COMENTARIO : COMO SE LE OCURRA AL GOBIERNO MANTENER ESTE ARTÍCULO PUEDE SUPONER EL MÁS GRAVE DE LOS DISPARATES LEGALES QUE SE HAYAN COMETIDO EN LA DEMOCRACIA ESPAÑOLA Y LA VULNERACIÓN MÁS FLAGRANTE CONTRA LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS.... PONGÁMOS EJEMPLO PRÁCTICO UNA PERSONA EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA IRREGULAR NO TIENE DERECHO A LA INFORMACIÓN QUE LE PUEDA DISPENSAR UNA TRABAJADORA SOCIAL O ABOGADO EN UN AYUNTAMIENTO ( SERVICIO ) , NO TIENE DERECHO AL ALBERGUE ( SERVICIO ) , NO TIENE DERECHO A UNA PRESTACIÓN PUNTUAL DE ALIMENTOS ( PRESTACIONES SOCIALES BÁSICAS ) , NI DE PODER NI PUEDE IR AL AYUNTAMIENTO A QUE LE HAGA EL INFORME SOCIAL DE ARRAIGO POR PARTE DE LA TRABAJADORA SOCIAL ( SERVICIO ) ...... DEBE SER TODO UN CRASSO ERROR Y ESPEREMOS QUE SE MANTENGA EL ARTÍCULO COMO ESTÁ .
MUCHACHOS/AS DEL GOBIERNO .....QUE YA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SE HA PRONUNCIADO EN ESTA MATERIA, NO TE VUELVAS TURULETA PISPIRETA ( CORBACHO )
2 comentarios:
Pero, para una reforma constitucional de los derechos humanos no hace falta un referéndum???
¿Por qué no nos estamos enterando de ésto?
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