martes, 4 de enero de 2022

LA CONTRATACIÓN COLECTIVA EN ORIGEN DE EXTRANJEROS . GESTIÓN COLECTIVA DE CONTRATACIONES EN ORIGEN DESDE EL 2009 A 2022

 

  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

BOE 313 de 30/12/2021 - I. Disposiciones generales

Orden ISM/1485/2021, de 24 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2022.

  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

BOE 341 de 31/12/2020 - I. Disposiciones generales

Orden ISM/1289/2020, de 28 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2021.

  • Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

BOE 314 de 31/12/2019 - I. Disposiciones generales

Orden TMS/1277/2019, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2020.

  • Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

BOE 315 de 31/12/2018 - I. Disposiciones generales

Orden TMS/1426/2018, de 26 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2019.

  • Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOE 317 de 30/12/2017 - I. Disposiciones generales

Orden ESS/1309/2017, de 28 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

  • Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOE 314 de 29/12/2016 - I. Disposiciones generales

Orden ESS/1975/2016, de 27 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

  • Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOE 310 de 28/12/2015 - I. Disposiciones generales

Orden ESS/2811/2015, de 22 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

  • Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOE 1 de 01/01/2015 - I. Disposiciones generales

Orden ESS/2505/2014, de 29 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

  • Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOE 312 de 30/12/2013 - I. Disposiciones generales

Orden ESS/2445/2013, de 23 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

  • Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOE 1 de 01/01/2013 - I. Disposiciones generales

Orden ESS/2825/2012, de 27 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

  • Ministerio de Empleo y Seguridad Social

BOE 5 de 06/01/2012 - I. Disposiciones generales

Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

  • Ministerio de Trabajo e Inmigración

BOE 317 de 30/12/2010 - I. Disposiciones generales

Orden TIN/3364/2010, de 28 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2011.

  • Ministerio de Trabajo e Inmigración

BOE 313 de 29/12/2009 - I. Disposiciones generales

Orden TIN/3498/2009, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2010.

  • Ministerio de Trabajo e Inmigración

BOE 135 de 04/06/2009 - III. Otras disposiciones

Resolución de 26 de mayo de 2009, de la Dirección General de Inmigración, por la que se convocan subvenciones públicas para procesos de selección de los trabajadores extranjeros que no se hallen ni residan en España que tengan por objeto su posterior contratación en sus países de origen para la realización de actividades de temporada o campaña; organización y coordinación de los desplazamientos y contrataciones; desplazamientos colectivos de los mismos, y actuaciones tendentes a su asesoramiento e información sociolaboral.




FUENTE : JAVIER GALPARSORO 

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