sábado, 22 de noviembre de 2014

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA LA MANCHA ( ALBACETE ) . REVOCACIÓN DE EXPULSIÓN DE COMUNITARIO POR NO ATENDER A LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES FAVORABLES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 15 DE LA DIRECTIVA 2004/38.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA LA MANCHA ( ALBACETE ) . REVOCACIÓN DE EXPULSIÓN DE COMUNITARIO POR NO ATENDER A LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES FAVORABLES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 15 DE LA DIRECTIVA 2004/38.

Sentencia en la que se revoca expulsión de un comunitario con condenas y analiza, que no solo debe de tenerse en cuenta la afectación del orden público, sino que hay que tener en cuenta la situación personal del expulsando, análisis que había sido omitido por la sentencia de Instancia de Ciudad Real 

"La Administración no puede acordar la expulsión de un ciudadano comunitario europeo sin atenderé , a todas las circunstancias que la normativa europea obliga expresamente a atender y que considera capitales , hasta el punto de que sin han transcurrido dos años desde que se acordó la expulsión sin que se haya ejecutado deben valorarse , según dice el artículo 15 de la Directiva 2004/38 CE . La expulsión debe ser anulada , sin que haya lugar a sustituirla por la multa por NO HALLARNOS EN EL CASO DE ESTA MEDIDA DEL RD 240/2007 ANTE UNA SANCIÓN NI PREVERSE SANCIONES DE MULTA NI ESTABLECERSE QUE SE HAYA COMETIDO UNA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR"



 Felicitaciones al letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Marcelo Belgrano Ledesma Más información

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