESADAS. Me llamo Roberto García y soy abogado . De la experiencia que he acumulado debo destacar que actualmente el ser humano necesita imperiosamente comunicarse y ser escuchado.
Colegio de Abogados Tenerife
martes, 28 de diciembre de 2021
viernes, 24 de diciembre de 2021
SARA MESA : EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
«La pobreza es fea, es difícil de mirar. Es incómoda. Se puede ser pobre pero decente: esto lo hemos escuchado muchas veces. Pobre pero limpio. Pobre pero honrado. Pobre pero sin vicios. Pero: la mala leche de la conjunción adversativa.
Esa perfección, esa limpieza, que se les exige a los más pobres.
Los queremos beatíficos, agradecidos, puros de corazón, impecables. Que no digan una palabra más alta que otra. Que den siempre las gracias y no insistan. Que se acerquen un poco pero que se retiren enseguida. Que gasten nuestras limosnas en lo que nosotros decidamos que se las deben gastar. Que no haya ni una sola tacha en su pasado, ni un desliz».
(Extracto del libro
Silencio administrativo, de Sara Mesa. Anagrama, 2019).
jueves, 23 de diciembre de 2021
SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE 6 Y 20 DE OCTUBRE DE 2021 : OJO CON LA PRESENTACIÓN DE LAS DEMANDAS C-A ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL POR SILENCIO NEGATIVO . APORTAR INCLUSO CERTIFICADO DE CARENCIA DE ANTECEDENTES POLICIALES
LA MUERTE DE UN INMIGRANTE POR CAUSA DEL CAPITALISMO Y LAS POLÍTICAS MIGRATORIAS . LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SENTENCIA DEL TSJ MURCIA DE 1 DE OCTUBRE . MINORACIÓN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS PARA LA REAGRUPACIÓN DE UN MENOR .
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
MENORES EN MOVIMIENTO : MENORES NO ACOMPAÑADOS . DETERMINACIÓN DE LA EDAD DEL MENOR CON DOCUMENTACIÓN DE SU PAIS
SENTENCIA DEL TSJ DE MADRID DE 4 DE OCTUBRE DE 2021. VISADO DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA. AUSENCIA DE ENTREVISTA AL INTERESADO PARA DETERMINAR LAS INTENCIONES DE INVERTIR
sábado, 18 de diciembre de 2021
BREVE REFLEXIÓN CON OCASIÓN DEL DÍA DEL TRABAJADOR MIGRANTE DE 18.12021 HIPOLITO GRANERO
En una Ponencia impartida el16.12.2021 por el Abogado experto en extranjería y derechos humanos Pascual Aguelo en Zaragoza sobre los derechos de los migrantes, concluía su intervención afirmando que "el Ius Migrandi debe regir la compleja realidad migratoria presente y futura" -aunque yo emplearía, en estos momentos, en vez de la forma verbal presente "debe", la condicional "debería"-.
El 18.12.2021 se conmemora el día del trabajador migratorio.
Mientras que quiénes tienen la "potestas" de elaborar las normas no conozcan en profundidad qué son los derechos humanos, cuáles son éstos -entre los que se incluye el ius migrandi, que, aunque no aparece expresamente citado en ninguna norma internacional de obligado cumplimiento, forma parte del derecho consuetudinario-, y, además, "se los crean" -sin que, como ahora ocurre, prevalezcan los intereses de cada uno de los Estados que conforman el estadio internacional frente a los derechos de todas las personas-, difícilmente podremos alcanzar una gobernanza que, partiendo de la soberanía de los Estados, postule el respeto al "ius migrandi", en el cuádruple aspecto de derecho a no emigrar, derecho a emigrar, derecho de residencia y derecho a retornar -¡frase no muy larga ("derecho a no emigrar, derecho a emigrar, derecho de residencia y derecho a retornar") y de fácil comprensión, si bien para los Estados, desde su (mal entendida) soberanía, es de difícil integración en sus normativas internas!-.
En el Consejo de Ministros de 17.12.2021 se hace referencia a la celebración del día del trabajador migrante que tiene lugar con ocasión de la fecha en que se suscribió la Convención sobre todos los trabajadores migratorios y sus familiares en 18.12.1990, y me surge la cuestión de ¿porqué el Estado español no ratifica la Convención de 1990 sobre los derechos de los trabajadores migratorios y sus familiares?.
Tratado internacional que reconoce para todos los trabajadores migratorios, ya se encuentren en situación regular o irregular, derechos que, al día de hoy, no están ni en el acervo de la Unión ni en la normativa interna española, y que el Estado español podría ratificar, al tratarse la migración de una competencia compartida, sin necesidad de recabar al respecto autorización, ni tan siquiera comunicación, a la Unión Europea.
Y lo más sorprendente es que siendo la situación actual de los inmigrantes (en situación regular o irregular) manifiestamente mejorable, hay que reconocer que desde el año 1.990, aún no habiéndose ratificado la Convención de 1990 por ninguno de los Estados de la Unión y por sólo unos pocos países receptores de inmigrantes, "lo que hoy tenemos es indudablemente mejor que lo que se tenía entonces".
Si desde una postura pesimista podría concluirse que el 18.12.2021 poco hay que celebrar, somos muchos que optamos por el optimismo y celebramos este 18.12.2021 como jornada para dar visualización a la muchas veces desconocida tarea de potenciar los derechos de los migrantes.
Un saludo:
H. Granero.
domingo, 12 de diciembre de 2021
jueves, 9 de diciembre de 2021
martes, 7 de diciembre de 2021
domingo, 5 de diciembre de 2021
viernes, 3 de diciembre de 2021
¿EN ESPAÑA EXISTE LA PENA DE MUERTE Y RAJOY ES EL PRESIDENTE ?