COMUNICADO
DE LA ASOCIACION DE ABOGADOS DE EXTRANJERIA “EXTRANJERISTAS” ANTE LA POSICION
DE LA UNION EUROPEA CON LA SITUACION DE LOS REFUGIADOS PROVENIENTES DE ORIENTE
MEDIO Y PROXIMO
La
elaboración de una política común de asilo es uno de los elementos
constitutivos del objetivo de la Unión Europea como se recoge en la
Directiva 2001/55/CE relativa a las normas mínimas de concesión de protección
temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas. Como colectivo de
especialistas queremos remarcar la falta de toma de conciencia sobre el hecho
de que estamos hablando de una problemática asociada a personas desplazadas por
mucho que utilicemos el término más coloquial de refugiados y que no se
circunscribe exclusivamente a los desplazados sirios.
La
posición de la Unión Europea supone establecer un canje de personas a la carta
y cuantificado en el número de personas a acoger, delegando en Turquía el
control de los flujos y movimientos de los refugiados y desplazados. En
la práctica nos encontramos con un cierre de fronteras
Existe
un convenio de reciprocidad entre UE y Turquía de 16 de diciembre de 2013 que
está enfocado al tratamiento de extranjeros en situación irregular no al
tratamiento de los refugiados y que expresamente manifiesta no ser aplicable a
los refugiados. La unión europea pretende adaptar este acuerdo que tenía como
objetivo un colectivo significativamente distinto, lo que supone dar un
tratamiento jurídicamente incorrecto y vulnerar el principio de igualdad ante
la ley y el estado de derecho. Lo más grave de esta situación es que obvia a
los refugiados categorizándolos como inmigrantes en situación irregular de una
manera interesada.
En la
práctica la unión europea se arroga la potestad de erradicar de protección
internacional a los sujetos que tienen derecho a la misma en aplicación de los
convenios internacionales al margen de que por el propio tratamiento obvia la
situación de los ciudadanos desplazados de países distintos de Siria; del mismo
modo está legitimando de manera inadecuada a Turquía como país seguro al efecto
del cumplimiento de la normativa sobre asilo y refugio en la línea de querer
dar este carácter a países de dudoso respeto de derechos humanos para de este
modo eludir las obligaciones de los países de la unión europea.
Como
colectivo de abogados especialistas expresamos que estas acciones de la unión
europea suponen la limitación del artículo 14 de la declaración universal de
derechos humanos al limitar el ejercicio del derecho de asilo, así como la
carta de derechos fundamentales de la Unión Europea (art. 19 prohibición de
expulsiones masivas) y resto de normativa internacional como la convención de
ginebra o la convención de derechos del niño.
En este
sentido, desde la asociación de Extranjeristas denunciamos que el “acuerdo”
entre la unión europea y Turquía supone una vulneración de la normativa
internacional y del propio derecho de la unión.
Valencia, 15 de abril de 2016
https://www.facebook.com/pages/Abogados-Extranjeristas/352983421549066
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