martes, 8 de febrero de 2011

EL CONGRESO APRUEBA REFORMAR LA LEY DE EXTRANJERÍA EN FAVOR DE LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO

El Congreso aprueba reformar la Ley de Extranjería en favor de las víctimas


El Congreso de los Diputados ha acordado reformar la Ley de Extranjería para mejorar la protección de víctimas de violencia machista o de redes de trata y explotación sexual, informa EFE. La proposición de ley presentada por el PP y que ha logrado el apoyo de todos los grupos contempla la reforma de los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social. El artículo 31 bis establece que las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que estén en situación de irregularidad y denuncien a su agresor se les abrirá un expediente de expulsión por estar en España de manera ilegal, que no obstante quedará suspendido hasta la resolución del procedimiento penal. En cuanto al artículo 59 bis, el Congreso ha acordado estudiar la posibilidad de reformarlo para incluir la protección y subsistencia de la mujer víctima de trata y sus familiares o dependientes.




IX Legislatura ( 2008-Actualidad ) Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso. Proposición de Ley de modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Orgánica). Presentado el 02/06/2010, calificado el 08/06/2010

Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
Situación Actual:
Mesa del Congreso
Plazos:
Hasta: 16/09/2010 Criterio del Gobierno sobre proposición de ley
Tramitación seguida por la iniciativa:


Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 08/06/2010 hasta 11/06/2010
Gobierno Contestación desde 11/06/2010 hasta 17/09/2010
Pleno Toma en consideración desde 17/09/2010 hasta 08/02/2011

Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 08/02/2011


Boletines:
BOCG. Congreso de los Diputados Núm. B-257-1 de 11/06/2010 Pág.:1
Iniciativa (PDF)


QUEDARÍA ASÍ EL ARTÍCULO .

Proposición de Ley

Artículo 1. Se modifica el artículo 31 bis de la Ley
Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración
social.
«Artículo 31 bis. Residencia temporal y trabajo de
mujeres extranjeras víctimas de violencia de género.
1. Las mujeres extranjeras víctimas de violencia
de género, cualquiera que sea su situación administrativa,
tienen garantizados los derechos reconocidos en la
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas
de Protección Integral contra la Violencia de Género,
así como las medidas de protección y seguridad establecidas
en la legislación vigente.
2. La mujer extranjera que se halle en situación
irregular podrá solicitar una autorización de residencia
y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del
momento en que se hubiera dictado una orden de protección
a su favor o, en su defecto, Informe del Ministerio
Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia
de género. Dicha autorización no se resolverá
hasta que concluya el procedimiento penal.
Sin perjuicio de lo anterior, la autoridad competente
para otorgar la autorización por circunstancias excepcionales
podrá conceder una autorización provisional
de residencia y trabajo a favor de la mujer extranjera.
La autorización provisional eventualmente concedida
concluirá en el momento en que se conceda o deniegue
definitivamente la autorización por circunstancias
excepcionales.
3. Cuando el procedimiento penal concluyera
con una sentencia condenatoria, se notificará a la interesada
la concesión de la residencia temporal y de trabajo
solicitada. En el supuesto de que no se hubiera
solicitado, se le informará de la posibilidad de conceder
a su favor una autorización de residencia y trabajo
por circunstancias excepcionales, otorgándole un
plazo para su solicitud.
En el caso de que la denuncia fuese falsa y la mujer
extranjera estuviera en situación de irregularidad se
incoaría un procedimiento administrativo sancionador
por infracción del artículo 53.1.a) de esta Ley.»

COMENTARIO : Y TIENE QUE SER EL PP EL QUE PROPONGA ESTO .. Y LOS SOCIALISTAS DICIENDO QUE TIENEN UN PROGRAMA SOCIAL ... MANDA HUEVOS

1 comentario:

Yaiza Hernández Rodríguez dijo...

Tengo una dudita, no se supone que todo esto ya se daba con la última reforma del 2009? no entiendo porq toda esta seman están publicando noticias sobre esto, porque no le veo las modificaciones, con respecto a la de 2009...Besitosss