sábado, 24 de noviembre de 2012

REUNIÓN INTERMINISTERIAL PARA ESTUDIAR LA PROPUESTA DE DAR RESIDENCIA A LOS EXTRANJEROS QUE COMPREN PISOS .

REUNIÓN INTERMINISTERIAL PARA ESTUDIAR LA PROPUESTA DE DAR RESIDENCIA A LOS EXTRANJEROS QUE COMPREN PISOS .

Reunión interministerial en Economía para estudiar la propuesta de dar residencia a los extranjeros que compren pisos


Representantes de varios ministerios mantienen este martes una reunión en el Ministerio de Economía para estudiar la propuesta de dar permiso de residencia a los extranjeros que adquieran una vivienda en España por importe superior a 160.000 euros, según han confirmado a Europa Press fuentes gubernamentales.

   Así, acudirán a este cita responsables de Interior, Fomento, Empleo, Economía, Hacienda y Exteriores para seguir analizando esta iniciativa en la que el Ejecutivo de Mariano Rajoy lleva trabajando desde la pasada primavera, según reconoció este lunes el secretario de Estado de Comercio, Jaime García-Legaz.

Fuente : europapress


NOTA DE SOS RACISMO:

Esta posibilidad ha existido siempre desde 1985:

    1. En la Ley de Inversiones extranjeras en España, solo que para obtener este tratamiento FISCAL, el inversor no debe optar por la condición de Residente, pero tendrá un estatus preferencial para entrar y salir del país.


    2. En la Ley de Extranjería: Residentes sin actividad laboral, con Patrimonio o RENTA procedente del exterior o de bienes en España:  LO 4/2000: Artículo 31. Situación de residencia temporal. 2. La autorización inicial de residencia temporal que no comporte autorización de trabajo se concederá a los extranjeros que dispongan de medios suficientes para sí y, en su caso, para los de su familia.  Reglamentariamente se establecerán los criterios para determinar la suficiencia de dichos medios". Artículo 32. Residencia de larga duración.  1. La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles. ...4. Con carácter reglamentario se establecerán criterios para la concesión de otras autorizaciones de residencia de larga duración en supuestos individuales de especial vinculación con España.  En el RD 557/2011 (RELOEX): Residencia de larga duración. Artículo 148. Supuestos. 3. La autorización de residencia de larga duración también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos: g) Extranjeros que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración la concesión de la autorización de residencia de larga duración, previo informe del titular del Ministerio del Interior".

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