CON ESTE BLOG PRETENDO COMPARTIR MIS EXPERIENCIAS Y CONOCIMIENTOS EN MATERIA DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN CON TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE TRABAJEN Y ESTÉN INTERESADAS. Me llamo Roberto García y trabajo en en una ong ,y de la experiencia que he acumulado debo destacar que actualmente el ser humano necesita imperiosamente comunicarse y ser escuchado.

martes, julio 14, 2009

ESPAÑA CONDENADA POR INCUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE ASILO .

Recurso interpuesto el 24 de junio de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de España
(Asunto C-272/08)
(2008/C 209/54)
Lengua de procedimiento: español

Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. Condou-Durande y E. Adsera Ribera, agentes)

Demandada: Reino de España

Pretensiones

— Que se declare que, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para ajustarse a la Directiva 2004/83/CE (1) del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida y, en cualquier caso, al no haber comunicado dichas disposiciones a la Comisión, el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 38 de dicha Directiva.

— Que se condene en costas al Reino de España.

Motivos y principales alegaciones

El plazo señalado para adaptar el Derecho interno a la directiva 2004/83/CE finalizó el 10 de octubre de 2006.

SENTENCIA :
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2008:209:0035:0036:ES:PDF

EL FORO CANARIO DE LA INMIGRACIÓN LAMENTA LA MUERTE DE 3 INMIGRANTES LLEGADOS AL HIERRO

El Foro Canario de la Inmigración lamenta la muerte de 3 inmigrantes llegados a El Hierro
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Foro Canario de la Inmigración, como órgano asesor del Gobierno de Canarias en materia de inmigración, ha querido hoy expresar, a través de los medios de comunicación, sus condolencias por el fallecimiento de tres personas inmigrantes procedentes del continente africano.
El Foro lamentó en un comunicado el trágico resultado de una larga travesía, a la que se vieron abocados 68 inmigrantes que llegaron a las costas de la isla de El Hierro. "Desgraciadamente tres de ellos no han logrado sobrevivir. Además, otra embarcación con 64 inmigrantes a bordo arribaba ayer a Gran Canaria", explica la nota.
"Con esta tragedia, Canarias ya ha visto morir a treinta personas de las casi 1.600 que, en lo que va de año, han arribado a nuestras costas", subraya el Foro que concluye explicando que "no puede olvidar la tragedia de los Cocoteros en la isla de Lanzarote, que supuso la muerte de 25 personas, la mayor parte de ellos menores de edad".

lunes, julio 13, 2009

LA AUDIENCIA NACIONAL . AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES A MADRE EXTRANJERA DE UN MENOR ESPAÑOL .



EL NIÑO RIENDOSE TRAS CONOCER LA SENTENCIA , Y AMENAZANDO A LA OFICINA DE EXTRANJEROS QUE CON SU MADRE NO SE METE NADIE Y QUE OJO CON TARDAR EN DARLE EL PERMISO .


La Audiencia obliga a Inmigración a legalizar a una madre extranjera de un menor español
La sentencia sin precedentes exige que se otorgue a la mujer el permiso de residencia por circunstancias excepcionales

NICOLÁS CASTELLANO / CADENA SER 21-06-2009

Sentencia sin precedentes de la Audiencia Nacional (de la sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo), a la que ha tenido acceso la SER, que obliga a la Secretaría de Estado de Inmigración a otorgar el permiso de residencia por circunstancias excepcionales a una madre extranjera en situación irregular de un menor de nacionalidad española.

Se trata de una mujer cubana residente en Palma de Mallorca que llegó a España en 2007 y que dio a luz a su hijo en abril de ese año en Madrid por lo que fue registrado con nacionalidad española ya que el país de los padres, Cuba, no le concede la nacionalidad al menor cuando nace fuera de la isla.

La Audiencia considera que ninguna norma de extranjería puede impedir a un español vivir en España y el hecho de que se pretenda evitar que los padres de un menor nacional residan en nuestro país está imposibilitando que se ejerza un derecho fundamental de todos los españoles: residir en nuestro país. Por tanto, la Secretaría de Estado de Inmigración debe regularizar a esa madre de manera inmediata.

La sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional sostiene en el fallo al que ha tenido acceso la Ser que tener un hijo de nacionalidad española es una circunstancia excepcional por sí misma para otorgarle una autorización de residencia.

Entre lo más llamativo de la sentencia está que la Audiencia no sólo dice que la madre cubana no puede ser expulsada sino que además tiene que ser documentada echando por tierra el argumento de la Secretaría de Estado que aludía que no podía regularizar a esta ciudadana porque el hecho de ser madre de un menor español no esta recogido en el reglamento de la Ley de Extranjería.

Para esto, la Audiencia se basa en jurisprudencia del Tribunal Supremo que señala que el concepto de circunstancia excepcional no es un catálogo cerrado de supuestos. Sostiene que el artículo 31 de la ley de extranjería señala que se concederán permisos por circunstancias excepcionales que como su propio nombre indica no pueden limitados en un reglamento.

Circunstancias excepcionales

La Audiencia Nacional dice que ese precepto de haber dado a luz en España a un menor que adopta la nacionalidad española aunque no esté recogido en el reglamento de la ley de extranjería es suficientemente importante para darle permiso de residencia por circunstancias excepcionales.

El proceso comienza en enero del pasado año cuando esta ciudadana cubana solicita la autorización de residencia por circunstancias excepcionales en la delegación del Gobierno en Baleares aludiendo que es ascendiente de un menor de nacionalidad española.

La Secretaría de Estado de Inmigración se la deniega en marzo argumentando que este requisito no está recogido en el reglamento de la ley de extranjería como caso excepcional y la abogacía del estado se pronuncia asegurando que el solo hecho de ser progenitora de un menor nacido en España o español no es una razón suficiente para darle un permiso de residencia.

Su abogada no se rinde y decide interponer un recurso a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en junio y ahora justo un año después, en una sentencia sin precedentes de la Audiencia Nacional se obliga a la Secretaría de Estado a evitar no sólo que la madre sea expulsada sino que además que se le otorgue el permiso de residencia.

El menor nació en abril de 2007 en Madrid por lo que adoptó la nacionalidad española. Según la Audiencia, negarle la residencia a la madre vulnera el artículo 14 de la Constitución además del derecho del menor a la vida en familia.

La Audiencia sostiene en el fallo, al que ha tenido acceso la SER, que el hecho de que no esté recogida esa circunstancia en el reglamento de extranjería no quiere decir que no se pueda incluir entre los supuestos. Esta mujer cubana llegó a España en enero de 2007 para estudiar un master junto a su pareja de la misma nacionalidad, 2 años y medio después podrá regularizar su situación

PERMISOS DE CONDUCCIÓN DEL SALVADOR. RECONOCIMIENTO RECIPROCO Y CANJE DE PERMISOS DE CONDCUCCIÓN NACIONALES .

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
Acuerdos internacionales
Canje de Notas entre el Reino de España y la República de El Salvador sobre reconocimiento recíproco y el canje de permisos de conducción nacionales, hecho ad referendum en Madrid el 19 de agosto y 23 de octubre de 2008.
PDF (BOE-A-2009-11412 - 7 págs. - 231 KB)

EL GOBIERNO DE ESPAÑA DA UN RESPIRO A LOS INMIGRANTES PARADOS .

Extranjeros desempleados en España reducirán riesgo de perder la residencia

Consuelo Rumí, secretaria de Estado de Inmigración.

Gobierno le da un respiro a los inmigrantes parados

Vanessa Macher. Para los inmigrantes, el matiz más duro de la crisis no sólo está relacionado con la depresión económica, sino también con la pérdida del status legal dentro de España. Organizaciones como SOS racismo ya habían alertado que miles de extranjeros desempleados que se encuentran con el permiso de trabajo temporal, no serían capaces de cumplir los requisitos para la renovación de tarjeta. Ante esta situación, el gobierno, decidió tomar cartas en el asunto. El pasado viernes 10 de julio, el Consejo de Ministros, aprobó la modificación del Reglamento de Extranjería, con el objetivo de facilitar la recolocación de los inmigrantes en paro y la reducción del riesgo de la pérdida de sus permisos de trabajo y residencia. Las reformas aprobadas han sido previstas para disminuir la irregularidad que le sobreviene a la crisis, como el crecimiento de la economía sumergida, el que están inmersos el 50,83% del total de trabajadores, según el Centro de Información de Trabajadotes Extranjeros (CITE).
COMENTARIO: Y A LOS QUE HA DEJADO SIN PERMISO LES DA LA EXTRAMAUCION

ZAPATERO QUIERE NEGOCIAR ACUERDOS DE REPATRIACIÓN DE INMIGRANTES ILEGALES CUANDO PRESIDA LA UE .


Zapatero quiere negociar acuerdos de repatriación de inmigrantes ilegales cuando presida la UE
España propondrá en su presidencia de la UE en la primera mitad de 2010 "aumentar" los medios de la Agencia Europea de Control de Fronteras Exteriores (Frontex) contra la inmigración ilegal y alcanzar acuerdos para la repatriación de 'sin papeles' negociados a nivel europeo con los países de origen y tránsito, ha avanzado hoy el presidente del Gobierno

Ep - Madrid - 13/07/2009
En rueda de prensa conjunta con el primer ministro griego, Kostas Karamanlis, con quien ha hablado de la próxima presidencia española de la UE, Zapatero reconoció que Frontex "necesita más medios y compromiso de los países de la Unión", pero advirtió de que para controlar la inmigración irregular resulta "esencial" construir una política de cooperación en la materia con los países de origen y tránsito de la inmigración, como la que España ha elaborado con Marruecos.
El fortalecimiento de la política europea de inmigración será una de las prioridades de la presidencia española de la UE, que apostará por que la Unión "lidere" las negociaciones para conseguir acuerdos comunes de repatriación, en lugar de los pactos que existen de forma bilateral entre ciertos países comunitarios y africanos, según Zapatero. Karamanlis señaló que los acuerdos de readmisión tendrán que ir acompañados de ayuda financiera para los países africanos.
COMENTARIO: PRESI COJONUDO , COMO EL PRESI NO HAY NINGUNO , DALE UN CARGITO .

CUATRO DE CADA DIEZ RECURSOS QUE RECIBE EL TC SON PRESENTADOS POR INMIGRANTES. " ES UN REFLEJO DEL CAMBIO DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA "

Es un reflejo «del cambio de la sociedad española», esgrime el Tribunal
Cuatro de cada diez recursos que recibe el TC son presentados por inmigrantes
La Razón, 2009-07-13

MADRID – El Tribunal Constitucional (TC) recibe cada mes una media de unos mil recursos de amparo, con lo que, de seguir esta proporción, acabará el año con, prácticamente, dos mil asuntos más que el año anterior. Esto supone una dificultad más a la hora de que los magistrados puedan dar una respuesta más rápida, lo que sería el «deseo del tribunal», según afirma el propio TC. Y es que, los datos a mayo de 2009 reflejan un incremento importante respecto a los doce meses anteriores. Así, en todo 2008, el número de recursos de amparo ingresados fue de 10.410, mientras que sólo de enero a mayo de 2009 han ingresado 5.061. Por tanto, en los cinco primeros meses ya se ha superado la mitad del total del año anterior, con una media de mil recursos ingresados al mes. De estos datos, los recursos de amparo ingresados este año, hasta mayo, en materia de extranjería, es decir, interpuestos por inmigrantes, representan ya el 40,65 por ciento, frente al 38,21 de ese mismo mes del año anterior, según datos del TC, a los que ha tenido acceso
LA RAZÓN. Fuentes del Tribunal Constitucional valoran este último dato como un claro signo de «cambio de la sociedad española» y el papel de la inmigración, «que también se ve en la Justicia ordinaria y en la Justicia constitucional».
COMENTARIO: ¿NO SERÁ QUE LAS ADMINISTRACIONES Y LA JUSTICIA ESTÁN MACHACANDO A LAS PERSONAS INMIGRANTES ?
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
CAPÍTULO I.DE LA PROCEDENCIA E INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL.

Artículo 41.
Uno. Los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 de la Constitución serán susceptibles de amparo constitucional, en los casos y formas que esta Ley establece, sin perjuicio de su tutela general encomendada a los Tribunales de Justicia. Igual protección será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30 de la Constitución.

Dos. El recurso de amparo constitucional protege, en los términos que esta Ley establece, frente a las violaciones de los derechos y libertades a que se refiere el apartado anterior, originadas por las disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho de los poderes públicos del Estado, las Comunidades Autónomas y demás entes públicos de carácter territorial, corporativo o institucional, así como de sus funcionarios o agentes.

Tres. En el amparo constitucional no pueden hacerse valer otras pretensiones que las dirigidas a restablecer o preservar los derechos o libertades por razón de los cuales se formuló el recurso.
Artículo 42.
Las decisiones o actos sin valor de Ley, emanados de las Cortes o de cualquiera de sus órganos, o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, o de sus órganos, que violen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional, podrán ser recurridos dentro del plazo de tres meses desde que, con arreglo a las normas internas de las Cámaras y Asambleas, sean firmes.

Artículo 43.
Uno. Las violaciones de los derechos y libertades antes referidos originadas por disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho del Gobierno o de sus autoridades o funcionarios, o de los órganos ejecutivos colegiados de las comunidades autónomas o de sus autoridades o funcionarios o agentes, podrán dar lugar al recurso de amparo una vez que se haya agotado la vía judicial procedente.

Dos. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.

Tres. El recurso solo podrá fundarse en la infracción por una resolución firme de los preceptos constitucionales que reconocen los derechos o libertades susceptibles de amparo.
Artículo 44.
Uno. Las violaciones de los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional, que tuvieran su origen inmediato y directo en un acto u omisión de un órgano judicial, podrán dar lugar a este recurso siempre que se cumplan los requisitos siguientes:

Que se hayan agotado todos los medios de impugnación previstos por las normas procesales para el caso concreto dentro de la vía judicial.
Que la violación del derecho o libertad sea imputable de modo inmediato y directo a una acción u omisión del órgano judicial con independencia de los hechos que dieron lugar al proceso en que aquellas se produjeron, acerca de los que, en ningún caso, entrará a conocer el Tribunal Constitucional.
Que se haya denunciado formalmente en el proceso, si hubo oportunidad, la vulneración del derecho constitucional tan pronto como, una vez conocida, hubiera lugar para ello.
Dos. El plazo para interponer el recurso de amparo será de 30 días, a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial.

ICEBERG. ESTUDIO DEL PROCESO Y EVOLUCIÓN DE LA VIDA LABORAL DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS EN ANDALUCIA .



La investigación recogida en esta publicación de dos volúmenes centra sus ejes principales en el campo de las migraciones y en el mercado laboral. Se desarrolla un estudio cualitativo y descriptivo, examinando el proceso que ha seguido el itinerario sociolaboral de grupos de mujeres y hombres migradas/os a lo largo de su vida laboral.

domingo, julio 12, 2009

DESCIENDE UN 50% LAS PETICIONES DE ASILO EN BARAJAS EN LOS PRIMEROS SEIS MESES 2009


(Corrige en el tercer párrafo el número de peticiones de asilo de los colombianos: son 64 y no 87) Madrid, 12 jul (EFE).- La demanda de solicitudes de asilo en el aeropuerto de Barajas ha descendido en un 50% en los primeros seis meses de 2009, ya que en este período se ha contabilizado una media de 41 peticiones mensuales, frente a las 83 del mismo período de 2009, han informado a EFE fuentes aeroportuarias.

Estas fuentes han detallado que entre enero y junio de 2009 se han presentado en la frontera del aeropuerto madrileño 250 peticiones de asilo y, por nacionalidades, el colectivo más numeroso de demandantes ha sido el somalí, con 87 solicitudes.

A los nacionales de Somalia les siguen los demandantes colombianos, con 64 solicitudes; los nigerianos, con 11; los de Guinea Conakry, con 13 y los de Sri Lanka, con 10.

Desde el Comité Español de Ayuda al Refugiado (CEAR), su portavoz Mauricio Valiente, ha manifestado que este descenso de solicitudes de asilo en el aeropuerto de Barajas confirma la tendencia a la baja, que se registra en los últimos dos años por el aumento de los controles en terceros países.

JOSÉ NARANJO : LIBRO LOS INVISIBLES DEL KOLDA .- HISTORIAS OLVIDADAS DE LA INMIGRACIÓN CLANDESTINA



Rescatados del olvido 160 senegaleses que se ahogaron camino de España
Madrid, 12 de julio de 2009 (EFE).


El 23 de abril de 2007 el mar se tragó un cayuco con 160 jóvenes senegaleses que habían apostado todo a una sola baza: llegar a Europa y labrarse un futuro mejor para ellos, sus familias y sus aldeas; un nuevo libro les rescata del olvido y cuestiona la política de inmigración española.

El 23 de abril de 2007 el mar se tragó un cayuco con 160 jóvenes senegaleses que habían apostado todo a una sola baza: llegar a Europa y labrarse un futuro mejor para ellos, sus familias y sus aldeas. El periodista José Naranjo, les rescata del olvido y cuestiona la política de inmigración española en el libro "Los Invisibles de Kolda". EFE/Archivo
"Eran todos hombres; la mayoría de veintipocos años. Los mejores, los más preparados, los que tienen las herramientas para triunfar, casi todos primogénitos con la responsabilidad de sacar adelante a toda la familia", explica en una entrevista con EFE el periodista José Naranjo, autor de "Los Invisibles de Kolda".
"Se hundieron en el mar y nunca más se supo; el mayor naufragio de la historia de la inmigración en España y nadie se enteró", añade el escritor que, seis meses después del naufragio, vio una pequeña reseña en un periódico de Senegal y decidió contar la historia.
Acompañado por el fotógrafo Magec Montesdeoca, Naranjo recorrió la región de donde provenían la mayoría de los desaparecidos -Kolda, al sur del país-, hasta dar con los familiares de los chicos y lograr "ponerles rostro y nombre".
El libro, que reconstruye las ilusiones y planes de un puñado de jóvenes que murieron intentando llegar a Europa, aparece ilustrado con fotos de familiares que muestran desolados la cartilla de identidad de los que nunca más se supo







LOS INMIGRANTES CUESTAN MENOS ( SANIDAD )

Los inmigrantes cuestan menos

Atender en la Sanidad a los ciudadanos nacionales cuesta más que a los extranjeros

A. GARCÍA Contra la creencia general, tratar a un ciudadano extranjero residente en la Región cuesta menos que a uno murciano. Así lo pone de relieve el estudio realizado por los servicios de Planificación y Financiación Sanitaria y de Epidemiología de la consejería de Sanidad y Consumo de la Región de Murcia, en el que se ha analizado el impacto de la inmigración sobre los servicios sanitarios.Lo primero para hacer una radiografía sobre el uso de la Sanidad es analizar el perfil de la población inmigrante que llega a Murcia.Hay que tener en cuenta que los extranjeros que vienen suelen ser personas jóvenes que apenas presentan enfermedades crónicas, de ahí que acudan menos al médico. Esta tendencia se da tanto en inmigrantes procedentes de países de la Europa de los 27 como en el resto de nacionalidades. "Normalmente no emigra gente enferma o discapacitados, vienen personas sanas que quizá tengan algún problema fácil de tratar", explicó Lauro Hernando, uno de los responsables del estudio.Entre los resultados del análisis destaca que el coste por ingreso es de 3.529 euros para los españoles; un 8,4% superior al de los nacidos en la UE, que se sitúa en los 3.231 euros, y un 31,3% superior al de los procedentes del resto de países, coste que se cifra en 2.423 euros. Además, el coste medio por año de aseguramiento -es decir, lo que cuesta a la Seguridad Social tener asegurada a una persona- es de 263 euros para los españoles, 217 euros para los de la Europa de los 27 y 219 para los del resto de países.

EL PESO DEL TEIDE ( ONG ) . MAMA AFRICA : " NADA ME HACE TAN FELIZ COMO AYUDAR A LOS QUE MÁS LO NECESITAN "

"Nada me hace tan feliz como ayudar a los que más lo necesitan"
Doña Juana Pérez, también conocida como ’Mamá África’, reúne desde hace décadas toneladas de materiales que envía a los países del Tercer Mundo
El local de Mamá África, donde recolecta toneladas de materiales que envía a los países más necesitados. / javier ganivet


J. F. JuradoLa Laguna
Desde su pequeño local en la lagunera calle El Ciprés, muy cerca del casco histórico, es capaz de generar miles kilos de material de ayuda a los países más necesitados, unas veces a Sudamérica y otras a África. Esta es su dinámica desde años, décadas ya, una labor solidaria y comprometida que ha sido reconocida por el Cabildo Insular en varias ocasiones, aunque a ella el reconocimiento que le enorgullece de verdad es el que recibe a diario, de sus colaboradores voluntarios, de sus vecinos y los beneficiarios de la obra.Juana Pérez Yanes, portuense de 59 años, lo es todo dentro de El Peso del Teide, la ONG desde la que canaliza su vocación caritativa. Empezó ejerciéndola a través de la iglesia, primero en La Orotova y luego ya en La Laguna, en Taco, Geneto y ahora desde un modesto inmueble del centro ciudad, ya en solitario, sin mas respaldo que el que recibe de sus allegados y socios. En su caso, no hay día, ni prácticamente momento en el día, justificado por el descanso: siempre es posible encontrarla allí, dispuesta a recibir una donación o a entregarla, ya sea lunes o domingo, verano o inverno, primera hora de la mañana o noche cerrada.Cuenta que los dos últimos contenedores que ha conseguido llenar de material han sido enviados a Senegal. Dos containers de 40 pies y 37 mil kilos de peso, repletos de ropa, muebles, medicinas y material escolar. "Allí me conocen como Mamá África", cuenta, mientras acarica a su inseparable mascota, una perra que se encontró malherida y sin rumbo hace unos años y por la que en estos momentos, qué cosas, mantiene un pleito judicial abierto, ya que sus presuntos ex dueños la han reclamado. Puede que tenga razón esta familia, pero lo que no se puede negar es que el animal está a gusto junto a su actual propietaria, de cuyos brazos no se separa un segundo.
LEER MÁS :
domingo 12 de julio de 2009

sábado, julio 11, 2009

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE COMUNITARIOS . RD 240/2007

NUEVA REGULACIÓN DE LA ENTRADA, LIBRE CIRCULACIÓN Y RESIDENCIA DE LOS CIUDADANOS DE LA UE

Se exime a los familiares de estos ciudadanos con tarjeta de residencia de la obligación de la obtención de visado de entrada.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro de 16 de febrero de 2007 sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
El Real Decreto que ahora se modifica regulaba las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia, residencia de carácter permanente y trabajo en España por parte de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los restantes Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las limitaciones a los derechos anteriores por razones de orden público, seguridad pública o salud pública.
El artículo 4.2 de este Real Decreto recogía lo establecido en materia de entrada en los Estados miembros de la Unión Europea en la Directiva comunitaria del 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión Europea y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, refiriéndolo a los familiares residentes en un Estado de la Unión Europea que aplica plenamente el Acuerdo Schengen.
De éstos se excluían, por tanto, los familiares del ciudadano comunitario nacionales de terceros países y residentes en Bulgaria, Chipre, Irlanda, Reino Unido o Rumanía, a los que no se permitiría la entrada en España sin la obtención previa de un visado de entrada.
Por ello el Gobierno ha aprobado hoy una ligera modificación que afecta a dicho artículo 4.2, modificación por la que la posesión de la tarjeta de residencia de un familiar de un ciudadano de la Unión Europea, válida y en vigor, expedida por cualquier Estado miembro de la Unión Europea o por otro Estado parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, exima a dichos miembros de la familia de la obligación de obtener visado de entrada. De esta manera, al presentar dicha tarjeta no se requerirá el sello de entrada o de salida en el pasaporte del citado familiar.

NUEVO EMBAJADOR DE ESPAÑA EN LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE MAURITANIA . D.ALONSO DEZCALLAR DE MAZARREDO

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajador de España en la República Islámica de Mauritania .-
D. ALONSO DEZCALLAR DE MAZARREDO.
Nacido el 12 de agosto de 1958 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1985 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Marruecos, Uruguay, Perú e Italia. Fue Vocal Asesor en el Gabinete del Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, y en el Gabinete del Ministro. Fue Director Adjunto del Gabinete del Ministro de Asuntos Exteriores y desde septiembre de 2008 era Embajador en Misión Especial para la Coordinación de Asuntos Iberoamericanos.

NACIONALIDAD ESPAÑOLA A DOCE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD SEFARDÍ

NACIONALIDAD ESPAÑOLA A DOCE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD SEFARDÍ

El Consejo de Ministros ha concedido la nacionalidad española por carta de naturaleza a doce ciudadanos turcos miembros de la comunidad sefardí.
En todos ellos concurren como circunstancias excepcionales el mantenimiento de profundos e intensos lazos emocionales, históricos y afectivos con el Reino de España.
La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales y después de tramitar un expediente para cada caso particular, como ha ocurrido en los que ha resuelto hoy el Gobierno.
Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad (salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).

D. Hayim Rodrik.
Dª. Furtuna Rodrik.
Dª. Reyzi Pinhas.
D. Izi Hekimoglu.
D. Albert Valansi.
Dª. Rejin Valansi.
D. Vedat Valansi.
Dª. Dalya Valansi.
D. Hayati Yanni.
Dª. Tanya Yanni.
D. Cermi Roso.
Dª. Beti Roso.

NUEVA COMPOSICIÓN Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL FORO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS INMIGRANTES.

NUEVA COMPOSICIÓN Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL FORO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS INMIGRANTES

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto de 2006 por el que se regulaba la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, como consecuencia de las modificaciones producidas por la reestructuración de Departamentos ministeriales.
Los cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones de los Departamentos ministeriales han originado la adaptación a esta nueva situación de la composición del grupo de vocales de la Administración General del Estado que forman parte del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.
Además, se modifica el plazo de las convocatorias extraordinarias del Pleno previstas en el artículo 14.2 del Real Decreto de 2006, plazo que se reduce de ocho a siete días.
La Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración social, del año 2000, regula en su artículo 70 el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes como el órgano de consulta, información y asesoramiento en materia de integración de los inmigrantes.
El Foro está constituido de forma tripartita y equilibrada por representantes de las Administraciones Públicas, de las asociaciones de inmigrantes y refugiados, y de las organizaciones sociales de apoyo como sindicatos de trabajadores y organizaciones empresariales con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.
La citada Ley Orgánica del año 2000 establece que la composición, competencias, régimen de funcionamiento y adscripción administrativa se determinará reglamentariamente. Para ello el Gobierno aprobó el Real Decreto de 2006 que ahora se modifica.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA .

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS

Se adapta la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las Comunidades Autónomas.

También se introducen cambios en la renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para adaptar la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las Comunidades Autónomas de las competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo de los extranjeros.
Esta reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería tiene lugar tras la consecución del primer acuerdo de traspaso de la gestión de las autorizaciones iniciales de trabajo a la Comunidad Autónoma de Cataluña, y coincide con un ajuste puntual en materia de modificación y renovación de autorizaciones consecuencia de un acuerdo de diálogo social.
Los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas de Cataluña y Andalucía han recogido entre sus competencias ejecutivas laborales la autorización de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en su territorio.
Confluencia de administraciones
Esta asunción de competencias por parte de las autonomías tiene como consecuencia que en el procedimiento de solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo confluyan dos Administraciones públicas: la estatal, competente sobre autorización de residencia, lo que hace imprescindible la coordinación en el procedimiento de ambas Administraciones; y la autonómica, competente sobre la concesión de la autorización de trabajo, procedimiento en el que también es imprescindible la coordinación de ambas administraciones.
A juicio del Ejecutivo, el procedimiento de autorización aprobado por este Real Decreto supone un beneficio para el usuario y un ejemplo de coordinación interadministrativa: por un lado, los ciudadanos de las Comunidades Autónomas que tramiten estas autorizaciones se relacionarán con la Administración que es la más próxima al ciudadano, con una única presentación y notificación. Por otro, la Administración autonómica y la estatal ejercerán sus competencias a través de un procedimiento único que, soportado internamente por un sistema informático innovador, permitirá compartir información y ahorrar trámites, así como que ambas Administraciones conozcan el estado de tramitación en todo momento.
La Comunidad Autónoma de Cataluña ha sido la primera autonomía con la que el Gobierno ha llegado a un acuerdo sobre este procedimiento de extranjería en sus términos fundamentales. Sin embargo, la seguridad jurídica y la posibilidad de que las demás Comunidades Autónomas que tienen reconocida esta competencia en sus estatutos puedan desarrollarla requerían una regulación en la legislación estatal.
- Autorización inicial. Durante el primer año de estancia en España, los extranjeros tienen un permiso inicial que sólo les permite trabajar en un sector de actividad, en una determinada provincia y por cuenta propia o por cuenta ajena. El decreto aprobado ayer facilita los trámites para que puedan cambiar de sector de actividad, de área geográfica y de modalidad de empleo.

- Permiso de residencia. Para renovar los permisos de residencia, los extranjeros tienen que presentar un contrato de trabajo en vigor. Si se hallan en el paro, no pueden obtener nuevos documentos y caen en lo que se ha dado en llamar "irregularidad sobrevenida". A partir de ahora podrán renovarlos, aunque estén desempleados, aquellos que hayan cotizado a la Seguridad Social al menos nueve meses por año de estancia en el país.

- Reagrupación en España. Si uno de los miembros de un matrimonio de inmigrantes que hayan llegado a España con sendos contratos pierde su trabajo, no puede renovar su permiso de residencia: debe volver a su país para que su cónyuge con empleo solicite desde España su reagrupación familiar. A partir de ahora, si el cónyuge con trabajo demuestra que puede mantener a su pareja, la Administración renovará la autorización de ésta.

Además, el Gobierno ha modificado también el Reglamento para que Cataluña y Andalucía puedan expedir las autorizaciones iniciales de trabajo, tal y como recogen sus estatutos de autonomía. Cataluña comenzará a hacerlo a partir de octubre
Renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros

El Real Decreto contempla también algunos cambios significativos que ajustan determinados supuestos de renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros.
En el ámbito del diálogo social y en línea con las prioridades del Ejecutivo marcadas en la pasada Legislatura, el Gobierno ha alcanzado varios acuerdos en materia de extranjería que han hecho posible la introducción en esta nueva legislación de criterios para facilitar la recolocación de los extranjeros que hayan quedado en desempleo. De este modo, se modifican sus autorizaciones para eliminar las restricciones geográficas o de sector de actividad, así como se cambian la autorización de cuenta ajena a cuenta propia o viceversa.

Además, este Real Decreto facilitará la renovación de las autorizaciones de aquellos trabajadores que tienen una trayectoria laboral que acredita su vinculación reforzada con el empleo, al igual que las de otros extranjeros que cuentan con una red familiar que sustenta su mantenimiento en España cuando no pueden acreditar un contrato de trabajo en vigor en el momento de la renovación

CONVOCATORIA SUBVENCIONES A MUNICIPIOS PARA PROGRAMAS INNOVADORES A FAVOR DE LA INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES

Ministerio de Trabajo e Inmigración (BOE 166 de 10/7/2009)

Resolución de 6 de julio de 2009, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes, cofinanciada por el Fondo Europeo de Integración.
Rango: Resolución
Páginas: 57953 - 57976
Referencia: 2009/11445
PDF de la disposición
TEXTO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Orden TIN/2158/2008, de 18 de julio («Boletín Oficial del Estado» n.º 176, de 22 de julio de 2008), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes, procede efectuar la presente convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, y la determinación de los programas que podrán ser objeto de financiación, sus requisitos y prioridades, así como el crédito presupuestario al que debe imputarse las correspondientes subvenciones.
El objeto de estas subvenciones será la realización de programas que fomenten la integración de los inmigrantes a través de la realización de programas innovadores.
En su virtud, esta Dirección General ha dispuesto:
Artículo 1. Convocatoria y normativa de aplicación.
1. La Dirección General de Integración de los Inmigrantes convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas, para el año 2009, que se regirán por lo dispuesto en la Orden TIN/2158/2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes, y por lo dispuesto en la presente Resolución.

AUMENTAN LOS INMIGRANTES EN SITUACIÓN IRREGULAR Y LA ECONOMÍA SUMERGIDA.

Aumentan los inmigrantes en situación irregular y la economía sumergida

CCOO ha constatado un aumento de los inmigrantes en situación irregular que trabajan en la economía sumergida, según ha dicho hoy el director del Centro de Información para Trabajadores Inmigrantes (CITE) de CCOO, Hassan Saliba.
Saliba ha presentado hoy los últimos datos recogidos por el CITE, que en los últimos seis meses ha atendido a 9.685 usuarios, de los cuales el 40,10 por ciento estaban en situación irregular, "una cifra que ha ido subiendo durante el último año, y que en estos momentos ya es semejante a la de 2005, antes de la regularización".
El número de usuarios que trabajan ha bajado hasta un 52,71%, y entre éstos, el 50,83% lo hacen en la economía sumergida.
El número de inmigrantes que trabajan sin contrato laboral "empezó a aumentar con el inicio de la crisis. A finales de 2008 era del 49 por ciento de los usuarios del CITE y ahora ya es del 53,8%", ha dicho Saliba.
Al igual que ocurre con la cifra de inmigrantes irregulares, "el número de extranjeros que trabajan en la economía sumergida ya se sitúa al mismo nivel que en 2005, antes de la regularización extraordinaria".

viernes, julio 10, 2009

INFORME 2009 SOBRE LA SITUACIÓN DE LA TORTURA EN EL ESTADO ESPAÑOL .


informe sobre la situación de la tortura en el Estado españoL

http://www.apdha.org/index.php?option=com_content&task=view&id=641&Itemid=45

jueves, julio 09, 2009

CURIOSIDADES : ¿ CUBANOS DEPORTADOS DESDE EEUU ? SURREALISTA

UNA LEY DE BRASIL ( LULA ) RESTRINGE EL ACCESO DE EXTRANJEROS A LA AMAZONÍA

Una ley de Lula restringe el acceso de extranjeros a la Amazonía

BRASILIA (AFP) — El proyecto de ley de extranjería enviado por el presidente brasileño, Luiz Inacio Lula da Silva, al Congreso, restringirá el acceso de los extranjeros a la Amazonía, con el requerimiento de autorización específica para áreas habitadas por indígenas y comunidades tradicionales.
"Precisará requerir (autorización) quien visite áreas indígenas, quilombolas (aldeas fundadas por descendientes de esclavos) y de seguridad nacional", informó el Ministerio de Justicia a la AFP.
La legislación señala que en las áreas indígenas y ocupadas por comunidades tradicionales de toda la Amazonía "la actuación de extranjeros (...) será precedida de autorización específica" de los ministerios de Justicia, Defensa o el Consejo de Defensa, la cual será "por un plazo determinado".
Quien no tenga esa autorización o ejerza una actividad diferente a la autorizada, perderá su visa y "será retirado del país", continúa el documento al que tuvo acceso la AFP. Además, la legislación prevé multas de 5.000 a 100.000 reales (entre 2.600 y 52.000 dólares).

CURSO BÁSICO DE INFORMATIVA PARA PERSONAS INMIGRANTES . MPDL CANARIAS


EL RELATO DE LOS QUE SE FUERON


REPORTAJE
El relato de los que se fueron
Dos libros narran los testimonios de los millones de inmigrantes españoles que partieron a Latinoamérica en busca de un futuro mejor
VERÓNICA CALDERÓN - Madrid - 09/07/2009



El barco Monte Sarmiento, de bandera alemana, llegó a las costas de Montevideo (Uruguay) el 3 de agosto de 1934. A bordo viajaban la española Isabel García y su hijo de tres años, Enrique V. Iglesias. Casi 75 años después, el hoy secretario general iberoamericano, uruguayo nacido en Asturias, recordó la historia en la presentación de los libros La emigración española en América: historias y lecciones para el futuro y Memorias de la emigración española a América, que reúnen los testimonios de los más de tres millones de españoles que partieron a América en el siglo XX. "Yo fui uno de ellos", recordo
COMENTARIO: Y NUESTRA DELEGADA DE GOBIERNO JACTÁNDOSE DE TODOS LOS QUE EXPULSA

CAROLINA DARIAS DELEGADA DEL GOBIERNO DE CANARIAS : "EL ELEMENTO MÁS DISUASORIO SON LAS REPATRIACIONES,HAY QUE SEGUIR TRABAJANDO Y NO..........


El descenso del 60% en la llegada de inmigrantes a Canarias se debe al número de repatriaciones, asegura Darias


SANTA CRUZ DE TENERIFE, 9 Jul. (EUROPA PRESS) -
La delegada del Gobierno en Canarias, Carolina Darias, ha asegurado hoy que el "elemento más disuasorio" que explica el descenso en el número de inmigrantes irregulares que llegan al archipiélago es el aumento de las "repatriaciones", que son fruto de una política de "colaboración".



Darias insistió en que "el elemento más disuasorio son las repatriaciones, que son fruto de la máxima de colaboración". "España es el país que más repatría", aseguró y añadió que "hay que seguir trabajando y no bajar la guardia". La delegada que concluyó que "los flujos migratorios no van a desaparecer". "Es un trabajo que hay que seguir realizando centrado en más cooperación en los países de origen", subrayó.


COMENTARIO : Y DESPUÉS DICE LA SUBDELEGACIÓN QUE NO TIENEN NOTICIAS DE LAS REDADAS CONTRA LOS INMIGRANTES Y MÁS CONCRETAMENTE EN EL COMEDOR SOCIAL DE LA MILAGROSA ..............MENNNNNTIIIIIIRRRRRRRRROOOOSSSSSSOOSSSSSS.

miércoles, julio 08, 2009

LOS ABOGADOS DE OFICIO EN MADRID ACUSAN A ESPERANZA AGUIRRE DE RECORTAR LOS DERECHOS A LAS PERSONAS INMIGRANTES IRREGULARES

Inmigración. abogados de oficio acusan a aguirre de recortar derechos a los inmigrantes irregulares8/07/2009 - 19:15


MADRID, 8 (SERVIMEDIA) El portavoz de la Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (Altodo), Isidro Moreno, acusó hoy a la Comunidad de Madrid de recortar derechos a los inmigrantes irregulares.

Concretamente, Moreno denunció que la CAM está poniendo dificultades para que los inmigrantes cuenten con asistencia letrada gratuita y así reducir costes.
El portavoz de Altodo puso como ejemplo a un extranjero que no está autorizado para trabajar y residir y se le pide que aporte el informe de vida laboral y el pasaporte, y si no aporta estos documentos se le niega la justicia gratuita.
Explicó que hay extranjeros que llegan a España en patera, que no entienden el idioma y tienen dificultades para acceder a organismos y conseguir estos documentos, porque tienen miedo a ser detenidos.
"Nosotros pedimos que se apliquen los acuerdos que se han venido aplicando hasta hoy y que reconocen a estos extranjeros automáticamente la justicia gratuita, porque carecen de ingresos y, además, el Estado no les autoriza a trabajar", recalcó.

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CANARIAS SE ENCUENTRA AL BORDE DE UNA ATAQUE DE NERVIOS CON RONALDO Y LOS MENORES .

COMENTARIO: Y LOS MENORES EXTRANJEROS ADORANDO A CRISTIANO RONALDO QUE SE GASTA EN EL SEGURO DE SU COCHE 50.000 EUROS , LO QUE SE GASTA EL GOBIERNO DE CANARIAS EN ALIMENTAR A LOS MENORES EN 5 MESES
Y EL PAPA QUIERE HOMBRES RECTOS , RONALDO ES UN HOMBRE SEMIRECTO Y LAS MUJERES SON PETUDAS TODAS .. QUE EL PAPA SE VAYA A ..... REZAR DOS AVES "MARIAS " Y UN TINTO A LA SALUD DE TODOS SUS HOMBRES RECTOS . Y AMEN POR ALA

CEAR CREE QUE LA LEY DE EXTRANJERÍA TRATARÁ A LOS INMIGRANTES COMO MANO DE OBRA Y NO COMO SUJETOS DE DERECHOS

CEAR cree que la Ley de Extranjería tratará a los inmigrantes como "mano de obra y no como sujetos con derechos"
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -
El secretario general de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Alfredo Abad, aseguró hoy que el nuevo Proyecto de la Ley de Extranjería tratará a los inmigrantes como "mano de obra y no como sujetos con derechos".
Así lo manifestó Abad en rueda de prensa en la Casa Colón de Las Palmas de Gran Canaria con motivo de la preparación del IV Foro Social Mundial de las Migraciones (FSMM), que tendrá lugar en octubre de 2010 en Quito (Ecuador).
En nombre del Comité Internacional del FSMM, el secretario de CEAR manifestó su denuncia hacia el actual proceso de la ley ya que ésta se enmarca "dentro de la dinámica del pacto europeo por la inmigración y el asilo que forma parte de la directiva de retorno".

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ELINVESTIGADOR SOCIAL MANUEL LORENZO AFIRMA QUE LA INMIGRACION ES UN FENOMENO NECESARIO

El investigador social Manuel Lorenzo afirma que la inmigración es un fenómeno necesario
EFE
Actualizado 08-07-2009 18:22 CET
Santa Cruz de Tenerife.- La inmigración es y ha sido un pilar fundamental para el crecimiento económico de España, por lo que se trata de un fenómeno necesario, afirma Manuel Lorenzo, responsable del Movimiento por la Paz, el Desarme y La Libertad en Canarias (MPDLC) en Melilla.

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(EFE)
La inmigración es y ha sido un pilar fundamental para el crecimiento económico de España, por lo que se trata de un fenómeno necesario, afirma Manuel Lorenzo, responsable del Movimiento por la Paz, el Desarme y La Libertad en Canarias (MPDLC) en Melilla. En la imagen, una inmigrante arribando a las costas de España. EFE/Archivo
El arabista, que ha colaborado en la elaboración de un informe de la MPDLC sobre la evolución de la inmigración en Canarias, presentado hoy, apuntó que las consecuencias del descenso de la inmigración dentro del mercado laboral español, aspecto que pone de relieve este estudio, pueden ser tanto positivas como negativas.
Lorenzo admite que la vinculación que ha tenido la población inmigrante en algunos de los sectores más afectados por la crisis puede provocar una mayor precariedad social de los inmigrantes regularizados, mientras que en el caso de los irregulares también generará más dificultades

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martes, julio 07, 2009

El Gobierno presenta el estreno del documental Segunda tierra de Alicia F. Carmena y Chus Barrera

07-07-2009 ... 12:22 - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

Se proyectará mañana, miércoles 8, en Santa Cruz de Tenerife y el jueves 9 en Las Palmas de Gran Canaria

El documental Segunda tierra, dirigido por Alicia Fernández Carmena y Chus Barrera, se estrenará mañana, miércoles 8 de julio, en los Multicines Renoir Price, en Santa Cruz de Tenerife, y el jueves, día 9, en Multicines Monopol de Las Palmas de Gran Canaria, con la asistencia del equipo artístico. Ambas sesiones tendrán lugar a las 20,30 horas.

El documental ha contado con el apoyo de la Viceconsejería de Cultura del Gobierno de Canarias, a través de su empresa pública Canarias Cultura en Red, al ser seleccionado en la convocatoria de coproducción financiera de proyectos audiovisuales destinados a televisión, correspondiente a 2007, en la modalidad de producción.

El trabajo ha sido presentado hoy, martes 7, en rueda de prensa, por la directora general del Plan Canario Audiovisual, dependiente de la Viceconsejería de Cultura del Gobierno de Canarias, Patricia González Cámpora, y los directores del documental, Alicia Fernández y Chus Barrera.

Segunda tierra, basado en un guión de los directores del documental, está producido por Nimba y da voz a cuatro inmigrantes que hace unos años emprendieron un viaje de ida hacia el Dorado¿Un lugar que a veces se ha mostrado generoso y otras veces hostil. Cuatro voces que hablan desde lo más profundo de si mismos y relatan como ha sido su periplo en esta segunda tierra.

El documental tiene una duración de 52 minutos, en formato de de proyección DVC PRO 25 y sonido en estéreo
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lunes, julio 06, 2009

LAS GUARDERIAS PÚBLICAS , CONCERTADAS Y PRIVADAS DE CANARIAS ESTÁN EXIGIENDO EL NIE DE LOS NIÑOS/AS PARA ACCEDER . IMPRESENTABLE


La decisión de impedir la inscripción de niños/as en las Guarderías , aduciendo la exigencia de Numero de identificación de Extranjeros , contraviene los mas elementales fundamentos legales y sociales de la dignidad de una persona . Así toda medida concernientes a los niños/as que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social y autoridades administrativas debe considerarse primordial el interés superior del niño ( artículo 3 de la Convención del Niño)

El artículo 28 de la Convención del niño sostiene que “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho”


El artículo 29 de la Convención del niño dice que la educación del niño/a deberá estar encaminada entre otros a :
a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades;
b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;
Nada de lo dispuesto en el presente artículo o en el artículo 28 se interpretará como una restricción de la libertad de los particulares y de las entidades para establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a condición de que se respeten los principios enunciados en el párrafo 1 del presente artículo y de que la educación impartida en tales instituciones se ajuste a las normas mínimas que prescriba el Estado ( artículo 29.2 de la Convención del Niño
En el ámbito internacional se consagra el derecho del niño a cualquier tipo de discriminación en el acceso a la educación , así hay que destacar las siguientes normas y declaraciones internacionales ;

Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra la discriminación en la esfera de la enseñanza, de 14 de diciembre de 1960 (en vigor desde 20 de noviembre de 1969) Artículo 3, “A fin de eliminar o prevenir cualquier discriminación (...), los Estados Partes se comprometen a ... conceder, a los súbditos extranjeros residentes en su territorio, el acceso a la enseñanza en las mismas condiciones que a sus propios nacionales.”

- Artículo 4, “Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen (...) a formular, desarrollar y aplicar una política nacional encaminada a promover, por métodos adecuados a las circunstancias y las prácticas nacionales, la igualdad de posibilidades y de trato en la esfera de la enseñanza”.


Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales de 16 de diciembre de 1966
(en vigor desde el 27 de julio de 1977):

- “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de la dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen, asimismo, en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos...”


Directiva Comunitaria 77/486/CEE de 25 de julio de 1977. (Boletín Oficial de la Comunidad Económica Europea de 6 de agosto), artículo 2.

- “Los Estados miembros, de conformidad con sus situaciones nacionales y sistemas jurídicos, adoptarán las medidas pertinentes para ofrecer en su territorio una enseñanza gratuita a favor de los hijos [de todo trabajador nacional de otro Estado miembro], que incluya, especialmente, la enseñanza de la lengua oficial o de una de las lenguas del Estado de acogida, adaptada a las necesidades específicas de estos hijos”.

Instrumento de Ratificación del Convenio-marco para la protección de las Minorías Nacionales (número 157 del Consejo de Europa), Estrasburgo el 1 de febrero de 1995, publicado en el BOE nº 20, de 23 de Enero de 1998. - “Las Partes se comprometen a promover la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación a todos los niveles para las personas pertenecientes a minorías nacionales.”


Protocolo adicional al convenio europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de 20 de marzo de 1952 (en vigor desde 27 de noviembre de 1990), artículo 2, Derecho a la instrucción. “A nadie se le puede negar el derecho a la instrucción”.


Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000. Artículo 14. Derecho a la educación. - “Toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional y permanente”

Con la decisión de restringir el acceso de niños y niñas indocumentados se está produciendo una discriminación por razón de nacimiento y raza respecto a los niños/as autóctonos intolerable desde la perspectiva constitucional , así la Constitución Española reconoce el principio de "igualdad formal" (art.14), que prohíbe toda discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, etc., pero además reconoce el principio de "igualdad social" (art. 9.2), que obliga a los poderes públicos a crear las condiciones para que las personas y los grupos en que se integran tengan una auténtica igualdad de oportunidades, eliminando los obstáculos económicos, culturales y sociales que se opongan. Este principio de igualdad social concede un amplio margen a los poderes públicos para su desarrollo concreto, pues todas las instituciones deben considerar su aplicación en las situaciones en que existan obstáculos que impidan o dificulten la igualdad de los individuos y los grupo .


Este consagración constitucional vincula a todos los poderes públicos, tanto al legislativo, como al gobierno y la administración y a los jueces, y obliga igual al Estado que a las comunidades autónomas , ayuntamientos .


Su importancia en el ámbito de la inmigración está fuera de duda, porque generalmente la persona inmigrante, al menos en los primeros años, se encuentra en condiciones de inferioridad respecto al resto de ciudadanos en casi todos los aspectos de su vida (trabajo, vivienda, cultura...) y no sólo como individuo, uno a uno, sino como grupo social (marginación, xenofobia, dificultades para la participación...). Todos los poderes públicos, al elaborar y aplicar las normas, tienen pues la obligación de considerar esta situación para promover la igualdad real y efectiva de los individuos y de los colectivos de inmigrantes.

La ley orgánica de Protección del menor refuerza este principio de no discriminación , así el artículo 3 de la Ley : “Los menores gozarán de todos los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico sin discriminación alguna por razón de nacimiento, nacionalidad , (...) y el articulo 10.3 Ley la misma ley sostiene que : Los menores extranjeros que se encuentren en España tienen Derecho a la educación , la asistencia sanitaria y a los demás servicios públicos , aún cuando no residieran legalmente en España.

La educación infantil y primaria , son etapas fundamentales del sistema educativo español, con identidad propia ,configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios , fines y objetivos y fines (artículos 1 , 2 , 3 , 12 y 13 de la Ley Orgánica 2/1006 de 3 de mayo de Educación ) :
a. La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. (artículo 1 )
b. La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad ( artículo 1 )


El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines ( artículo 2 LOE):


a. El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.
b. La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.
c. La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.


La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible

Se consagra como principio general de la educación infantil el respeto a la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con ellos. ( artículo 12 LOE), y su su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños (12.2 LOE )


La educación infantil contribuirá a desarrollar en las niñas y niños las capacidades que les permitan ( artículo 13 ):
a. Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
b. Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
c. Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
d. Desarrollar sus capacidades afectivas.
e. Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.
f. Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.
g. Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

Todos estos objetivos pueden verse cercenados por la imposibilidad de un niño extranjero sin NIE , de acceder a una guardería. El contacto en tempranas edades con el medio en que van a desarrollar su personalidad y su integración en la sociedad de acogida es un atentado a los derechos del niño/a.

En ambos ciclos de la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. (artículo 14 de LOE ) Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social. (14.6 )


La admisión de alumnos/as en centros públicos y privados concertados que oferten la educación primaria se garantizará el derecho a la educación y el acceso en condiciones de igualdad y libertad de elección de centro (artículo 84.1)


Cuando no existan plazas suficientes, el proceso de admisión se regirá por los criterios prioritarios de existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo, proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales, rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas, y concurrencia de discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos, sin que ninguno de ellos tenga carácter excluyente y sin perjuicio de lo establecido en el apartado 7 de este artículo (artículo 84.2)


En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social (artículo 84.3)


Concretamente en el artículo 84.7. En los procedimientos de admisión de alumnos en centros públicos que impartan educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato, cuando no existan plazas suficientes, tendrán prioridad aquellos alumnos que procedan de los centros de educación infantil, educación primaria o de educación secundaria obligatoria, respectivamente, que tengan adscritos. En el caso de los centros privados concertados se seguirá un procedimiento análogo, siempre que dichas enseñanzas estén concertadas.


Es decir nunca en los procedimientos de admisión de alumnos puede aducirse circunstancias derivadas de la nacionalidad del niño/a. Con la exigencia del NIE , se está discriminando a los niños y niñas por su origen , su nacionalidad , e incluso su raza.

Las Administraciones educativas garantizarán la igualdad en la aplicación de las normas de admisión, lo que incluye el establecimiento de las mismas áreas de influencia para los centros públicos y privados concertados, de un mismo municipio o ámbito territorial. (Artículo 86. Igualdad en la aplicación de las normas de admisión)
Las familias podrán presentar al centro en que deseen escolarizar a sus hijos las solicitudes de admisión, que, en todo caso, deberán ser tramitadas. (Artículo 86. 3)


Parece que los responsables de los Centros educativos y Guarderías o la Administración competente están interpretando el artículo 9 .3 de la Ley Orgánica 4/2000 en su redacción dada por la reforma de la Ley que sostenía que :
"Los extranjeros residentes tendrán derecho a la educación de naturaleza no obligatoria en las mismas condiciones que los españoles. En concreto, tendrán derecho a acceder a los niveles de educación y enseñanza no previstos en el apartado anterior y a la obtención de las titulaciones que correspondan al caso, y al acceso al sistema público de becas y ayudas".

La educación infantil efectivamente es educación voluntaria , por lo tanto no obligatoria , y si leemos el artículo 9.3 sin tener en cuenta la Sentencia 236/2007)podría interpretarse que para poder acceder a las guarderías y centros de educación infantil y primaria fuera preceptivo ser residente legal y por lo tanto numero de identidad de extranjeros ( NIE )

Pero este artículo ha sido modificado por el pronunciamiento de la importantísima sentencia del Tribunal Constitucional (Sentencia 236/2007, de 7 de noviembre de 2007) que anula el inciso residentes del precepto, quedando abierta la posibilidad de acceder al sistema educativo cualquier persona inmigrante menor de edad ( cualquier edad ), fuera cual fuera su situación administrativa.

Los fundamentos de la Sentencia más destacados para llegar a esta conclusión son los siguientes:


El examen del apartado impugnado debe hacerse leyéndolo conjuntamente con el apartado 1 del art. 9 de la Ley Orgánica 4/2000, objeto también de una nueva redacción por el art. 1, punto 7 de la Ley recurrida, cuya inconstitucionalidad no se ha denunciado. Este precepto dispone: "Todos los extranjeros menores de dieciocho años tienen derecho y deber a la educación en las mismas condiciones que los españoles, derecho que comprende el acceso a la enseñanza básica, gratuita y obligatoria, a la obtención de la titulación académica correspondiente y al acceso al sistema de becas y ayudas". El apartado 1 del art. 9 no exige pues la condición de "residente" para ejercer el derecho a la educación cuando se trate de la enseñanza básica, a la que pueden acceder todos los extranjeros menores de dieciocho años. Por el contrario, el apartado impugnado sí exige aquel requisito cuando se trate de la educación no obligatoria, sin hacer ninguna referencia a la edad

 La vinculación del derecho a la educación con la garantía de la dignidad humana, dada la innegable trascendencia que aquélla adquiere para el pleno y libre desarrollo de la personalidad, y para la misma convivencia en sociedad, que se ve reforzada mediante la enseñanza de los valores democráticos y el respeto a los derechos humanos, necesarios para "establecer una sociedad democrática avanzada", como reza el preámbulo de nuestra Constitución.

 El Estado social y democrático de derecho' que nuestra Constitución impone (art. 1.1), determinando en consecuencia que los poderes públicos aseguren que la igualdad de los individuos sea real y efectiva (art. 9.2 CE). De este modo se garantizan también la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE) que suponen la base de nuestro sistema de derechos fundamentales" (STC 212/2005, de 21 de julio, FJ 4).

 Nuestra jurisprudencia, no limita, por tanto, la dimensión prestacional del derecho consagrado en el art. 27.1 CE a la educación básica, que debe ser obligatoria y gratuita (art. 27.4 CE), sino que esa dimensión prestacional deberán hacerla efectiva los poderes públicos, garantizando "el derecho de todos a la educación mediante una programación general de la enseñanza" (art. 27.5 CE).

 Según ha declarado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el art. 2 del Protocolo forma un todo ya que el primer párrafo reconoce un "derecho fundamental" de todos a la educación, sobre el cual se asienta el derecho de los padres al respeto de sus convicciones religiosas y filosóficas, consagrado en el segundo párrafo. A pesar de afirmar su carácter negativo, el Tribunal reconoce que el derecho a la educación tiene dos manifestaciones prestacionales, puesto que al prohibir el Protocolo adicional "negar el derecho a la instrucción", los Estados contratantes garantizan a cualquiera que dependa de su jurisdicción "un derecho de acceso a los establecimientos escolares que existan en un momento dado" y "la posibilidad de obtener el reconocimiento oficial de los estudios realizados" (STEDH caso Kjeldsen, de 7 de abril de 1976, § 52).


Por otra parte, también de las disposiciones examinadas y de su recta interpretación se obtiene que el derecho a la educación garantizado en el art. 27.1 CE corresponde a "todos", independientemente de su condición de nacional o extranjero, e incluso de su situación legal en España. Esta conclusión se alcanza interpretando la expresión del art. 27.1 CE de acuerdo con los textos internacionales citados, donde se utilizan las expresiones "toda persona tiene" o "a nadie se le puede negar" el derecho a la educación. Según se ha visto, el acceso a los establecimientos escolares y el derecho a utilizar, en principio, los medios de instrucción que existan en un momento determinado, debe garantizarse, de acuerdo con el art. 1 CEDH, "a toda persona dependiente de la jurisdicción de un Estado contratante". Esta expresión contenida en el art. 1 CEDH, interpretada conjuntamente con el art. 14 CEDH (SSTEDH caso Irlanda contra Reino Unido, de 18 de enero de 1978, § 238; caso Príncipe Hans-Adams II de Lichtenstein, de 12 de julio de 2001, § 46), debe entenderse que incluye también a aquellas personas no nacionales que se encuentren en una situación irregular o ilegal.


 La supresión de la residencia para el derecho a la educación no obligatoria no entrañaría, como alega el Abogado del Estado, una discriminación en perjuicio de los extranjeros regulares, puesto que aquéllos que carezcan de autorización para residir pueden ser expulsados siguiendo los procedimientos legalmente establecidos, pero mientras se encuentren en territorio español no pueden ser privados de este derecho por el legislador.


 En conclusión, el contenido constitucionalmente declarado por los textos a los que se refiere el art. 10.1 CE del derecho a la educación garantizado en el art. 27.1 CE incluye el acceso no sólo a la enseñanza básica, sino también a la enseñanza no obligatoria, de la que no pueden ser privados los extranjeros que se encuentren en España y no sean titulares de una autorización para residir. El precepto impugnado impide a los extranjeros menores de dieciocho años sin autorización de estancia o residencia acceder a la enseñanza secundaria postobligatoria, a la que sin embargo pueden acceder, según la legislación educativa vigente, aquéllos que hayan obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria, normalmente a la edad de dieciséis años. Ese derecho de acceso a la educación no obligatoria de los extranjeros menores de edad forma parte del contenido del derecho a la educación, y su ejercicio puede someterse a los requisitos de mérito y capacidad, pero no a otra circunstancia como la situación administrativa del menor. Por ello, debemos declarar la inconstitucionalidad del inciso "residentes" del art. 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en la redacción dada por el art. 1, punto 7, de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

Como conclusión la sentencia viene a dejar claro que El legislador no puede limitar los derechos fundamentales inherentes a la persona , , ya que afectan a la dignidad humana, pertenecen a la persona en cuanto tal y no en cuanto ciudadana. Son el derecho a la vida a la integridad física y moral, a la intimidad, a la libertad ideológica, a la tutela judicial efectiva, a la asistencia jurídica gratuita, a la libertad y a la seguridad, a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


La sentencia y el alcance de la interpretación constitucional del artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, afecta y deroga la D.A 14 del Real Decreto 2393/2004 que sostiene que : “Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, las Administraciones educativas, en el ejercicio de sus competencias en materia de educación, podrán facilitar el acceso de los extranjeros menores de edad que se hallen empadronados en un municipio a los niveles de enseñanza posobligatoria no universitarios y a la obtención de la titulación académica correspondiente en igualdad de condiciones que los españoles de su edad.”


Debe entender derogada en tres aspectos y ampliada decisivamente en un cuarto:


1. Donde dice “podrán facilitar” debe entenderse “deberán facilitar”.
2. Donde dice “menores de edad”, debe entenderse “cualquier edad”.
3. Donde dice “empadronados”, debe entenderse que no hay restricción; el acceso a la educación se produce en iguales condiciones que los españoles. A menos que el empadronamiento se exija también a los nacionales, siempre en la educación postobligatoria, -cosa que ya ocurre en la obligatoria-.

4. La obtención de la titulación académica correspondiente a los extranjeros

Hay que recordar que para los niños y niñas españoles , no es obligatorio hasta los 14 años la obtención del documento de identidad español (DNI) (artículo 2 del Real decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica )

La DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGESIMOTERCERA de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación , referente a los datos personales de los alumnos para la matriculación sostiene que : “Los centros docentes podrán recabar los datos personales de su alumnado que sean necesarios para el ejercicio de su función educativa. Dichos datos podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a características o condiciones personales, al desarrollo y resultados de su escolarización, así como a aquellas otras circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación y orientación de los alumnos.

Tratándose de niños/as extranjeras en situación irregular , no es imprescindible la presentación de un NIE , para solicitar la admisión en estos centros de carácter no obligatorio . Debe ser suficiente con el número de pasaporte , documento valido internacionalmente para identificar a una persona . Conforme a la normativa vigente de Extranjería , muchos menores de edad no se les puede asignar el NIE, porque dependen de la regularidad administrativa de sus progenitores.

Hay que recordar que el menor no es culpable de la decisión de sus progenitores de embarcarse en un proyecto migratorio , y menos de las decisiones tendentes a limitar sus derechos justificados por problemas burocráticos inexplicables , que quizás escondan el verdadero trasfondo del asunto.

Se cual fuera la causa de la decisión de impedir o poner trabas para el acceso a las Guarderías a los niños/as que carecen de NIE , no tiene fundamento legal y es un atentado contra la Constitución española y los tratados internacionales.

Pero sobre todo es un atentado a la dignidad de las personas y un acto inaceptable de discriminación por razón de nacimiento y raza.



CONSEJERÍA , CONSEJERÍA , CONSEJERÍA NO SE HAGA EL LISTA

CANARIAS AMENAZA CON DEVOLVER LA COMPETENCIA SOBRE LOS MENORES INMIGRANTES

Canarias amenaza con devolver la competencia sobre los menores inmigrantes

Foto: EP

MADRID, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

El vicepresidente del Gobierno canario, José Manuel Soria, advirtió, en una entrevista concedida a Europa Press, con la posibilidad de devolver la competencia de Inmigración sobre los menores inmigrantes que llegan a las islas, si el Gobierno no responde a las peticiones que está realizando el Ejecutivo canario en esta materia. Además, pidió que se contemple en la legislación el reagrupamiento de estos menores en sus países de origen.
José Manuel Soria habló de la reforma de la Ley de Extranjería que está en tramitación y también de la propuesta que ha realizado la vicepresidencia del Gobierno en relación con los menores que llegan de forma ilegal a España. Esta es precisamente la mayor queja del Gobierno canario, el gran número de menores que llegan a las costas del archipiélago y que no se pueden devolver a su país.
En este sentido, José Manuel Soria, explica que el problema de la inmigración "en general" está "más controlado" desde el momento en que el Gobierno de Rodríguez Zapatero decidió "no seguir yendo por libre en política migratoria dentro de la Unión Europea, se olvidó de los procesos de regularización masiva y de hacer esos efectos llamadas a las organizaciones que trafican con personas a través de política".
Según el vicepresidente canario, tras el cambio en la política migratoria del Ejecutivo socialista, las organizaciones criminales "se han centrado más en el tráfico de menores no acompañados porque la Legislación no permite su repatriación".
Esto ha provocado, según explicó, que en Canarias haya más de 1.000 menores inmigrantes, cuando la capacidad es de aproximadamente 250, lo que genera, además de "un gasto público" un problema de "condiciones".

4 VECES MAS MENORES QUE LA CAPACIDAD DE LOS CENTROS.

Leer más :

domingo, julio 05, 2009

TRAMPAS Y MISERIAS DEL ESTADO DE BIENESTAR . LOS SERVICIOS PÚBLICOS , ATASCADOS POR LA CRISIS , DESVÍAN A MILES DE CIUDANOS HACIA CÁRITAS.


REPORTAJE: vida&artes
Trampas y miserias del Estado del bienestar
Los servicios públicos, atascados por la crisis, desvían a miles de ciudadanos hacia Cáritas - España destina a gasto social 74.000 millones menos de lo que le correspondería por su nivel de desarrollo
JUAN G. BEDOYA 05/07/2009

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"España es un gigante económico con pies de barro sociales". Esta advertencia del economista Vicenç Navarro resume las alarmas de las organizaciones de caridad ante los desastres que está causando la crisis en cientos de miles de hogares españoles. En 2008, Cáritas atendió a un 50% más de personas que en 2007 y ahora las peticiones de alimentos y artículos básicos aumentan el 89,6%, y un 65,2% las ayudas para hacer frente a alquileres o hipotecas. Los mismos incrementos están registrando las cocinas económicas de las Hijas de la Caridad o el Banco de Alimentos en sus múltiples sedes. En la España que "va bien", hay gente que no tiene para comer y ha de esperar hasta cinco meses a que la Administración Pública, en sus diferentes niveles, le conceda las ayudas a las que tiene derecho por ley.
....
España continúa estando a la cola del gasto público social por habitante en la UE-15 (el grupo de países de semejante desarrollo económico al nuestro)", reitera de nuevo Vicenç Navarro
...
El trabajo incide en que el sistema de protección español está "siete puntos por debajo de la Unión Europea".
LEER MAS:

EL BANCO DE ESPAÑA CREE QUE LA INMIGRACIÓN PODRÍA CONTRIBUIR A MEJORAR LA PRODUCTIVIDAD DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA A MEDIO PLAZO

Economía/Laboral
Los inmigrantes cobran un 35% menos que los españoles pero reducen la brecha al 15% tras 10 años
El Banco de España cree que la inmigración podría contribuir a mejorar la productividad de la economía española a medio plazo
MADRID, 3 Jul. (EUROPA PRESS) -
El salario de entrada de los inmigrantes al mercado laboral español se sitúa alrededor de un 35% por debajo del de los trabajadores españoles que se hallan en igualdad de condiciones, aunque esta brecha se reduce al entorno del 15% al cabo de 10 años y se mantiene después estabilizada en esa cifra, sin que se logre nunca una convergencia salarial plena.
Así lo asegura el Banco de España en su boletín económico del mes de junio, en el que constata que durante los primeros años de estancia en España, la diferencia salarial inicial entre los inmigrantes y los españoles se reduce de "forma relativamente rápida e intensa" para después estancarse más o menos en el mismo porcentaje.
De hecho, la institución gobernada por Miguel Ángel Fernández Ordóñez calcula que en los primeros diez años, la brecha entre los salarios de los trabajadores extranjeros y los nativos se recorta 20 puntos, a un ritmo de dos puntos por año, siendo la reducción mucho más intensa en los primeros cuatro o cinco años de estancia en España, periodo en el que la diferencia salarial se acorta casi 15 puntos.
El patrón de asimilación salarial es muy similar en los primeros años tanto para los inmigrantes latinoamericanos y de los países de la ampliación, como para los trabajadores africanos llegados a España, si bien con el paso del tiempo éstos últimos son los que se llevan la peor parte.
En concreto, el Banco de España señala que durante los primeros cinco años los tres colectivos se comportan de forma similar, experimentando un "fuerte grado de asimilación" a los salarios de los españoles, pero a partir de ese momento el colectivo africano se estanca y no logra reducciones adicionales de su diferencia salarial. A largo plazo, el mejor comportamiento lo muestran los inmigrantes procedentes de países latinoamericanos, que son los que más consiguen acercarse a los salarios de los trabajadores españoles, aunque el Banco de España precisa que debe tenerse en cuenta que los flujos migratorios de los países de la ampliación europea son aún muy recientes.

PODRÍA MEJORARSE LA PRODUCTIVIDAD.

CANARIAS SÓLO DIO ASILO A UN 2,9 DE REFUGIADOS EN 2008


Canarias sólo dio asilo a un 2,9% de refugiados en 2008
El secretario nacional de CEAR destaca que los CIE de las Islas no ponen impedimentos para llegar a los demandantes de protección y critica la nueva Ley de Asilo española

Recientemente llegó a Tenerife un cayuco con 41 personas, todas varones y de origen subsahariano. manuel lérida

SONIA GALDÓN SANTA CRUZ DE TENERIFEEl secretario general de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Alfredo Abad, criticó que la nueva Ley de Asilo, que ha aprobado recientemente el Congreso, sigue siendo un retroceso en cuanto a los derechos de la anterior norma de 1984, a lo que se suma que puede llegar a ser anticonstitucional. En cuanto a Canarias, destacó que sólo el 2,91 por ciento de los solicitantes recibió el status de refugiado y que el CEAR desarrolla su actividad sin problemas en los centros de internamiento para extranjeros (CIE) de las Islas, pero que quedan cosas por mejorar para llegar a todos los posibles peticionarios de protección.En este sentido, explicó que el CEAR tiene "una buena baza para realizar entrevistas a los solicitantes de asilo en los centros de retención, ya que existe un buen diálogo con los CIE". Sin embargo, también destacó que hay problemas, ya que "hay personas que han recibido el folleto informativo sobre sus derechos y en su lengua, pero que no sabían leer, por lo que aún hay cosas que mejorar". De hecho, muchos inmigrantes son, sin saberlo, posibles solicitantes de asilo, como los que se ven forzados a desplazamientos por hambrunas, persecución de género o por razones derivadas del cambio climático. En Canarias y durante el año 2008, se presentaron 320 solicitudes de asilo, pero la concesión del estatuto de refugiado se hizo sólo en un 2,91 por ciento de los casos y, en cuanto a los tipos de protección internacional existentes, sólo se dieron en el 5 por ciento

HOYA FRÍA EN LITIGIO . EL REPUBLICANO SALVADO POR HOYA FRÍA .

EL REPORTAJE > LAS RAÍCES DEL LITIGIO ENTRE EL EJÉRCITO Y LA FAMILIA RODRÍGUEZ LÓPEZ
El republicano salvado por Hoya Fría
Rubens Marichal fue liberado a cambio de la donación a Franco de la finca para uso militar
Rubens Marichal (Santa Cruz de Tenerife 1890-Madrid 1949), diputado tinerfeño en la II República. / da


Vicente PérezSanta Cruz de TenerifeEl litigio ganado en 2007 por la familia Rodríguez López al Ministerio de Defensa por los terrenos de Hoya Fría tiene un nombre propio que la memoria histórica había olvidado: Rubens Marichal López. Elegido diputado por el Partido Radical en 1933 y subsecretario de la Marina Mercante en 1934, se topó con la represión que siguió al golpe de estado contra la II República.

LEER MÁS:

Pero el grueso de los terrenos tendrá que devolverlo antes del 6 de octubre el Ejército, según el plazo fijado por los tribunales para el desalojo de los cuarteles en cumplimiento de la sentencia de 1997. Una medida a la que se ha opuesto el Ministerio, alegando que con el acuerdo con la cooperativa Hespérides ya está cumplido el fallo del Supremo. La nueva estrategia de Defensa es expropiar a los Rodríguez López la misma finca que han perdido en el litigio, y ello pese a que, paradójicamente, aún no les reconoce como legítimos dueños.

COMENTARIO : SI LEVANTASE LA CABEZA Y VIERA PARA LO QUE SE UTILIZA

DISMINUCIÓN DE 5.000 ALUMNOS/AS EN LAS MATRÍCULAS DEL PRÓXIMO CURSO, DEBIDO FUNDAMENTALMENTE AL RETORNO DE MUCHOS INMIGRANTES .

sábado, julio 04, 2009

PLATAFORMA "ROMPAMOS EL SILENCIO " SE CONCENTRAN PARA DENUNCIAR LA GRAVE SITUACIÓN QUE VIVEN LOS MENORES EN LOS CENTROS DE PROTECCIÓN . MADRID

01-07-2009 - MDO / EP - Fotografías: Pagina web de Rompamos el silencio

Una treintena de activistas de la plataforma 'Rompamos el Silencio' se concentraron este miércoles a las puertas de la sede del Instituto Madrileño del Menor y la Familia para denunciar "la grave situación" que viven los residentes en los centros de protección menores, "mal llamados de protección".
La concentración, que se une a una serie de actividades subversivas que realiza la plataforma desde el viernes en su semana de lucha social, comenzó minutos después del mediodía. A lugar llegaron los activistas, que se toparon con un fuerte despliegue policial.

Los manifestantes tiraron pasquines y protestaron al grito 'Esta oficina tortura y asesina', 'Libertad para los chavales', 'Instituto represor'. Un grupo de ellos intentó hacer llegar un documento a la directora del IMMF sin éxito. Tras el intento, los activistas dieron por finalizada la concentración

En un comunicado, 'Rompamos el Silencio' recordó que en febrero de este mismo año el Defensor del Pueblo redactó un informe sobre los centros de menores "en el que se describen numerosos casos de tortura física y psicológica, medicación forzosa, lo que en definitiva supone el incumplimiento sistemático en estos lugares de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Estado Español en 1990".

Cierre de Picón

Concretamente, denunciaron la situación en el centro de menores Picón del Jarama por "practicar sistemáticamente el aislamiento, la medicación forzosa, violación del derecho de intimidad, humillaciones así como agresiones físicas y psicológicas".

Por ello, la plataforma exigió a la Comunidad de Madrid que con carácter inmediato, cierre el Centro de Picón de Jarama y retire de la concesión de gestión de centros a la Fundación O'Belén. "También exigimos que los responsables del IMMF se comprometan a cumplir la Convención Internacional de los Derechos del Niño en todos los centros de menores", indicaron.


http://www.centrodemedios.org/Cobertura-de-la-accion-del-Eje-de.html


Cobertura de la acción del Eje de Menores en el Instituto Madrileño del Menor y la Familia
Miércoles 1ro de julio de 2009

Esta mañana, una treintena de activistas de Rompamos el Silencio han realizado una acción ante el Instituto Madrileño del Menor y la familia para denunciar el trato recibido por l@s menores encerrados en los centros de "protección" de la Comunidad de Madrid.

Minuto a minuto de la acción:

12:09: Una treintena de activistas de Rompamos el Silencio llega ante la puerta del Instituto Madrileño del Menor y la Familia (Gran Vía 14), donde les espera una abundante presencia policial: varias dotaciones de antidisturbios (4 lecheras, y el habitual helicóptero rondando) en la puerta, que están procediendo a identificar a todos los presentes. Las activistas han desplegado una pancarta en la que se puede leer: "Solidaridad con l@s chic@s encerrad@s en el Centro Picón"

12:13: L@s activistas gritan "Esta oficina tortura y asesina", "Siete días de lucha social", "LIbertad para l@s chavales" y en estos momentos se están tirando pasquines en los que se puede leer: "Hamid Amrrani muerto en el centro de menores Picón de Jarama. Siete meses de impunidad"

12:14: El despliegue policial sigue creciendo: hay policía municipal y secretas. Tod@s las activistas han sido identificadas, desde primera hora de la mañana, en los seguimientos previos y al llegar al lugar donde estaba prevista la acción. Se escuchan gritos de "Instituto represor".

12:20: La policía comienza a registrar la mochilas de l@s activistas. Nuevos lemas, esta vez de "Encerrando no se educa". Recordamos que han sido 13 l@s menores muertos en centros de menores de la Comunidad de Madrid entre 2004 y 2009.

12.24 La policía ha retirado otra de las pancartas que portaban l@s activistas, en la que se podía leer "El IMMF, responsable del maltrato. 13 niñ@s muertos desde 2004", aunque todavía continua una desplegada, perfectamente legible desde la calle. Siguen tirando pasquines, en los que se lee: "Maria Victoria Ruiz Pérez, Paloma Martín Martín, Esperanza Aguirre, responsables de la muerte de Hamid Amrrani y del sufrimiento de l@s chaval@s encerrad@s en Centros de Menores de la Comunidad de Madrid". Hamid Amrrani era un menor de 12 años que apareció muerto el pasado 2 de diciembre en Picón del Jarama tras permanecer encerrado en una habitación durante 24 horas. Saray Granados, otra de las menores mencionada en los textos repartidos hoy ante la sede del IMMF, se tiró en marcha de una furgontea que la trasladaba de vuelta al centro Casajoven, en Azuqueca de Henares, tras pasar unos días con su familia. Murió el 19 de abril de este mismo año.

12:33: Hay cerca de un policía por cada dos activist@s, mientras que la puerta del IMMF está custodiada por un cordón de antidisturbios. A pesar del despliegue, l@s activistas continuan gritando consignas, como "Centros de menores, centros de exterminio".

12:40 Sigue llegando policía: hay siete furgontas de antidisturbios y uno de municipales en este momento ante la sede del IMMF. Tres portavoces de Rompamos el Silencio están en la puerta del Instituto hablando con dos responsables de la institución y con la policía. Piden hablar con Pilar Martin, directora del IMMF, para hacerle llegar un documento, y pedirle que lo firme, en el que se comprometa a cumplir con la Convención Internacional de los Derechos del NIño en todos los centros de menores que gestionan, y, a su vez, que se comprometa a cesar los contratos que tienen con Fundación O, Belen para la gestión de sus centros de menores.

Los mediadores del IMMF dicen que esto es una concentracion ilegal y que no aceptan hablar con ningún portavoz de Rompamos el Silencio. Exigen la retirada inmediata de l@s activistas, a lo que ést@s se niegan.

12:53: Nos comunican que no hay acuerdo como resultado de esta interlocución, por lo que l@s activistas dan por finalizada la acción tras constatar la negativa del IMMF a asumir públicamente la propuesta de reivindicaciones.

L@s activistas se retiran de la puerta del Instituto, seguid@s por dos furgonetas de antidisturbios y un helicóptero

Comunicado del Eje de Menores de Rompamos el Silencio:

Nos encontramos en la sede del Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) para denunciar y exigir públicamente su responsabilidad como Institución y señalar nominalmente a sus máximos representantes por la grave situación que se vive en los Centros de Menores, mal llamados de ?protección y de reforma?.

Estos centros, son gestionados por fundaciones/ongs-empresas, que obtienen unos excelentes resultados económicos del encierro de menores: según el último informe de la Asociación Pro-derechos Humanos de Andalucía, el Estado paga a las empresas que gestionan estos centros de menores en esa comunidad entre 219 y 284 euros diarios por cada menor. Lo que supone un mínimo de 6500 euros al mes.

En Febrero de este mismo año el Defensor del Pueblo redactó un informe sobre los centros de menores en el que se describen numerosos casos de tortura física y psicológica, medicación forzosa, etc lo que en definitiva supone el incumplimiento sistemático en estos lugares de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Estado Español en 1990.

Uno de los casos más alarmantes en la Comunidad de Madrid, es el del Centro de ?adaptación psicosocial?, Picón de Jarama, gestionado por la Fundación Internacional O`Belén. En este centro se practican sistemáticamente el aislamiento, la medicación forzosa, violación del derecho de intimidad, humillaciones así como agresiones físicas y psicológicas. En diciembre de 2008 Hamid Amrani se suicidó en este centro y nos consta que much@s más lo han intentado en los últimos meses.

Toda esta situación viene siendo denunciada públicamente, administrativamente y judicialmente desde hace varios años por diversas personas y colectivos. Los primeros resultados de esta lucha fueron visibles en Julio de 2007 cuando fue clausurado el centro terapéutico de ?La Jarosa?, gestionado también por la Fundación O`Belén, debido al aislamiento, mediación forzosa, etc. Las chavalas y chavales fueron trasladados a Picón de Jarama, en el que se está produciendo las mismas barbaridades.

La lucha contra estos centros, es también la lucha contra las instituciones que los crean y los intereses de las empresas capitalistas que los gestionan. Fruto de la presión social llevada a cabo en el último año se ha conseguido que Ibercaja retire las subvenciones a O`Belén, resultado que nos anima a seguir visualizando este conflicto como hemos hecho desde el primer momento: mediante la denuncia pública y la acción directa.

Por todo ello estamos aquí para señalar como máximos responsables de lo que está sucediendo en los Centros de Menores de la Comunidad de Madrid a:

Esperanza Aguirre, como máxima responsable política de la Comunidad de Madrid.

Dª Paloma Martín Martín, como gerente del IMMF.

Dª Mercedes Muñoz Sánchez, como máxima responsable del Área de Protección de Menor del IMMF.

Dª María Victoria Ruiz Pérez, como máxima responsable del Área de Coordinación de los Centros de Protección.

D. Emilio Pinto Rodríguez, Presidente de la Fundación O`Belén.

Juan Carlos Rodríguez, Director del Centro de Picón de Jarama.

A todos los ?educadores? y ?educadoras? de Picón de Jarama que hayan llevado a cabo torturas contra los chavales y chavalas.

Les exigimos que con carácter inmediato, se tomen medidas para el fin de la tortura, empezando por el cierre del Centro de ?Picón de Jarama? y la retirada de la concesión de gestión de centros a la Fundación O`Belén. También exigimos que los responsables del IMMF se comprometan a cumplir la Convención Internacional de los Derechos del Niño en todos los centros de menores.

EN MEMORIA DE HAMID AMRANI Y SARAY GRANADOS, MUERTOS BAJO CUSTODIA DE LA FUNDACIÓN INTERNACIONAL O`BELÉN

RETIRO LO ESCRITO . ALFONSO GONZALEZ JEREZ . DIARIO DE AVISOS . FRANQUISTA.

RETIRO LO ESCRITO
Franquista
ALFONSO GONZÁLEZ JEREZ

Yo no creo que el señor Manuel Alcaide sea un franquista nostálgico o un nostálgico del franquismo. Se trata de una tesis inverosímil. ¿En qué cabeza cabe que el PP propusiera en su día a un admirador del régimen franquista para Diputado del Común? ¿Alguien puede creer que Coalición Canaria -pese a su inermidad ideológica, su amnesia crónica y su pragmatismo gallináceo- hubiera apoyado a un apologeta de la dictadura más feroz que ha padecido este país? Quia, hombre. Los que pretenden relacionar las recientísimas declaraciones del señor Alcaide sobre las bondades político-administrativas del franquismo con sus pronunciamientos acerca de la imperiosa necesidad de expulsar fulminantemente a los inmigrantes subsaharianos menores de edad pinchan en hueso. Está muy claro que Manuel Alcaide quiere abandonar el cargo hace tiempo. En reiteradas ocasiones lo ha solicitado a las fuerzas parlamentarias, pero las fuerzas parlamentarias no se ponen de acuerdo en su sustituto. El taimado Alcaide ha creído encontrar una fórmula para acelerar este proceso bloqueado en la Cámara regional: declararse implícitamente partidario del Generalísimo y de su benemérita gestión durante cuarenta años. A ver si ahora se atreven a dejarlo en la poltrona dos años más.

Hay historiadores del Derecho y sabios administrativistas que, desde posiciones políticas e ideológicas muy distantes y en ocasiones antagónicas del franquismo evalúan como la única reforma administrativa eficiente y eficaz la impulsada por López Rodó en los años cincuenta: profesionalización burocrática, introducción de nuevas técnicas y metodologías en la gestión, formación sistemática del alto funcionariado y la nueva ley de procedimiento administrativo. Pero esta reforma terminó perdiendo impulso transformador y se osificó y, en definitiva, no se filtró jamás en las estructuras políticas de una dictadura que encarceló, amordazó y asesinó hasta sus últimos días. Claro que el señor Alcaide no se refiere a eso. El señor Alcaide defiende las bondades de un régimen cuartelero, miserable y criminal donde no era necesario ni un Defensor del Pueblo ni un Diputado del Común, ni un Parlamento, ni libertades constitucionales, ni justicia independiente, ni mucho menos las perniciosas elecciones políticas.

Por favor, retiren a este hombre de una vez. Está tan desesperado que pasado mañana es capaz de ponerse a cantar el Cara al Sol.
LEER :
COMENTARIO: ¿ Y POR QUÉ NO DESALOJAN A TODOS LOS PARLAMENTARIOS/AS RESPONSABLES DE LA ELECCION DE ESTE PERSONAJE Y SU MANTENIMIENTO EN EL EL CARGITO ? TODOS/AS SOMOS RESPONSABLES DE ESTE INDIGNO PERSONAJE , RECUERDO A LA FISCALÍA QUE DEBERÍA ESTAR YA IMPUTADO POR XENÓFOBO Y RACISTA .

LA INMIGRACIÓN ILEGAL YA ES DELITO EN ITALIA

La inmigración ilegal ya es delito en Italia

EFE La inmigración ilegal se ha convertido en delito en Italia, después de que el Senado diera hoy el sí final al proyecto de ley sobre seguridad que incluye, además, el establecimiento de rondas ciudadanas y amplia el período de retención de los indocumentados.En ese primer ámbito, el texto tipifica la inmigración clandestina, que no conllevará penas de cárcel, pero los inmigrantes podrán ser

La inmigración ilegal se convierte en delito en Italia
La Vanguardia - ‎02/07/2009‎
La inmigración ilegal se ha convertido en delito en Italia, después de que el Senado diera el sí final al proyecto de ley sobre seguridad que incluye, ...
La inmigración ilegal se convierte en delito en Italia Lanacion.com (Argentina)
Inmigración ilegal es delito en Italia Confirmado.net
Avala el Parlamento de Italia ley que instaura el delito de ... La Jornada (México)

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