SENTENCIA DEL JUZGADO CONTECIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE . CONCEDE CIRCUNSTANCIAS HUMANITARIAS A HIJA QUE CUIDA A MADRE CON AUTORIZACION DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS HUMANITARIAS POR ENFERMEDAD SOBREVENIDA
Sentencia del
Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Santa Cruz de Tenerife de
20 de mayo de 2019. Concede autorización por razones humanitarias.
Extranjera que tiene que cuidar a su madre: se concede autorización
razones humanitarias enfermedad sobrevenida
Segundo. (...). En el caso que ahora nos ocupa, la madre de la
actora instó esta clase de autorización y le fue concedido. q El caso
que ahora examinamos, se fundamenta en el artículo 123.1 del Reglamento
de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley
Orgánica 2/2009, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril,
conforme al cual: «1. De conformidad con el artículo 31.3 de la Ley
Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en atención a las circunstancias
excepcionales que concurran, se podrá o conceder una autorización de
residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los
supuestos de arraigo, protección internacional, razones humanitarias,
colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o
interés público, previstos en los artículos siguientes».
Fuente:
Nuestra felicitación al letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, Francisco Alejandro Ruiz Menéndez
Nuestra felicitación al letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, Francisco Alejandro Ruiz Menéndez
http://www.migrarconderechos.es/jurisprudenceMastertable/jurisprudencia/SJCA_Tenerife_20_05_2019
Más información
No hay comentarios:
Publicar un comentario