SENTENCIA DE LA AUDIENCIA
NACIONAL DE 3 DE DICIEMBRE 2015 . CONCEDE NACIONALIDAD ESPAÑOLA A PESAR DE
TENER ANTECEDENTE PENAL NO CANCELADO, POR SU DILATADA TRAYECTORIA VITAL EN
ESPAÑA
Roj: SAN 4270/2015 -
ECLI:ES:AN:2015:4270
Id Cendoj:
28079230032015100875
Órgano: Audiencia Nacional.
Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 3
Nº de Recurso: 1299/2014
Nº de Resolución: 954/2015
Procedimiento: PROCEDIMIENTO
ORDINARIO
Ponente: ISABEL GARCIA
GARCIA-BLANCO
Tipo de Resolución: Sentencia
(...)
Compartiendo el criterio
expuesto por la Administración en su resolución de reposición, lo cierto es que
la existencia de una condena no puede constituirse en un obstáculo insalvable
aunque nunca existiría infracción del principio "non bis in idem" ya
que no estamos en presencia de un procedimiento sancionador, y de ahí la
relevancia de valorar otros datos además de la existencia de la condena en si
mismo considerada que es a lo que se limita la Administración y en el caso de
autos vemos es un incidente único dentro de una dilatada residencia legal,
alejado de la solicitud, con escasa entidad dadas las penas impuestas, extinto en
sus consecuencias penales antes de solicitar, y sin que exista reiteración de
tal comportamiento. Así la trayectoria vital del actor aparece como totalmente
normalizada, antes y después del incidente único y alejado descrito y no es de
olvidar el arraigo personal, laboral y social del actor en nuestro país
y por ello ha de considerase desvirtuado el único motivo de denegación invocado
por la Administración en la resolución impugnada, procediendo la estimación del
recurso.
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