viernes, 11 de agosto de 2006

TENED CLARO LOS REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LAS PRIMERAS Y SEGUNDAS RENOVACIONES DE LAS AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA



Hay que tener en cuenta y tenerlo claro los requisitos para la renovación de los permisos. Aparte de los requisitos exigidos hay que tener en cuenta que las oficinas de extranjero mediante red informática tiene los datos de la Administración de Justicia, del INEM, y de la Seguridad Social. Por lo que cumpliendo los requisitos del folleto no es suficiente para tener acceso a la renovación ya que si la oficina de extranjeros detecta algunas de las causas:


-Cuando, para fundamentar la petición, se hayan presentado documentos falsos o formulado alegaciones inexactas, y medie mala fe.
-Cuando se carezca de la titulación especial exigida para el ejercicio de la concreta profesión o de la homologación o de la colegiación cuando así se requiera.
- Cuando conste un informe gubernativo previo desfavorable.
- Cuando concurra una causa prevista legalmente de inadmisión a trámite que no hubiera sido apreciada en el momento de la recepción de la solicitud.

- Cuando tenga una condena penal

(Será causa de denegación de las solicitudes de renovación, además del incumplimiento de algunos de los requisitos previstos en este artículo, la concurrencia de alguno de los supuestos de denegación previstos en esta sección, excepto el recogido en el apartado 1.b del artículo anterior. Se valorará, en función de las circunstancias de cada supuesto, la posibilidad de renovar la autorización de residencia y trabajo a los extranjeros que hubieran sido condenados por la comisión de un delito y hayan cumplido la condena, los que han sido indultados o que se encuentren en la situación de remisión condicional de la pena)

ver más:

http://www.map.es/servicios/servicios_on_line/extranjeria.html

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