SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE Fecha: 02/07/2018
Por lo demás, existen precedentes de la Sala denegando peticiones de asilo, en relación con nacionales de
Libia: SAN (8ª) de 14 de mayo de 2018 (Rec. 348/2017 ) , rechazando la concesión de asilo y la protección
subsidiaria. En el mismo sentido la SAN (2ª) de 2 de febrero de 2018 (Rec. 277/2016 ).
De hecho no consta que en la CEAR, ACNUR se opusiese a la propuesta de denegación del asilo y protección
subsidiaria.
CUARTO.- Sobre las razones humanitarias.
Aunque en el suplico se solicita la autorización de residencia en España por razones humanitarias, lo cierto es
que dicha solicitud no se desarrolla en la demanda. Las razones humanitarias exigen una concreta descripción
o esfuerzo de exposición por la parte recurrente que aquí no se ha producido. Por ello entiende la Sala que
no procede su concesión.
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