lunes, 8 de febrero de 2010

UN " MAYOR DE EDAD " DE 17 AÑOS

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/02/06/espana/1265462008.html




Un 'mayor de edad' de 17 años
Pedro Simón Madrid

Actualizado sábado 06/02/2010



Nació el 5 de mayo de 1992 en Duala (Camerún) y, a pesar de tener 17 años, es mayor de edad para la Comunidad de Madrid. En el mismo laberinto que E. andan metidos una veintena de menores inmigrantes subsaharianos a los que la Administración madrileña no considera como tales. Para la Comunidad tienen más valor las pruebas oseométricas encargadas a una clínica privada que la fecha de nacimiento que aparece en el pasaporte oficial de un país africano.

El fiscal jefe provincial de Madrid, Eduardo Esteban, ha ordenado que se traslade a E. a un centro de acogida de la capital hasta que se disipen las dudas sobre su edad, que en un principio fija en 17 años, informa Efe.

El caso que llegó el viernes a la Fiscalía de Menores de la capital es el del camerunés E., que dejó en patera su país, a la edad en que salen las espinillas, para acabar en Granada. En octubre alcanzó la orilla de Madrid, la Policía le miró el pasaporte y los agentes derivaron al joven a los servicios de protección de menores.
Justo ahí se acabó el recorrido: la Administración decidió hacerle unas pruebas óseas para determinar su edad a pesar de tener documentación acreditativa. Los resultados dijeron que tiene 18 años (con un margen de error de 18 meses). El Instituto Madrileño del Menor le comunicó este pasado jueves a E. que no será tutelado ni incluido en los servicios de protección.

De nada ha servido que el joven acompañara el lunes su pasaporte de un certificado de autenticidad firmado por el embajador de Camerún. No es sólo el rechazo institucional lo que acontece, sucede también que la Comunidad de Madrid ha decidido denunciar al subsahariano por falsedad en documento público. El nuevo sin papeles puede ser expulsado en cualquier momento.
"Esto es una práctica aberrante. Revela la indefensión que tienen los menores ante la Administración que supuestamente les protege", señala el abogado Nacho de la Mata, que se ha hecho cargo del caso de E. "Está solo. No tiene a nadie aquí. Ahora quieren echarle".
De la Mata, activista de la Coordinadora de Barrios, ha presentado ya un recurso en los juzgados de Primera Instancia contra la decisión de extinguir su protección. Además, ha solicitado una medida cautelarísima en vía civil para frenar el asunto.

INTERIOR DICTA ÓRDENES SECRETAS PARA LA EXPULSIÓN EXPRÉS DE INMIGRANTES.

ESPAÑA
Interior dicta órdenes secretas para la expulsión exprés de inmigrantes
Da instrucciones para que los expedientes de deportación se ventilen a la «mayor brevedad y en el tiempo mínimo imprescindible»
08.02.10 - 00:47 - MELCHOR SÁIZ-PARDO MADRID.

A partir de ahora, los inmigrantes 'sin papeles', los abogados que les defiendan de una posible expulsión, los fiscales e incluso los jueces no conocerán cómo aplica e interpreta la Policía la nueva Ley de Extranjería en sus detenciones de irregulares y en la deportación de clandestinos. El Ministerio del Interior ha dictado una circular sobre «actuaciones policiales» en materia de extranjería en la que ordena que los expedientes de expulsión se tramiten «a la mayor brevedad y en el tiempo mínimo imprescindible». Y todo el procedimiento, advierte el documento, debe ser de máximo secreto.

La apostilla sobre la confidencialidad de esta orden aparece al pie de todas y cada una de las 29 páginas de la circular y sus anexos: «Documento de uso restringido para unidades de extranjería y fronteras del Cuerpo Nacional de Policía. Prohibida su reproducción, difusión, publicación o utilización por personal ajeno a estas unidades». La polémica circular 1/2010, que se ha distribuido por las comisarias y fronteras de toda España, lleva fecha del pasado 25 de enero y la firma del máximo responsable de inmigración de la institución, el comisario general de Extranjería y Fronteras, Juan Enrique Taborda Álvarez.
El secretismo de las órdenes ha sorprendido a los propios mandos policiales. El mismo Taborda, el pasado noviembre, remitió otra circular interna sobre las actuaciones policiales en materia de asilo que no llevaba el sello de 'top secret'. El propio Defensor del Pueblo viene insistiendo en que todas las instrucciones o circulares en esta materia sean publicadas en boletines oficiales para evitar una suerte de 'infraderecho', ajeno al conocimiento de abogados y jueces.
De hecho, la circular, que ha levantado ampollas entre los letrados de inmigración, introduce varios puntos controvertidos y, en algunos aspectos, va mucho más allá de lo que establece la Ley de Extranjería, que entró en vigor el pasado 13 de diciembre, o el reglamento que desarrolla esta normativa. Un aspecto llamativo es que Interior insta sin disimulo a obviar los cambios introducidos por la reforma, que, precisamente, aporta modificaciones importantes en los procedimientos de deportación. «La reforma de la Ley de Extranjería -afirma el documento en caracteres destacados- no supone novedad alguna que implique un cambio en la actuación de las unidades de extranjería o de seguridad ciudadana en la vía pública».
Ante la duda.

En ese sentido las órdenes son claras: «detención preventiva» de cualquiera que, aún siendo regular, no pueda acreditarlo en ese momento en plena calle. «Ante cualquier identificación que se practique y se encuentre ante un ciudadano que no acredite hallarse en situación irregular, en principio, estamos ante una infracción de la ley» y procede la «detención cautelar». Esta «detención cautelar» tiene el amparo de la nueva ley, pero el legislador (en los artículos 61 y 63) sólo habla de ella como una opción («podrá»), no como una obligación. La circular, incluso, introduce una figura jurídica que no aparece por ningún lado en los 72 artículos de la Ley de Extranjería, aunque sí en la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana: «la detención a efectos de identificación».

domingo, 7 de febrero de 2010

EL FISCAL CONSIDERA "ILEGALES " LAS PRUEBAS ÓSEAS QUE LA DIPUTACIÓN HACE A MENORES .

http://www.elcorreo.com/vizcaya/prensa/20100205/alava/fiscal-considera-ilegales-pruebas-20100205.html



El fiscal considera «ilegales» las pruebas óseas que la Diputación hace a menores
Asegura que esta acción es competencia del Ministerio Público y que el Gabinete Agirre «no ha solicitado ninguna»
05.02.2010 ADOLFO LORENTE a.lorente@diario-elcorreo.com VITORIA.


Lejos de silenciarse, la polémica surgida en torno a los menores extranjeros no acompañados ('menas') acogidos por la Diputación alavesa sigue candente. El último capítulo se refiere, de nuevo, a la prueba ósea que se les practica a los chavales para despejar las dudas surgidas con la edad de nacimiento plasmada en los pasaportes. El fiscal jefe de la Audiencia Provincia de Vitoria, Josu Izaguirre, aseguró ayer en declaraciones a EL CORREO que la Administración foral está realizando estas pruebas «de forma ilegal», porque la única institución competente para hacerlo es el propio Ministerio Público.
Éste, sin embargo, aún no ha encargado ninguna desde que el problema saltó por los aires hace ya un año y medio. ¿El motivo? Que el Gabinete Agirre, pese a lo reiterado en los medios de comunicación, no ha solicitado formalmente hacer ninguna. «Es mentira que la Fiscalía siga en Álava un protocolo diferente a Vizcaya o a Guipúzcoa», recalcó Izaguirre en referencia a las acusaciones de la Diputación. En ellas insinuaba que en las otras dos provincias el Ministerio Público sí encarga pruebas óseas y que incluso les da carta de naturaleza frente al pasaporte si las contradicciones son evidentes. «Aquí se hace lo mismo. Pero a día de hoy, es falso que nadie haya presentado nada», agregó.
La teoría, la Ley de Extranjería, dice que si la Diputación alberga sospechas sobre la edad de uno de estos 'menas', debe ponerlo en conocimiento de la Policía o de la Fiscalía para que ésta, si lo considera pertinente, encargue la elaboración de la prueba. Hasta la fecha, esta forma de proceder no se ha producido, sino que a mediados del pasado año, el Departamento de Política Social de Covadonga Solaguren presentó directamente una denuncia penal por falsedad documental sobre más de una treintena de estos chicos al considerar que eran mayores y que su documentación era falsa. Sus argumentos se basaban en unas pruebas óseas realizadas por Osakidetza, a la que el Ministerio Público ha remitido un oficio para que le detalle su actuación y las características de la prueba realizada.
Sólo dos pasaportes falsos
Todos estos análisis, que tienen un margen de error de 18 meses, revelan que los 'menas' tenían en el peor de los casos 19 años. Por ello, al aplicar el criterio más garantista, la Fiscalía sigue considerándolos menores. No sólo. En todos estos meses, la Policía sólo ha podido constatar dos casos en los que los pasaportes sí estaban falsificados.
Pero hay más frentes abiertos, como el de las órdenes de tutela que la Diputación ha decidido no otorgar a decenas de 'menas' hasta que se aclare su edad. Los afectados, sin embargo, pusieron esta situación en conocimiento del Ararteko, que instó a la Fiscalía a que actuara. Por eso, en próximas fechas, el equipo de Izaguirre tramitará por vía civil una demanda para que sea el juez el que obligue al Gabinete Agirre a dar unas órdenes necesarias para que los jóvenes consigan su regularización administrativa

viernes, 5 de febrero de 2010

ANALISIS DE LA LEY 2/2009 DE REFORMA DE EXTRANJERÍA . FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE SOS RACISMO EN EL ESTADO ESPAÑOL


Viejos remedios para nuevas realidades
05 febrero 2010 -

Análisis de la Ley 2/2009 de reforma de la Ley de Extranjería. Federación de Asociaciones de SOS Racismo en el Estado español


El pasado 19 de diciembre de 2008, nueve años después de su aprobación el Consejo de Ministros estudiaba el anteproyecto de reforma de la Ley 4/2000. Tras varias modificaciones sobre el texto original y tras recibir tres enmiendas a la totalidad y 731 enmiendas parciales, en la sesión del Congreso del pasado 26 de noviembre se aprobaba la Ley Orgánica 2/2009 de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de diciembre.
La reforma de la actual Ley de Extranjería supera los motivos que justifican dicho cambio, (incorporar las sentencias del tribual Constitucional, incorporar Directivas europeas y adaptar la ley a la nueva “realidad migratoria”). Modificar más de 60 artículos de los 71 que contiene la Ley e introducir apartados y artículos que antes no existían hace que tengamos que hablar no de una reforma sino de una nueva ley de extranjería. Sin embargo es una ley nueva en la forma pero no en el contenido.

JORNADAS DE FORMACIÓN EN MEDIACIÓN SOCIAL INTERCULTURAL . LA GOMERA . MPDL CANARIAS


MITOS SOBRE INMIGRACIÓN (I) : NI SON UN PROBLEMA DE LAS CUENTAS MUNICIPALES NI USAN MÁS LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Serie inmigración
Mitos sobre inmigración (I): Ni son el problema de las cuentas municipales ni usan más los servicios públicos
Publicado el 02-02-2010 , por David Page y María G. Mayo


La crisis, que para bien y para mal todo lo puede, había hecho retroceder la inmigración hasta la quinta posición entre los problemas que más preocupan a los españoles (antes de que la recesión se hiciera presente, la llegada de ciudadanos extranjeros al país entraba persistentemente en el podio de las preocupaciones del Barómetro del CIS). Y pese a la recesión, y en contra de los pronósticos de muchos, la convivencia entre inmigrantes y autóctonos sigue siendo sosegada, sin reacciones defensivas, sin tensiones sociales ni incidentes relevantes. Sin embargo, la pretensión de los ayuntamientos de Vic y de Torrejón de Ardoz de cerrar el padrón a los sin papeles, y el ruidoso debate político y mediático posterior, ha colocado de nuevo el tema de la inmigración en la picota.

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SITUACIÓN ACTUAL DE LOS INMIGRANTES Y EL FORO SOCIAL MUNDIAL EN LA CASA TAHIME ORGANIZADAS POR PUENTE HUMANO .

Este sabado 6 de enero, en La Laguna, en Casa Tahime ( Doctor Marañón, nº3, Barrio Nuevo; La Laguna), celebramos una jornada:

La Situación Actual de los Inmigrantes y el Foro Social Mundial

-proyección del documental "La Marcha por la Dignidad" (documento que relata la marcha a pie de un grupo de inmigrante desde Barcelona a Madrid para protestar contra la Ley de Extranjería)
-videoconferencia con la Federación de Asociaciones de inmigrantes del Vallés, promotores de la Marcha por la Dignidad
-videoconferencia con activistas de Senegal

Debate sobre la situación actual de los inmigrantes y sobre las limitaciones y potencialidades de la dinámica de los Foros Sociales para mejorar las condiciones de los inmigrantes.

Será a partir de las 19:00 horas, en Casa Tahime

Organiza Puente Humano

jueves, 4 de febrero de 2010

CARLOS FLORIANO ¿ EL SOLDADO ES ESPAÑOL O COLOMBIANO ? TE IMPORTA UN BLEDO , PERO POR METERLE EL DEDO A ZAPATERO VENDES TU MORAL . SINVERGUENZA


El cuerpo del colombiano muerto en Afganistán llegará a Barcelona este martes
Prensa Libre, 2010-02-03

MADRID (AFP) – El cadáver del militar colombiano perteneciente al contingente español apostado en Afganistán, que falleció el lunes en un ataque, llegará a España este martes por la noche y el funeral se oficiará el miércoles.


El PP dice que Zapatero "no ha estado a la altura" porque su "obligación" era asistir al funeral del soldado fallecido
Canarias 7, Europa Press Madrid , 2010-02-04
El secretario de Comunicación del PP, Carlos Floriano reprochó hoy al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, que se haya marchado a Estados Unidos para participar en el Desayuno Nacional de Oración cuando su “obligación”, recalcó, era estar en el funeral del soldado fallecido el pasado lunes en un atentado en Afganistán.

Según Floriano, “hay que saber dónde hay que estar en cada momento” y el jefe del Ejecutivo “se ha equivocado en la elección del sitio” al marcharse a Washington en vez de acompañar a la familia y los compañeros del soldado muerto. “También Obama hubiera preferido que Zapatero se hubiera quedado rezando ante el cadáver del soldado español en lugar de irse a rezar a Estados Unidos”, dijo a Europa Press


JAVIER GALPARSORO : " LA POLICIA ES CÓMPLICE DE UNA EXPULSIÓN ILEGAL "

"La policía es cómplice de una expulsión ilegal"
El marroquí, marido de española y con sus papeles en trámite, está internado en Francia
Público, DANIEL AYLLÓN, 2010-02-04
Javier Galparsoro, el abogado del marroquí F. B., acusó ayer a la policía españo-la de ser “cómplice” y “responsable” de la repatriación ilegal de su cliente, que hoy cumple 15 días internado en el Centro de Detención de Extranjeros de Hendaia (Francia), a la espera de su expulsión. El hombre, casado con una española, quedaría en libertad si España comunicase a los agentes galos su estado civil o les aclarase que su proceso de regularización está en trámite, según el letrado.

La Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa renunció ayer a explicar por qué no contacta con el servicio francés o si, por el contrario, ya lo ha hecho. “Nos limitamos a acatar la ley y la orden del juzgado”, aseguraron fuentes oficiales. Tras visitar a sus padres en París, la Policía del Centro de Cooperación Policial y Aduanero de Irún denegó su entrada a España al hombre alegando que no reunía “los requisitos legales establecidos”, aunque él asegura haber cruzado con la misma documentación otras veces “sin problema”.

Al considerar que se encontraba en situación irregular, los agentes franceses lo detuvieron y el Tribunal de Grande Instance de Bayona dictó su internamiento. El 26 de enero, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Donostia-San Sebastián ordenó la “suspensión de la ejecución de la actuación” del tribunal francés y su “readmisión por parte de España”, al considerar que reunía los requisitos. Temor a la repatriación

Galparsoro aseguró ayer que teme la “inmediata” repatriación de F. B. a Marruecos, por lo que ya ha empezado a preparar la reclamación. El internamiento máximo en Francia es de 35 días, pero el plazo no se suele agotar en el caso de los marroquíes. Si se le expulsa, “España deberá hacerse cargo de devolverle a su domicilio en Bilbao, junto a su mujer, y sufragar los gastos del viaje”, dijo el letrado.

Un abogado francés se sumó ayer a la defensa y denunciará el incumplimiento del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por vulneración del derecho al respeto a la vida privada y familiar.

FIESTA HINDU EN ADEJE .


ZAPATERO LEE Y ORA EN CONTRA DE LA EXPLOTACIÓN DE SUS COMPATRIOTRAS Y EXTRANJEROS .

El "Deuteronomio 24, Versículos 14 y 15". Así, Zapatero empezaba su lectura en castellano "porque es la primera lengua" en la que se escribió el cristianismo, y ante el presidente de Estados Unidos, Barack Obama."No explotarás al jornalero pobre y necesitado, ya sea uno de tus compatriotas, o un extranjero que vive en alguna de las ciudades de tu país.


El Presidente de España, presente en Washington en el Desayuno Nacional de Oración
Zapatero lee La Biblia ante Obama, y en castellano: "No explotarás al jornalero pobre..."
Ante el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, y 3.500 influyentes personas en el país norteamericano, el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha leído el pasaje de la La Biblia "Deuteronomio 24, Versículo 14 y 15" durante el "Desayuno Nacional de Oración": "No explotarás al jornalero pobre y necesitado..." leía Zapatero, tras hacer una clara apuesta por la "creación de empleo".

martes, 2 de febrero de 2010

CIRCULAR DGP SOBRE ACTUACIONES EN MATERIA DE ASILO.

CIRCULAR DGP SOBRE ACTUACIONES EN MATERIA DE ASILO


Circular 12/09 DGPyGC. Actuaciones policiales derivadas de la nueva Ley 12/2009 de Asilo y protección subsidaria


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"AQUÍ NO PASAN NEGROS . QUEREMOS MANTENER UN ROLLITO ESPAÑOL "

"Aquí no pasan negros. Queremos mantener un rollito español"
El País, J. ABDELRAHIM / S. GIMENO, 2010-02-01

“Hay sitios donde siempre hay una excusa para los negros”, lamenta Andy. Este nigeriano, vecino de Torrejón de Ardoz desde hace nueve años, casado con una española y con un hijo, asegura que en algunos bares del municipio no se permite la entrada de inmigrantes por sistema. EL PAÍS fue este fin de semana con él y con otros extranjeros a comprobar si existe esta prohibición en Torrejón, donde 26.000 de los 116.000 habitantes son extranjeros, un 22%. La siguiente escena es una muestra del trato que reciben.

Viernes 29 de enero. Dos de la madrugada. Puerta de la discoteca Bianco. Andy, de 34 años, se acerca a los porteros de este establecimiento situado en una zona repleta de locales en la avenida de la Constitución. Detrás de él camina un chico blanco, periodista.

– Buenas noches – saluda Andy a los porteros.

– Lo siento, no puedes pasar – responde uno de ellos.

– ¿Por?

– Para pasar hoy hace falta invitación.

– ¿Y dónde se consigue?

– Ya no se puede conseguir.

El periodista, que guarda el siguiente puesto en la fila, solicita también la entrada.

– Ya lo has oído, hoy se necesita un pase especial – se disculpan los porteros. Andy aún está presente.

– Vale, al menos dejadme avisar a unos amigos que tengo dentro – responde el periodista.

– Pasa.

Cuando el redactor accede al local, otros clientes confirman que ellos no entraron con invitación. Uno de los porteros que estaba en la puerta toca su hombro.

– Macho, ¿pero tú vienes con el chico negro que está fuera o no?

– No, para nada.

– ¡Ah, vale!, es que no sabía si veníais juntos. Verás, no hay ningún pase especial. Es que él no puede entrar porque es negro. Tú te puedes quedar perfectamente.

– ¿Y él no porque es negro?

– Sí, ya sabes. Aquí queremos un rollito español. No dejamos pasar a negros.

Andy ya sabía lo que iba a pasar “por experiencia”. Él mismo eligió esta discoteca de entre las varias que aseguraba que le impedirían el paso. Colectivos de inmigrantes como la asociación dominicana Juan Pablo Duarte han denunciado reiteradamente que sufren diferencias de trato por parte de la Administración local y empresas privadas por el simple hecho de ser extranjeros. Entre sus quejas destacan el acoso que reciben en forma de multas y visitas policiales a sus negocios, la imposibilidad de abrir establecimientos como locutorios o bazares debido a una ordenanza municipal que IU tacha de “xenófoba”, o la dificultad para entrar en determinados locales sólo por el color de su piel.En este último caso, la peculiar prohibición también se da en locales vinculados con miembros del Gobierno local, el vicealcalde de Torrejón, José Luis Navarro, y el concejal de Vías, Obras y Medio Ambiente, Valeriano Díaz, ambos del PP.

Según el Registro Mercantil, Navarro, que también es concejal de Urbanismo, figura como ex administrador único del local Remember en la calle del Caucho de Torrejón. Actualmente, su hermano administra la sociedad. Algo parecido sucede con Díaz, aunque en este caso es su mujer la que administra la empresa. Su bar, el Nará, en plena avenida de la Constitución, es uno de los negocios nocturnos con más proyección en el municipio.

Gilbert y Wilson son dos vecinos dominicanos. Esta noche se han vestido pintones. Los dos muchachos se presentan en la puerta del bar Nará para salir de marcha. Los porteros les impiden el paso. “Se celebra una fiesta privada del Ayuntamiento”, comenta uno de los empleados de seguridad cortando su paso con la mano. A pesar de su insistencia, los dos chicos tienen que irse. Tan sólo 10 minutos más tarde, dos españoles sin invitación para la supuesta celebración del Consistorio se acercan a la puerta. Ni había fiesta ni había que pagar. Los mismos porteros les abrieron las puertas. En el interior del local no se ve ni a una sola persona negra.

En una última intentona, un español acompaña a Andy hasta el mismo bar, el Nará. El objetivo es saber si ir acompañado de un blanco es suficiente salvoconducto para entrar. Al menos en esta ocasión, sucede así. “Mira. Soy el único negro del garito”, comenta con sorna el inmigrante.

La siguiente parada es la discoteca Remember, un poco más alejada del centro urbano, propiedad de la mujer del vicealcalde. Andy trata de acceder sin éxito. La razón en esta ocasión es el calzado deportivo. “¡Pero si este chico que está entrando también lleva zapatillas!”, protesta Andy señalando a un español que pasa al interior del local. “¡Ah!, pero es que… es por la gorra”, responde otro cancerbero.

No todos los locales de Torrejón prohíben el acceso a los inmigrantes, pero Andy asegura que la situación se repite con frecuencia, no sólo en los locales vinculados con miembros del Ayuntamiento. “Una vez fui a un local con mi mujer española y otra pareja, los tres blancos. ¡Dejaron pasar a todos menos a mí!”.

Para terminar, Andy prueba suerte en otra discoteca elegida al azar, Pícaro. “Ya verás como en ésta tampoco”, apuesta Andy.

– Buenas noches.

– Lo siento. El local es sólo para rumanos. No pueden entrar ni los españoles.

– ¿Para rumanos? Pero, si están saliendo también españoles.

– Serán las parejas. Yo te aseguro que aquí no dejo pasar ni a uno que no sea rumano o acompañante de rumano.

Media hora más tarde, un periodista español, sin acompañantes rumanos, se acerca a la puerta del Pícaro.

– Buenas noches.

– Adelante.

Como Andy, los dominicanos Gilbert y Wilson están más que acostumbrados a que no les dejen pasar en muchos locales de Torrejón. Pero eso no impide que cuestionen el porqué de la negativa. Esa noche, ambos se marchan al vecino municipio de Alcalá de Henares para seguir con la fiesta. “A mí me hubiera gustado entrar en el Nará; seguro que por dentro está genial”, comenta Gilbert antes de despedirse

SOBRE LA JUVENTUD EXTRANJERA DESPROTEGIDA

Sobre la juventud extranjera desprotegida
CÉSAR MANZANOS BILBAO 01/02/2010

La actual respuesta institucional a la juventud extranjera desprotegida que ha venido siendo definida por parte de las instituciones como menores extranjeros no acompañados (menas) es una cuestión de rabiosa actualidad, aún sin encauzar. Las manifestaciones de conflictividad han ido extendiéndose durante estos últimos años como la pólvora de Vizcaya a Guipúzcoa y ahora a Álava. Para tratar de explicar por qué determinadas políticas institucionales hacia los llamados "menas" han sido inadecuadas y habrían de replantearse, es necesario partir de tres cuestiones.


A estos jóvenes se prioriza su repatriación porque tienen dificultades para su regularización
En primer lugar, aclarar que la respuesta ante este fenómeno la hemos de situar dentro del contexto de las políticas hacia la infancia, adolescencia y juventud marginadas, respuesta que hoy se articulan en torno a las políticas de protección. Así por ejemplo, en nuestro caso si los definimos como menores extranjeros no acompañados, justificamos en base a este y otros conceptos su reclusión abierta y temporal en centros de acogida, en cambio si los definimos como adolescentes abandonados y en situación de peligro, de vulnerabilidad, buscaríamos políticas integrales de protección y no de aparcamiento temporal para volver a abandonarlos cuando huyan antes de cumplir los 18 años para no ser repatriados o tengan que salir de los centros de acogida y se encuentren en la calle y con la amenaza de ser expulsados.

LA FISCALÍA GALLEGA ULTIMA UN PROTOCOLO PARA GARANTIZAR LOS PAPELES A LOS MENORES.

La Fiscalía ultima un protocolo para garantizar los papeles a los menores

La Fiscalía reconoce la existencia de "tiempos muertos" en la coordinación entre las distintas autoridades que ralentizan el proceso de documentación de los extranjeros menores no acompañados que llegan a España. Para evitar una "defectuosa" comunicación entre las partes implicadas (Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, instituciones sanitarias, Xunta y Subdelegación del Gobierno), el fiscal superior de Galicia, a propuesta de la Fiscalía de Ourense, pondrá en marcha un protocolo de actuación.

El borrador redactado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional de Ourense y que se aplicará con carácter general en Galicia, fija como prioridad la determinación de la edad del inmigrante interceptado. Ese primer paso sería determinante para que el inmigrante fuera incluido con carácter inmediato en el registro de menores extranjeros, si así lo concluyen las pruebas oseométricas. "Su identificación se convierte en un instrumento eficaz para la adopción de la medidas de protección que el menor necesite, así como para impedir el uso fraudulento de su situación de indocumentado, del uso de otras identidades supuestas o de que alegue nuevamente la minoría de edad", recoge el protocolo de la Fiscalía.

En la actualidad, el servicio de Familia y Menores de cada comunidad ofrece atención a los inmigrantes menores de edad sin papeles, abren un expediente y los remiten al fiscal delegado de Extranjería y al Grupo Operativo de Extranjeros para que hagan acta de comparecencia del menor y el fiscal emite un decreto provisional. Si el menor está indocumentado, se procederá a las pruebas que determinen su edad. Confirmada la minoría, la Xunta asume su tutela. Si fuera mayor de edad, Extranjería inicia el expediente de expulsión.

http://www.farodevigo.es/galicia/2010/02/01/defensor-pueblo-insta-galicia-regularizar-inmigrantes-menores/407789.html

EL DEFENSOR DEL PUEBLO INSTA A GALICIA A REGULARIZAR A LOS INMIGRANTES MENORES .

El Defensor del Pueblo insta a Galicia a regularizar a los inmigrantes menores
Advierte del incumplimiento de la ley tras recibir una queja desde Pontevedra por el caso de cuatro jóvenes
ROSA PRIETO - A CORUÑA Cumplen 18 años y no tienen papeles. Gobiernos autonómicos y Subdelegaciones del Gobierno están en el punto de mira del Defensor del Pueblo y de la Fiscalía General del Estado por incumplir la ley que les obliga a documentar a los inmigrantes mientras son menores de edad. Esta situación ha llevado a la oficina del Defensor del Pueblo a ponerse en contacto con todas las administraciones en las que se han detectado "demoras generalizadas" en la tramitación de los papeles. Galicia figura en ese listado de comunidades autónomas que con su retraso en la gestión del pasaporte han provocado que algún joven se convirtiese en inmigrante sin papeles al cumplir los 18 años.
"Este es uno de nuestro caballos de batalla con las autoridades. La mayoría de las veces no se tiene claro que sobre la condición de extranjero ha de primar la condición de menor", explica María Luisa Cava de Llano y Carrió, adjunta primera a la oficina del Defensor del Pueblo. Por este motivo, el organismo presidido por Enrique Múgica, se puso en contacto con los Ejecutivos autonómicos, que son los encargados de la tutela de los menores inmigrantes, y las Subdelegaciones del Gobierno, a las que corresponde la concesión de las tarjetas de residencia, para que documentasen a los jóvenes extranjeros menores de edad sin esperar si quiera el plazo de nueve meses previsto en el reglamento.

Según confirmaron fuentes del Defensor del Pueblo a FARO, el organismo recibió en 2009 una queja procedente de Galicia referida a cuatro inmigrantes sobre los que pesaba una orden de expulsión ya que habían cumplido los 18 años y ni la Xunta ni la Subdelegación del Gobierno -en este caso la de Pontevedra- habían concedido la tarjeta de residencia a los jóvenes. La respuesta a la llamada del Defensor del Pueblo, en la que se le "recordaba" la obligación de documentar al menor extranjero fue inmediata. "Hicieron caso y revocaron las cuatro resoluciones de oficio para otorgarles la tarjeta de residencia", comenta María Luisa Cava de Llano y Carrió.
El principal problema radica en que las comunidades autónomas y las subdelegaciones del Gobierno esperan un plazo de nueve meses desde la llegada del menor a suelo español para comenzar los trámites de documentación.

La ley recoge que la Admnistración tiene ese tiempo para intentar la reagrupación familiar del joven con su familia. De no contactar con sus familiares en el país de origen, el menor queda, en el caso de Galicia, bajo la tutela de la Xunta.

Pero sobre este plazo de nueve meses que fija la ley, Defensor del Pueblo y Fiscalía advierten a los Ejecutivos autonómicos de que no tienen que esperar este tiempo para iniciar los trámites, en especial si se tiene en cuenta que prácticamente ningún menor es reagrupado con su familia. "En Galicia, los problemas de documentación surgen cuando el menor no acompañado entra en España por otra comunidad, se escapa del centro y al final acaba aquí", asegura el fiscal superior, Carlos Varela, que en este caso, advierte de que "a quien le corresponde documentarlo es a la Administración del lugar de origen.
Provincias
A Coruña es la provincia que acoge a más menores extranjeros, 76, seguida de lejos por Pontevedra y Ourense, con 7 cada una
Llegaron a España en patera o camuflados en los bajos de un camión o de un autobús. Casi todos tienen una historia similar y un objetivo común: abandonaron su aldea con el peso de la deuda contraída por sus padres para pagar su viaje y con la promesa de buscar un trabajo para enviar dinero a casa. La mayoría de los inmigrantes menores bajo la tutela de la Xunta son de origen subsahariano o marroquí y proceden de comunidades autónomas con los centros de internamiento colapsados, como es el caso de Canarias, Andalucía e incluso País Vasco.
En la comunidad gallega, la Sudirección Xeral de Familia e Menores de la Xunta tiene abiertos un total de 94 expedientes a menores inmigrantes, de los que 74 ya tienen resolución de tutela y los 20 restantes están en estudio o reciben medidas de apoyo del Gobierno autonómico.
La mayoría de los menores indocumentados afincados en Galicia residen en la provincia de A Coruña (76), seguida de lejos de Pontevedra y Ourense, con siete casos respectivamente, y Lugo, con cuatro.

lunes, 1 de febrero de 2010

ENEKO INCREIBLE Y EL JUEVES HABLAN EN SUS VIÑETAS DE LA INMIGRACIÓN.










http://www.eljueves.es/

EN CANARIAS SE EXIGE NIE Y EN LA RIOJA NO PARA ACCEDER A LAS GUARDERIAS INFANTILES ....

Orden 3/2010, de 19 de enero de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se regulan los criterios que han de regir la cobertura de plazas vacantes en las Guarderías Infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 29 de enero de 2010) Texto completo.

ORDEN 3/2010, DE 19 DE ENERO DE LA CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES, POR LA QUE SE REGULAN LOS CRITERIOS QUE HAN DE REGIR LA COBERTURA DE PLAZAS VACANTES EN LAS GUARDERÍAS INFANTILES DEPENDIENTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA


La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 establece como uno de sus principios rectores en su artículo 39.1 que los poderes públicos asegurarán la protección social, económica y jurídica de la familia.

El Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1982 , en la redacción dada por la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero, en su artículo 8.1.30, atribuye como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de La Rioja "la asistencia y servicios sociales".

El artículo 30.3 de la Ley 1/2002 de 1 de marzo de Servicios Sociales, en relación con los artículos 9 g y 19 de la citada Ley atribuye al Gobierno de La Rioja la competencia para el establecimiento de Servicios Sociales de primer nivel dirigidos a la familia.

El Decreto 12/2003 , de 4 de abril por el que se fijan medidas de apoyo a la familia, a la conciliación de la vida laboral y familiar, y a la inserción y promoción laboral de las mujeres en La Rioja, recoge dentro de su objeto la fijación del marco para la adopción de medidas orientadas a la protección y apoyo a la familia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Orden 4/2005 de 14 de abril de 2005 de la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales regula los criterios que han de regir la cobertura de plazas vacantes en las guarderías infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja, siendo necesario en el momento actual de acuerdo con la nueva realidad social, una nueva regulación en el acceso a las plazas de guarderías con el fin de favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, tal y como promueve el Decreto 12/2003 , de 4 de abril, por el que se fijan medidas de apoyo a la familia, a la condición de la vida laboral y familiar y a la inserción laboral de las mujeres de La Rioja. Así mismo el proceso de cobertura de plazas requiere que se precisen los diversos aspectos de las fases que lo integran.

En consecuencia, y en virtud de la competencia atribuida por el Decreto 10/2008 , de 8 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Servicios Sociales y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, tengo a bien disponer:

Artículo 1.- Objeto.

1.- La presente Orden tiene como objeto regular el procedimiento de admisión en las Guarderías Infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2.- La relación de Guarderías Infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja para cada curso será la que figure anualmente en la correspondiente resolución de la Consejería de Servicios Sociales en la que se publique la oferta de plazas vacantes.

Artículo 2.- Destinatarios.

Las plazas tendrán como destinatarios los menores cuya edad esté comprendida entre las seis semanas, cumplidas antes del 1 de septiembre en el curso de la convocatoria y los dos años cumplidos antes del 1 de enero del año siguiente al de la convocatoria.

Artículo 3.- Reserva de plazas.

1.- Los padres o representantes legales de los menores ya admitidos en el curso anterior, solicitarán antes del 10 de febrero de cada año, la reserva de plaza en los lugares de presentación señalados en el artículo 6 del Decreto 58/2004 de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.

2.- Quienes soliciten la reserva de plaza tendrán garantizada la continuidad en el centro sin necesidad de someterse a un nuevo proceso de admisión, siempre que cumplan los criterios de edad señalados en el artículo 2 y se encuentren al corriente en los pagos correspondientes a las cuotas del servicio de guardería. Sin embargo, dicha reserva no dará derecho a la concesión de plaza en otra Guardería Infantil dependiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la cual se considerará como una nueva solicitud de plaza.

3.- Junto con la solicitud de reserva de plaza y con el fin de acreditar las situaciones económicas, sociales y familiares referidas al momento de la reserva, se podrá presentar la documentación voluntaria relacionada en el Anexo. La no presentación de esta documentación implicará la aplicación del precio público máximo.

4.- Finalizado el plazo descrito en el párrafo 1 y no habiéndose efectuado la solicitud de reserva de plaza, la misma será incorporada de oficio a las plazas vacantes, comunicándose a los padres o representantes legales del menor afectado que al finalizar el presente curso causará baja en la guardería en cuestión.

Del mismo modo, causará baja el menor que, pese a tener reserva, no cumpla los requisitos establecidos en esta Orden para ser beneficiario de una plaza de guardería, comunicándose esta circunstancia a los padres o representantes legales del menor.

5.- Los solicitantes que no se encuentren al corriente de pagos del servicio de Guarderías Infantiles dependientes de la Comunidad autónoma de La Rioja perderán su derecho de reserva de plaza, si antes del 15 de septiembre del nuevo curso no hubieran procedido al abono de dicho pago, comunicándose esta circunstancia a los padres o representantes legales del menor.

Artículo 4.- Convocatoria anual de plazas.

1.- La Dirección General competente en materia de gestión de plazas de guarderías infantiles podrá disponer, de entre las vacantes existentes, de dos plazas por cada grupo de edad y guardería para atender los casos previstos en el artículo 7.2.

2.- Una vez efectuadas las reservas de plazas conforme a lo establecido en el artículo anterior, por Resolución de la Consejera de Servicios Sociales se convocarán las plazas vacantes por cada una de las edades y en cada guardería infantil para el curso siguiente. Siendo dicha Resolución objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

3.- En la resolución de convocatoria de plazas vacantes de Guarderías Infantiles dependientes del Gobierno de La Rioja se concretarán las fechas de las fases del proceso de cobertura de plazas vacantes, teniendo en cuenta los siguientes plazos máximos:

a) Presentación de solicitudes: 1 mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

b) Baremación y publicación de los listados provisionales de puntos obtenidos durante la fase de baremación: 2 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c) Alegaciones: 15 días naturales desde la publicación de los listados provisionales de puntos obtenidos durante la fase de baremación.

d) Resolución de alegaciones y publicación de los listados definitivos y listas de espera: 15 días naturales desde la finalización del plazo de alegaciones.

4. Si durante el curso se recibieran solicitudes de plazas de guardería para niños incluidos dentro de los casos del artículo 7.2, éstas tendrán preferencia para la cobertura de vacantes sobre los niños incluidos en las listas de espera.

Artículo 5.- Solicitudes de nuevo ingreso.

1.- Los padres del menor o sus representantes legales presentarán las solicitudes de nuevo ingreso, según modelo normalizado, las cuales, se facilitarán en la Dirección General competente en materia de gestión de plazas de guarderías infantiles, (C/ Villamediana, 17, 26071 Logroño), en las Guarderías Infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano y/o en la siguiente dirección de Internet: www.larioja.org/guarderias. Las solicitudes junto con la documentación correspondiente se presentarán conforme a lo establecido en el artículo 6.

2.- A la solicitud se acompañará la siguiente documentación obligatoria:

a) Certificado de empadronamiento de todas las personas que convivan con el menor en su domicilio.

b) Fotocopia del D.N.I. o pasaporte de los padres o en su caso representantes. La fotocopia del D.N.I. de los padres o representantes legales, se sustituirá por la presentación del D.N.I. cuando se encuentre operativa la Red de Comunicaciones de las Administraciones Públicas Españolas.

c) Fotocopia del Libro de Familia, en la que figuren no sólo la hoja donde aparezca el menor, sino también el resto de los miembros que se incluyen en el mismo.

No serán documentos válidos para acreditar qué miembros forman parte de la unidad familiar otros distintos de los recogidos en la presente Orden. En este sentido, no será válida la presentación del Libro de Familia Numerosa.

d) Las solicitudes de plaza para menores no nacidos se presentarán en el plazo señalado con carácter general en la convocatoria. En estos casos, será necesario aportar un informe médico en el que se haga constar la fecha probable del parto, que deberá ser, para que se pueda proceder la admisión del menor en la Guardería, anterior al 21 de julio del año en curso. Para la correcta verificación de esta circunstancia será necesario aportar fotocopia del libro de familia antes del 1 de septiembre. En caso contrario, se dará de baja al menor, por no cumplir con lo establecido en el artículo 2 de la presente Orden.

UGT SE PROPONE ACABAR CON LOS MITOS SOBRE LA INMIGRACIÓN



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COMENTARIO: Y MIENTRAS EN SANTA CRUZ DE TENERIFE SIN ABOGADA .... NO HAY ABOGADA QUE ATIENDA A LOS PERSONAS INMIGRANTES , CUANDO MÁS SE NECESITA ...¿ SE HARÁ ALGO AL RESPECTO?. CON LO BIEN QUE LO ESTABAN HACIENDO