viernes, 14 de septiembre de 2012

NOTA INTERNA DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y DE LA POLICIA PARA LA ACREDITACIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES PARA PODER RESIDIR EN ESPAÑA LOS COMUNITARIOS/AS Y SUS FAMILIARES

NOTA INTERNA DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y DE LA POLICIA PARA LA ACREDITACIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES PARA PODER RESIDIR EN ESPAÑA LOS COMUNITARIOS/AS Y SUS FAMILIARES

NOTA INTERNA DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS  Y DE LA POLICÍA PARA LA ACREDITACIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES  PARA COMUNITARIOS/AS Y FAMILIARES

Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga,en cómputo anual para 2012 , sean inferiores a  5.007,80 € anuales.

No obstante, sin son inferiores a 5.007,80 y se convive con familiares , únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia , sean inferiores a las cuantías que se recogen seguidamente :

1. Convivencia  sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado :

Nº  convivientes    €/AÑO
2                               8.513.26
3                               12.018,72
4                               15.524,18
…                               …..


( Transcripción literal )

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