sábado, 5 de febrero de 2022

NOTA INTERNA DE LA UNIDAD DE EXTRANJERÍA EN COORDINACIÓN CON LA UNIDAD DE MENORES Y LAS FISCALIAS DE LA SALA DE LO CIVIL Y CONTENCIOSO-ADMINSTRATIVO DEL TS .

 4.7.5 Documentación. nota conjunta de la unidad de extranjería, menores y contencioso administrativo de la fiscalía general 1/2019

Son numerosas las fiscalías que relatan las dificultades para que los menores extranjeros indocumentados obtengan la autorización de residencia por diversas causas (Tenerife, sobresaturación de los centros; Castellón, errores de tramitación y documentación; A Coruña, negativa de los consulados a expedir pasaporte a los menores por ausencia de documentación previa; Pontevedra, negativa a otorgar cédulas de inscripción por la autoridad administrativa competente; Zaragoza, refiere la en ocasiones exasperante lentitud de los trámites en el consulado; etc.).

El Defensor del Pueblo presentó una queja en la que se hacía constar que la Administración General del Estado se negaba a expedir la cedula de inscripción porque la Administración no había hecho constar la imposibilidad del Estado extranjero de documentar al menor. 


A raíz de la misma, esta Unidad de Extranjería en coordinación con la Unidad de Menores y las Fiscalías de la Sala de lo Civil y Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, elaboró una Nota Interna que recopila la doctrina judicial existente en la materia: 


en síntesis, se recordó que es una exigencia del interés superior del menor que toda administración debe proteger al menor extranjero que se encuentre en España y no sólo la administración que tenga bajo su tutela al menor. Que no es imputable en ningún caso al menor extranjero las negligencias de sus padres, tutores o de quien lo tengan a su cargo, por lo que no se le puede hacer responder de la inactividad de los servicios de protección al solicitar la autorización de residencia. También se expone que la Administración General del Estado cuando deniega la cedula, incurre en la paradoja de negar la autoridad a otra institución del Estado, como es la Administración de la comunidad autónoma. Se afirma que otorgar la cédula únicamente supone un perjuicio modestísimo para el Estado, mientras que negarla al menor implica no reconocer su derecho a la identidad. Se concluye indicando que el Fiscal recurrirá ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo las denegaciones de la autorización de residencia basadas en la negativa a expedir la cedula de inscripción porque la comunidad autónoma no justifique la imposibilidad de que el consulado expida el pasaporte del menor.



Capítulo III. FISCALES COORDINADORES Y DELEGADOS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 4. EXTRANJERÍA

Pongo - Bruxos | A COLORS SHOW

YEИDRY x Lous and the Yakuza - Mascarade | A COLORS SHOW

miércoles, 2 de febrero de 2022

SENTENCIA Nº620/2021 DEL TSJ MADRID NO ES NECESARIA LA INSCRIPCIÓN DEL MATRIMONIO ENTRE ESPAÑOL Y PERSONA EXTRANJERA A LOS EFECTOS DE ACREDITAR LA RELACIÓN Y LA APROBACIÓN DEL VISADO COMO FAMILIAR .

 SENTENCIA Nº620/2021 DEL TSJ MADRID NO ES NECESARIA LA INSCRIPCIÓN DEL MATRIMONIO ENTRE ESPAÑOL Y PERSONA EXTRANJERA A LOS EFECTOS DE ACREDITAR LA RELACIÓN Y LA APROBACIÓN DEL VISADO COMO FAMILIAR .

14 ENERO 2022
JURISPRUDENCIA
Entendemos que esa falta de inscripción no produce los efectos que se derivan de la resolución impugnada pues la inscripción del matrimonio es declarativa y no constitutiva. Dispone el art 49 del C.0 que “Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España…. y que también podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ... Más información Flecha

IMPORTANTE : SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE 30 DE JUNIO DE 2021 . CONCEDE PROTECCIÓN INTERNACIONAL A PERSONA QUE SUFRE PERSECUCIÓN POR PARTE DE LAS MARAS ( EL SALVADOR ). ANALISIS DE TODO EL PROCEDIMIENTO DE PROTECCION INTERNACIONAL Y LAS GARANTÍAS

22 ENERO 2022
JURISPRUDENCIA
Roj: SAN 3082/2021 – ECLI:ES:AN:2021:3082 Fecha: 30/06/2021 Nº de Recurso: 1463/2020 Ponente: RAFAEL VILLAFAÑEZ GALLEGO Tipo de Resolución: Sentencia 8.- En suma, con base a todos estos argumentos, la posición de esta Sala y Sección que puede verse reflejada, entre otras en nuestras SAN (2ª) de 14 de septiembre de 2017 (Rec. 340/2016 , SAN (2ª) de 22 de ... Más información Flecha

 

SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO/ADMINISTRATIVO Nº1 DE BILBAO. CONCEDE EL ARRAIGO SIN MAS POR EL TIEMPO COTIZADO DE 275 DIAS

 SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO/ADMINISTRATIVO Nº1 DE BILBAO. CONCEDE EL ARRAIGO SIN MAS POR EL TIEMPO COTIZADO DE 275 DIAS

25 ENERO 2022
JURISPRUDENCIA
La solicitud consta efectuada en fecha 4 de mayo de 2021, apreciándose al folio 32 del expediente administrativo que la fecha de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social es de 20 de julio de 2020 sin que conste la fecha de baja en el régimen agrario, computándose un total de 275 días. Siendo esto así, el requisito de demostrar la existencia de relaciones laborales de duración no ... Más información Flecha

IMPORTANTE SENTENCIA DEL TS SOBRE EL SILENCIO POSITIVO EN LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN PERMANENTE DE FAMILIARES DE CIUDADANOS DE LA UE . SENTENCIA TS 64/2022 DE 19 DE ENERO DE 2022

 IMPORTANTE SENTENCIA DEL TS SOBRE EL SILENCIO POSITIVO EN LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN PERMANENTE DE FAMILIARES DE CIUDADANOS DE LA UE . SENTENCIA TS 64/2022 DE 19 DE ENERO DE 2022

02 FEBRERO 2022
JURISPRUDENCIA
STS 64/2022 – ECLI:ES:TS:2022:64 Fecha: 19/01/2022 Nº de Recurso: 3501/2020 Nº de Resolución: 32/2022 Ponente: OCTAVIO JUAN HERRERO PINA , Este planteamiento justifica la expresa referencia, en este apartado segundo del precepto, a la autorización de residencia de larga duración, ya que la misma ... Más información Flecha

SENTENCIA DEL TS DE 12 DE ENERO DE 2022 . LA MERA ESTANCIA IRREGULAR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES ( HECHOS DESFAVORABLES O CIRCUNSTANCIAS CUALIFICADAS ) PUEDE CONLLEVAR A LA EXPULSIÓN DE ESPAÑA .

 SENTENCIA DEL TS DE 12 DE ENERO DE 2022 . LA MERA ESTANCIA IRREGULAR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES ( HECHOS DESFAVORABLES O CIRCUNSTANCIAS CUALIFICADAS ) PUEDE CONLLEVAR A LA EXPULSIÓN DE ESPAÑA .

02 FEBRERO 2022

Roj: STS 66/2022 – ECLI:ES:TS:2022:66
Fecha: 12/01/2022
Nº de Recurso: 7746/2020
Nº de Resolución: 12/2022
Ponente: OCTAVIO JUAN HERRERO PINA

 

Pues bien, aunque el planteamiento de la Sala de apelación no responda a la doctrina establecida por este
Tribunal Supremo en aplicación de la STJUE de 8 de octubre de 2020 que hemos reproducido, en la apreciación
de los hechos parte de la circunstancia cualificada de que “no es posible conocer en que fecha entró en España,
hecho cuya carga le incumbe”, circunstancia que se encuentra entre las valoradas como agravante en nuestra
jurisprudencia y que justifica la apreciación de proporcionalidad de la medida de expulsión adoptada en este
caso, teniendo en cuenta, además, que más allá de la mera estancia irregular, se produce la total inobservancia
e incumplimiento de los requisitos de entrada, estancia o residencia en un Estado miembro, manteniéndose al
margen de la regularización de la situación, sin una justificación para ello y sin que se invoquen o concurran
circunstancias personales, laborales o familiares que sirvan de apoyo, sustento o razón de la persistencia
en irregular situación del interesado en España, lo que contradice frontalmente la finalidad perseguida por la
normativa comunitaria y nacional de regularidad en la entrada, estancia y residencia de ciudadanos de otros
países, que justifica la decisión de expulsión (retorno y su ejecución) cuando concurren factores en la situación
del irregularidad que abundan en su cualificación o gravedad

 

HECHOS DESFAVORABLES CULIFICADOS EN ESTE CASO :

  • SOLO SEIS MESES EN ESPAÑA
  • DESCOCIMIENTO DE LA FECHA DE ENTRADA EN ESPAÑA ( NO CONSTA ESTAMPADO EN EL PASAPORTE LA FECHA DE ENTRADA EN ESPAÑA )
  • PERSISTENCIA EN LA IRREGULARIDAD DEL INTERSADO EN ESPAÑA
  • NINGÚN ARRAIGO FAMILIAR , PERSONAL , LABORAL

COMENTARIO ¿Cómo puede ser considerada circunstancia agravatoria el que el extranjero que lleva siete meses en España no haya pedido su regularización en alguna forma cuanto los arraigos laborales y sociales exigen un periodo mayor de permanencia irregular para poder instarlos?. Se pregunta nuestro querido Hipólito Granero de Valencia y todos/as nosotras .

LAS CAMPEONAS INVISIBLES .... EN TODOS LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN HABLAN DE CUAL ES EL DEPORTISTA MAS IMPORTANTE DE LA HISTORIA Y EN TODAS/OS HABLAN DE HOMBRES Y NADAL COMO UNO DE LOS MAS GRANDE CUANDO ...........


 Público (@publico.es) • Fotos y videos de Instagram

FELICIDADES NADAL ..... Y ABOLID LAS DETENCIONES Y DEPORTACIONES DE REFUGIADOS .


 "ABOLID LA DETENCIÓN DE REFUGIADOS": la reivindicación de la espontánea en la final entre Nadal y Medvedev | PODER MIGRANTE