lunes, 17 de mayo de 2010

Plan de acción sobre los menores no acompañados (2010 - 2014) de la UE

PREVENCIÓN DE LA MIGRACIÓN INSEGURA Y LA TRATA DE SERES HUMANOS — AUMENTO DE LAS CAPACIDADES DE PROTECCIÓN EN LOS TERCEROS PAÍSES
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5. BÚSQUEDA DE SOLUCIONES DURADERAS
Las soluciones duraderas deberían basarse en la evaluación individual del interés superior del
menor y consistirán en:
– el retorno y la reintegración en el país de origen;
– la concesión del estatuto de protección internacional o de otro estatuto jurídico que permita a los menores integrarse adecuadamente en el Estado miembro de residencia;
el reasentamiento.

• La decisión sobre el futuro de cada uno de los menores no acompañados deberían adoptarla las autoridades competentes en el plazo más breve posible (si fuera posible, un plazo máximo de seis meses), teniendo en cuenta la obligación de intentar rastrear a la familia, explorar otras posibilidades de reintegración en la sociedad de origen y determinar cual es la solución que respeta el interés superior del menor.

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