miércoles, 5 de mayo de 2010

LE NIEGAN LA NACIONALIDAD POR ARAÑAR A SU MARIDO MALTRATADOR

Le niegan la nacionalidad por arañar a su marido maltratador

ISABEL RODRÍGUEZ DE LA TORRE I VALENCIA

Martes , 04-05-10En febrero de 2006 Andrea mantuvo una acalorada discusión con su esposo. Llegaron a las manos. La mujer terminó con un ojo morado y lesiones nasales que requirieron asistencia médica. Pero como ella le mordió y le arañó, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Valencia les condenó a ambos. A ella, le impuso la obligación de realizar 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Las consecuencias de aquella condena han llegado cuatro años después: Andrea, ecuatoriana, se ha quedado sin la nacionalidad española que tanto anhelaba. Su comportamiento «no es compatible con el de un ciudadano», dice la Audiencia Nacional, que admite que la mujer «reúne los requisitos generales de residencia exigidos para la concesión de la nacionalidad». Llevaba viviendo legalmente en España el tiempo requerido y estaba integrada. «Se deniega la solicitud porque no ha justificado suficiente buena conducta cívica».
Conducta intachable
Andrea reside legalmente en España desde febrero de 2002. En 2004 solicitó la nacionalidad y dos años después, cuando su expediente aun no estaba resuelto, se peleó con su marido. En enero de 2007, el Ministerio de Justicia le negó la nacionalidad; recurrió, pero la resolución fue confirmada. Andrea acudió entonces a la Audiencia Nacional. Alegó que aquella condena por una pelea con su pareja «no implica mala conducta dada la levedad del hecho». En este tipo de procedimientos es el solicitante el que debe demostrar, positivamente, que su conducta ha sido conforme a las normas de convivencia cívica, que no sólo no ha infringido las normas, sino que, además, «ha cumplido los deberes cívicos razonablemente exigibles».

LEER MÁS :

No hay comentarios: