miércoles, 16 de julio de 2008

TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO. NÚMERO DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO

MINISTERIO DEL INTERIOR
Extranjeros. Tarjeta de identidad.— Orden INT/2058/2008, de 14 de julio, por la que se modifica la Orden del Ministro del Interior de 7 de febrero de 1997, por la que se regula la Tarjeta de Extranjero, en lo concerniente al número de Identidad de Extranjero.
Más... (2008/12050)
PDF (2008/12050; 1 págs. - 30 KB.)

Uno. Se añade a la letra a) del apartado sexto un segundo párrafo con la siguiente redacción:
«El Número de Identidad de Extranjero estará integrado por nueve caracteres con la siguiente composición: Una letra inicial, que será la X, seguida de siete dígitos o caracteres numéricos y de un código o carácter de verificación alfabético que será definido por el Departamento Ministerial competente. Una vez agotada la serie numérica correspondiente a la letra X, se continuará siguiendo el orden alfabético.»

No hay comentarios: