03 FEBRERO 2023
JURISPRUDENCIA
Esta normativa ha sido interpretada por la STS de 9 de julio de 2018 que entiende que lo que es exigible es acreditar una cantidad que represente mensualmente el 100 % del IPREM ( no que sea igual al IPREM) y que deben ser tenidos en cuenta los informes favorables emitidos por las entidades públicas procedentes. Y ello es así porque es imposible que un menor de 18 años tenga unos ... Más información
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