miércoles, 6 de agosto de 2014

REITERACIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO A LA SECRETARÍA GENERAL DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN PARA QUE NO DEJE EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA IRREGULAR A LOS PROGENITORES EXTRANJEROS CON HIJOS DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA




COMENTARIO : Enésima reiteración del Defensor del Pueblo a la Secretaría General de Inmigración e Inmigración , para que busque formulas para evitar la irregularidad sobrevenida de los progenitores con hijos/as españoles .

La peculiaridad de está última reiteración es la manifestación implícita que no sería necesario el informe de esfuerzo de integración , pues el Defensor del Pueblo considera que el hecho de tener un hijo español , subvenir a sus necesidades , y educarle en territorio español , constituye por sí mismo un ejemplo de integración no comparable a la realización de cursos u otras actividades .

Y por otra parte el Defensor del Pueblo concluye que la interpretación artículo 124, apartado 3 , no casa con la irregularidad sobrevenida de ningún progenitor español. El sentido del artículo es evitar precisamente la irregularidad sobrevenida porque lo que fundamenta el mismo es el interés superior del menor español .


Y MIENTRAS LA ADMINISTRACIÓN ACTUANDO A SUS ANCHAS , PREVARICANDO E INFLIGIENDO MUCHO DOLOR .

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