domingo, 10 de enero de 2016

SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE 3 DE DICIEMBRE DE 2015 . CONCEDE NACIONALIDAD ESPAÑOLA A PESAR DE TENER ANTECEDENTE PENAL NO CANCELADO, POR SU DILATADA TRAYECTORIA VITAL EN ESPAÑA

SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE 3 DE DICIEMBRE 2015 . CONCEDE NACIONALIDAD ESPAÑOLA A PESAR DE TENER ANTECEDENTE PENAL NO CANCELADO, POR SU DILATADA TRAYECTORIA VITAL EN ESPAÑA


Roj: SAN 4270/2015 - ECLI:ES:AN:2015:4270
Id Cendoj: 28079230032015100875
Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 3
Nº de Recurso: 1299/2014
Nº de Resolución: 954/2015
Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO
Ponente: ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO
Tipo de Resolución: Sentencia

(...)

Compartiendo el criterio expuesto por la Administración en su resolución de reposición, lo cierto es que la existencia de una condena no puede constituirse en un obstáculo insalvable aunque nunca existiría infracción del principio "non bis in idem" ya que no estamos en presencia de un procedimiento sancionador, y de ahí la relevancia de valorar otros datos además de la existencia de la condena en si mismo considerada que es a lo que se limita la Administración y en el caso de autos vemos es un incidente único dentro de una dilatada residencia legal, alejado de la solicitud, con escasa entidad dadas las penas impuestas, extinto en sus consecuencias penales antes de solicitar, y sin que exista reiteración de tal comportamiento. Así la trayectoria vital del actor aparece como totalmente normalizada, antes y después del incidente único y alejado descrito y no es de olvidar el arraigo personal, laboral y social del actor en nuestro país y por ello ha de considerase desvirtuado el único motivo de denegación invocado por la Administración en la resolución impugnada, procediendo la estimación del recurso.

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