sábado, 26 de marzo de 2011

CONDICIONES GENERALES PARA LOS SOLICITANTES AL INGRESO EN LOS CENTROS DE FORMACIÓN PARA INCORPORARSE A LAS ESCALAS DE TROPA Y MARINERIA

Resolución 452/38042/2011, de 10 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.


3.1.1 Condiciones generales para solicitantes extranjeros:

3.1.1.a) Tener en vigor la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente.

3.1.1.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.

3.1.1.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.

3.1.1.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.

3.1.1.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.

LAS PERSONAS EXTRANJERAS CON VISADOS DE ESTUDIOS PODRÁN PARTICIPAR EN LOS PROCESOS DE INGRESOS AL CUERPO MILITAR DE SANIDAD ,ESPECIALIDAD MEDICINA

MINISTERIO DE DEFENSA
Real Decreto 418/2011, de 25 de marzo, por el que se modifican determinados artículos del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.

http://boe.es/boe/dias/2011/03/26/pdfs/BOE-A-2011-5461.pdf



Tres. Se modifica el párrafo a) del artículo 15.2 del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas que queda redactado como sigue:


«a) Encontrarse en situación de residencia temporal o de larga duración en España. También podrán participar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para adquirir la condición de militar de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad, en la especialidad fundamental de medicina, quienes se encuentren con autorización de estancia por estudios.»

CURSO SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA EN POBLACIÓN INMIGRANTE, ORGANIZADAS POR CRUZ ROJA

Cruz Roja Española, organiza el curso "Salud sexual y reproductiva en población inmigrante", dirigido a profesionales del área social: trabajadores/as sociales, psicólogos/as, educadores/as, etc. El curso tendrá lugar los días 28 y 29 de marzo de 2011, en la Asamblea Comarcal de La Laguna, municipio de San Cristóbal de La Laguna, de 16:30 a 20:30 horas.

sábado, 19 de marzo de 2011

CONVOCATORIA AL FORO CANARIO DE INMIGRACIÓN

Asunto: RV: Convocatoria al Foro Canario de Inmigración

III. Otras Resoluciones. Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

1332 Viceconsejería de Bienestar Social e Inmigración.-

Resolución de 2 de marzo de 2011, por la que se convoca a las asociaciones de inmigrantes o refugiados y a las organizaciones no gubernamentales o de voluntariado con programas de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, interesadas en la participación en el Foro Canario de Inmigración.

(...)

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar, por medio de la presente, a las asociaciones de inmigrantes o refugiados con domicilio social en Canarias y a las organizaciones sociales no gubernamentales o de voluntariado, que tengan en Canarias sedes abiertas con carácter permanente, y con programas de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, que estén interesadas en participar en el Foro Canario de Inmigración.

(...)

jueves, 17 de marzo de 2011

IMPORTANTÍSIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE . LOS PROGENITORES DE HIJOS MENORES DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA SON COMUNITARIOS/AS

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)

de 8 de marzo de 2011 (*)

«Ciudadanía de la Unión – Artículo 20 TFUE – Concesión de un derecho de residencia en virtud del Derecho de la Unión a un menor en territorio del Estado miembro del que es nacional con independencia de que éste ejerza previamente su derecho a la libre circulación en territorio de los Estados miembros – Concesión, en las mismas circunstancias, de un derecho de residencia derivado al ascendiente, nacional de un Estado tercero, que asume la manutención del menor – Consecuencias del derecho de residencia del menor en los requisitos que ha de cumplir el ascendiente de dicho menor, nacional de un Estado tercero, por lo que se refiere al Derecho laboral»

En el asunto C‑34/09,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por el tribunal du travail de Bruselas (Bélgica), mediante resolución de 19 de diciembre de 2008, recibida en el Tribunal de Justicia el 26 de enero de 2009, en el procedimiento entre

Gerardo Ruiz Zambrano

y

Office national de l’emploi (ONEm),

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala),


RESUMEN

En efecto, debe considerarse que tal denegación del permiso de residencia tendrá como consecuencia que los mencionados menores, ciudadanos de la Unión, se verán obligados a abandonar el territorio de la Unión para acompañar a sus progenitores. Del mismo modo, si no se concede un permiso de trabajo a tal persona, ésta corre el riesgo de no disponer de los recursos necesarios para poder satisfacer sus propias necesidades y las de su familia, lo que tendrá también como consecuencia que sus hijos, ciudadanos de la Unión, se verán obligados a abandonar el territorio de ésta. En tales circunstancias, estos ciudadanos de la Unión se verán, de hecho, en la imposibilidad de ejercer la esencia de los derechos que les confiere su estatuto de ciudadanos de la Unión.

45 Por consiguiente, procede responder a las cuestiones planteadas que el artículo 20 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a que un Estado miembro, por un lado, deniegue a un nacional de un Estado tercero, que asume la manutención de sus hijos de corta edad, ciudadanos de la Unión, la residencia en el Estado miembro de residencia de éstos, del cual son nacionales, y, por otro, deniegue a dicho nacional de un Estado tercero un permiso de trabajo, en la medida en que tales decisiones privarían a dichos menores del disfrute efectivo de la esencia de los derechos vinculados al estatuto de ciudadano de la Unión.

Costas

46 Dado que el procedimiento tiene, para las partes del litigio principal, el carácter de un incidente promovido ante el órgano jurisdiccional nacional, corresponde a éste resolver sobre las costas. Los gastos efectuados por quienes, no siendo partes del litigio principal, han presentado observaciones ante el Tribunal de Justicia no pueden ser objeto de reembolso.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Gran Sala) declara:

El artículo 20 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a que un Estado miembro, por un lado, deniegue a un nacional de un Estado tercero, que asume la manutención de sus hijos de corta edad, ciudadanos de la Unión, la residencia en el Estado miembro de residencia de éstos, del cual son nacionales, y, por otro, deniegue a dicho nacional de un Estado tercero un permiso de trabajo, en la medida en que tales decisiones privarían a dichos menores del disfrute efectivo de la esencia de los derechos vinculados al estatuto de ciudadano de la Unión.

Firmas

jueves, 10 de marzo de 2011

III JORNADAS DE SENSIBILIZACIÓN INTERCULTURAL . INFANCCIA Y JUVENTUD MIGRANTES



III Jornadas de Sensibilización Intercultural en la ULL


Os informamos que ya podéis inscribiros en las III Jornadas de Sensibilización Intercultural que se realizarán los días 21, 22 y 23 de marzo, y tratarán sobre Infancia y Juventud Migrante y que desarrolla El Patio de las Culturas en coordinación con la Facultad de Educación (ULL).
La asistencia a las mismas es libre
y gratuita, sin embargo, aquellas personas que deseen asistir a los talleres y recibir un certificado de asistencia, deberán inscribirse mediante el siguiente enlace:

PATIO DE LAS CULTURAS

martes, 8 de marzo de 2011

CAMPAÑA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

OTRA RECTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA DE 1 DE JUNIO DEE 2010 .

Auto de 13 de enero de 2011, dictado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se rectifica la sentencia de 1 de junio de 2010 dictada en el recurso 114/2007.
Tribunal Supremo

Rango: Auto

Publicado en: BOE número 54 de 4/3/2011, páginas 24868 a 24868 (1 pág.)

Referencia: BOE-A-2011-4085

Contenido, oficial y auténtico, de la disposición:
PDF de la disposición

Formatos:
EPUB de la disposición ¿Qué es el formato ePUB?
Ampliación documental:
Análisis jurídico
TEXTO
En el recurso contencioso-administrativo 114/2007, interpuesto por la Federación de Asociaciones Pro Inmigrantes en Andalucía «Andalucía Acoge» y la Asociación Pro Derechos de Andalucía, se ha dictado auto de rectificación de sentencia, de fecha 13 de enero de 2011, del tenor literal siguiente:

La Sala acuerda: Acceder a la rectificación de los errores que se contienen en la sentencia de la Sala, de fecha 1 de junio de 2010, dictada en el recurso contencioso-administrativo 114/2007, seguido a instancia de la Federación de Asociaciones Pro Inmigrantes en Andalucía «Andalucía Acoge» y de la Asociación Pro Derechos de Andalucía, contra el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, debiendo las expresiones mencionadas quedar redactadas en los términos expresados en el citado Fundamento único de la presente Resolución.

Los mencionados términos citados en el Fundamento único son, asimismo del tenor literal siguiente:

El apartado 2.º k) del Fallo de la Sentencia quedará redactado en los siguientes términos:

«Disposición final tercera, apartado Uno (disposición adicional decimonovena del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre). La expresión «parentesco hasta segundo grado» que se contiene en su párrafo primero, apartado a). Así como la palabra otro de la expresión ciudadano de otro Estado miembro, del mismo apartado.»

Presidente: Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López. Magistrados: Excmos. Sres: D. Jesús Ernesto Peces Morate, D. Rafael Fernández Valverde, D. Eduardo Calvo Rojas y D.ª María del Pilar Teso Gamella.

EDUARDO GALEANO : MUJERES

sábado, 5 de marzo de 2011

EL DEFENSOR DEL PUEBLO ARREMETE CONTRA LA OFICINA DE EXTRANJERÍA DE BARCELONA

El Defensor del Pueblo arremete contra la oficina de extranjería de Barcelona

Los retrasos en los trámites afectan a millares de inmigrantes - La falta de personal obliga a "abandonar servicios" básicos para los usuarios

RIVERO PRESIDENTE DE CANARIAS , VINCULA LA INMIGRACIÓN CON EL FRACASO ESCOLAR EN EL ARCHIPIELAGO

RIVERO DANDO CLASES DE CIUDADANIA A NUESTROS HIJOS/AS


Rivero vincula la inmigración con el fracaso escolar en el Archipiélago


El presidente canario defiende que las Islas son la cuarta autonomía que más invierte en Educación -tras Valencia, Murcia y Madrid-. "Estamos muy lejos de quienes menos invierten", apostilló. 15/feb/
.
E. PRESS, S/C de Tenerife

El presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, defendió ayer que analizando los niveles de fracaso escolar en el Archipiélago "hay que tener en cuenta el impacto de la inmigración" al tiempo que recordó que en los últimos años las Islas han pasado de un índice del 37% al 31%.

Rivero explicó durante la celebración del desayuno coloquio "El camino hacia la reactivación" en Santa Cruz de Tenerife organizado por la Asociación para el Progreso de la Dirección que su encuentro con el responsable del Informe PISA sirvió para analizar los "puntos débiles" de la educación.

El mandatario regional enmarcó este estudio en uno de los apartados que Canarias puede mejorar para potenciar la competitividad. Añadió la apuesta por la innovación.

"El índice de fracaso ha descendido seis puntos", explicó Rivero para recordar que se pasó del 37% al 31%.

LEER MÁS :



COMENTARIO : COBARDE ECHÁNDOLE LA CULPA A LOS INMIGRANTES , NADA DE MEATE LA CULPA , CUANTO COBARDE EN POLÍTICA , VOY A PEDIRLE A LA TAVIO QUE ME ENSEÑE INGLES .

ESTRARBURGO , "INUNDADO" POR LAS MILES DE RECURSOS CONTRA EXPULSIONES DE INMIGRANTES .

Estrasburgo, inundado por miles de recursos contra expulsiones de inmigrantes

El presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos pide a los países de la UE pongan remedio a esta situación; las demandas para paralizar una expulsión se han multiplicado por 40

ABC, ENRIQUE SERBETO, 2011-02-15

La Unión Europea no sólo tiene que afrontar el desembarco de miles de tunecinos en Lampedusa. Para algunos problemas, los funcionarios se quejan de falta de voluntad de coordinación de los estados miembros, pero cuando esta voluntad existe, como es el caso de la nueva directiva de retorno para emigrantes sin papeles, su funcionamiento está teniendo efectos mal calculados.

El presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el juez Paul Costa, acaba de lanzar un llamamiento desesperado a los estados europeos para que pongan remedio a una situación que está inundando sus dependencias de recursos contra la expulsión administrativa. Desde que entró en vigor la directiva en diciembre pasado, las demandas para paralizar preventivamente una expulsión se han multiplicado por cuarenta. Suecia tiene 2.000 expulsiones pendientes

Suecia tiene pendientes del recurso ante el Tribunal de Estrasburgo más de 2.000 expulsiones, Reino Unido otras tantas, Holanda cerca de un millar y Francia, unas 400. Estos expedientes representan las solicitudes que han sido enviadas al tribunal para paralizar expulsiones en curso, casi todas formuladas a partir de octubre del año pasado.

Normalmente, el Tribunal Europeo recibía apenas un centenar de peticiones de este tipo, pero en los últimos cuatro meses se han disparado hasta el punto de que hace imposible su tratamiento en un plazo de tiempo razonable. La mayoría de los casos, según reconoce el propio tribunal, no cumplen ni siquiera las condiciones para ser admitidos a trámite, pero los jueces no las pueden archivar sin antes haber escuchado al menos a los reclamantes, algo bastante difícil cuando se trata de inmigrantes sin papeles que se ocultan precisamente para no ser expulsados.

En este ambiente cargado, donde la política migratoria está siendo revisada en muchos países (especialmente los que han acumulado un mayor número de expulsiones) se produce la revuelta en cascada en los países árabes de la orilla sur del Mediterráneo que puede repetir también reacciones como la de los miles de tunecinos que aprovechan la situación para probar suerte entrando ilegalmente en Europa.
COMENTARIO : Y EN ESPAÑA NOSOTROS LOS ABOGADOS/AS NI NOS ENTTERAMOS ... INUNDACIONES , LOS INMIGRANTES AHORA SON UN FENÓMENO METEOROLOGICO , PORFAVOR NECISITO VUESTRA LLUVIA PARA INUNDARME DE ESPERANZA.

jueves, 3 de marzo de 2011

UN ALCALDE EJERCIENDO IRRESPONSABILIDAD . MANO DURA CON LOS GITANOS , RUMANOS E INMIGRANTES .

Albiol, el alcaldable del PP por Badalona promete "mano dura" con los gitanos rumanos e inmigrantes, con el apoyo de Camacho (Presidenta PP Catalunya)


García Albiol, volvió ayer a vincular inmigración ilegal con delincuencia y prometió mano dura contra los gitanos: «han venido a hacer la vida imposible a los vecinos, a delinquir y a aprovecharse...

LEER :

COMENTARIO: MEDIOCRES ..RACISTAS ...AGGGGGGGGGG NO GASTO MÁS LETRAS Y SALIBA .........BUENO Y FISCALES DURMIENDO LA MONA .

martes, 1 de marzo de 2011

EL NUMERO DE INMIGRANTES NO COMUNITARIOS BAJA POR PRIMERA VEZ .

El número de inmigrantes no comunitarios baja por primera vez

Los procedentes de países de fuera de la UE desciende un 1,45%, hasta los 2,5 millones

PÚBLICO.ES / EUROPA PRESS
Madrid 01/03/2011 18:45 Actualizado: 01/03/2011 19:50
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informe inmigración en España 2010

El número de inmigrantes procedentes de países de fuera de la Unión Europea residentes en España descendió por primera vez en la historia al término de 2010, que se cerró con 37.056 personas menos inscritas en el Régimen General de extranjería, lo que supone una caída del 1,45% respecto de 2009, hasta un total de 2.524.976 personas con un permiso de residencia en vigor.

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COMENTARIO: Que pena cada día me tropezaré menos con gente de otros lados del mundo .