sábado, 15 de febrero de 2014

LA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ QUE REGULA LA VENTA EN EL MERCADILLO O RASTRO , EXCLUYE A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA IRREGULAR

Expediente relativo a la aprobación de la Ordenanza Municipal reguladora del Ejercicio de la Venta que se realiza en el Rastro de Santa Cruz, así como modificación del emplazamiento, trazado y nueva ubicación para el desarrollo del Mercado ocasional en la vía pública, denominada “Rastro”.
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en sesión ordinaria celebrada el 27 de
enero adoptó el acuerdo de:

Primero.- Aprobar provisionalmente la Ordenanza reguladora del ejercicio de la venta que se realiza en
Capítulo I. Requisitos Generales. Artículo 7.- Personas que pueden ejercer la actividad
de venta.


Artículo 8.- Requisitos generales.
Para el ejercicio de la venta en el Rastro de santa Cruz, cualquiera de los sujetos descritos en el artículo anterior deberá cumplir los siguientes requisitos:

c) Estar en posesión de la tarjeta de residencia cuando se trate de titulares de países comunitarios;
si el vendedor procede de países no comunitarios, deberá estar en posesión de los correspondientes
permisos de residencia y trabajo. En uno y otro caso dichos permisos tendrán un tiempo de duración igual o superior al de la autorización municipal.

 http://archivo.bopsctfe.es/2014/02/Bop020-14.pdf


COMENTARIO : NI EN EL RASTRO LOS DEJAN EN PAZ ....QUE FUERTE ...

No hay comentarios: