18 julio 2012
La Instrucción DGI/SGRJ/8/2011, de 14 de diciembre de 2011, que ahora ha quedado derogada, únicamente contenía criterios orientadores acerca de los indicadores establecidos en la Ley y en el Reglamento, es decir, no sustituía de ningún modo la competencia que ha sido atribuída por la LOEX a las Comunidades Autónomas y desarrollada por el Reglamento de 2011
Se decidió derogar la Instrucción por “no haber contribuido a los objetivos de clarificación y homogeneidad en la aplicación de la figura jurídica”.
En conclusión:
- El informe de esfuerzo de integración se encuentra plenamente en vigor como elemento a valorar en las renovaciones de autorizaciones temporales.
- Las Comunidades Autónomas son las Administraciones competentes para su emisión.
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