viernes, 22 de septiembre de 2017

TUMULTUOSO , TUMULTO , TUMULTUARIAMENTE LA NUEVA PALABRA EN BOCA.

 El Tribunal Supremo ha considerado tumulto como sinónimo de gregario, amorfo, caótico, anárquico, inorgánico y desordenado o en tropel, aunque nada impide, según opinión unánime, que se considere tumulto en caso de que fuera organizado y ordenado ( TS 10-10-80 ). Cuando se ha tratado del delito de participación en riña ha estimado que era tumultuaria por darse entre más de dos personas. La STS de10 de octubre de 1980 remitiéndose a otra de 2 de julio de 1934, exige para el tumulto que el número de partícipes no sea inferior a treinta, y afirma que la doctrina más caracterizada, partiendo de que "tumulto" es desorden y confusión producido por un conjunto de personas, sostiene que habrán de ser varias y en número suficiente para la consecución del fin propuesto, pudiéndose agregar que los términos legales "alzaren" y "tumultuariamente", evocan y sugieren la participación indispensable de un número considerable de personas, aunque no es preciso que constituyan multitud o muchedumbre. 

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