sábado, 24 de marzo de 2007

REAL DECRETO 367/2007 POR EL QUE SE CREA Y REGULA LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL FOMENTO Y PROMOCION DEL DIÁGOLO INTERCULTURAL

Real Decreto 367/2007, de 16 de marzo, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para el Fomento y Promoción del Diálogo Intercultural.
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La Comisión Nacional es el órgano encargado de coordinar las acciones dirigidas a cohesionar la sociedad en su diversidad, favoreciendo la comprensión y el conocimiento mutuo a través de la cultura, elemento básico de una ciudadanía activa, con especial atención a la juventud, así como de organizar la participación española en el Año Europeo del Diálogo Intercultural
Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión Nacional ejercerá las siguientes funciones:

a) Difundir los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008).
b) Propiciar que dicho diálogo intercultural se constituya en un proceso permanente y dinámico dentro de la sociedad española y que este proceso sea un mecanismo fundamental que garantice y facilite la aplicación de los objetivos establecidos en la Convención de la UNESCO sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales.
c) Estimular la participación de las organizaciones no gubernamentales, entidades y Administraciones Públicas en la realización de proyectos tendentes a la celebración del Año Europeo del Diálogo Intercultural, que contribuyan a sensibilizar a la opinión pública, especialmente a los jóvenes, al reconocimiento de la cultura y diálogo intercultural como los instrumentos por excelencia para aprender a vivir juntos en armonía, así como a resaltar la contribución de las diferentes culturas a nuestro patrimonio cultural y modos de vida.
d) Elaborar y decidir un programa estatal de actos a desarrollar en el año 2008 y coordinar las distintas iniciativas, respetando la autonomía de las entidades promotoras, a fin de lograr una celebración integrada y solidaria.
e) Promover el intercambio de información y experiencias realizadas en este campo.
f) Designar al representante nacional en el comité u órgano que asista a la Comisión Europea en la organización y celebración del Año Europeo del Diálogo Intercultural.
g) Presentar a la Comisión Europea las solicitudes de subvención de acciones con marcada dimensión europea previstas en el artículo 7.2 de la Decisión 1983/2006/CE, de 18 de diciembre de 2006, relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008).
h) Cuantas actuaciones se deriven de la organización y celebración del Año Europeo del Diálogo Intercultural y requieran la intervención de la Comisión Nacional.
i) Elaborar al final del año una memoria sobre las actuaciones recogidas en el programa estatal de actos, con el fin de remitirla al Consejo de la Unión Europea y darle la correspondiente difusión

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