jueves, 22 de marzo de 2018

INFORME ANUAL 2017 DEL DEFENSOR DEL PUEBLO . MIGRACIONES






El año 2017 ha finalizado en el ámbito de la gestión de la inmigración y de la protección internacional en España con un denominador común: carencias estructurales en la gestión de los procedimientos que afectan a un importante número de ciudadanos extranjeros que, por motivos muy diferentes, se encuentran en nuestro país. Son tres las cuestiones que, a juicio de esta institución, necesitan de una intervención urgente por parte de la Administración. En primer lugar, por número de ciudadanos extranjeros afectados, hay que mencionar las más de 400.000 solicitudes de nacionalidad española por residencia que se encuentran pendientes de resolver en la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente de la Secretaría de Estado de Justicia. En segundo lugar se ha de hacer referencia a las 34.000 solicitudes de protección internacional que se encontraban pendientes de resolver en la Oficina de Asilo y Refugio de la Dirección General de Política Interior, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio del Interior. Por último, se hará referencia a las más de 29.000 personas que, como ya se ha señalado, han sido interceptadas intentando acceder de manera irregular a España en el pasado año. La gestión de esta cuestión corresponde a la Dirección General de la Policía, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad. La acogida humanitaria de las personas en situación irregular que, por motivos diversos, no pueden ser repatriadas, así como la gestión de la acogida de los solicitantes de protección internacional, corresponde a la Secretaría General de Inmigración y Emigración, dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Como se expondrá en los apartados siguientes, cada una de estas cuestiones presenta unas características diferentes y de su gestión se encarga un departamento distinto dentro de la Administración. Sin embargo, a juicio de esta institución, es posible identificar un denominador común que provoca gran parte de las deficiencias detectadas que no es otro que la ausencia de una política común que sea capaz de conjugar los intereses de los que ya están aquí, con las legítimas aspiraciones de las familias de vivir juntas; las de aquellos que quieren venir a trabajar con las necesidades de nuestro mercado de trabajo; las obligaciones internacionales suscritas por España respecto a la protección internacional con la gestión de un sistema de acogida y de integración eficaz; las necesidades de los españoles que, por motivos diversos, residen en el exterior y un largo etcétera. Esta necesidad de coordinación entre los distintos organismos de las administraciones públicas con competencias en la materia y la exigencia de una política migratoria que contemple todo el fenómeno en su totalidad no es ni mucho menos una novedad. En el año 2006 se creó, mediante la disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, la Agencia Estatal de Inmigración y Emigración, para el desarrollo y la ejecución de las competencias estatales en materia de regulación e integración social de los inmigrantes, así como para la programación y gestión de las diversas actuaciones de asistencia y apoyo a los emigrantes españoles en el extranjero. Esta norma fue posteriormente suprimida por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición derogatoria única), sin que nunca llegara a implementarse. La experiencia acumulada hace que se pueda seguir afirmando la urgente necesidad de retomar esta propuesta como una oportunidad para, de una parte, rediseñar todos los sistemas de gestión a los que se ha hecho referencia en los párrafos anteriores y, por otra, buscar un modelo de integración avanzada de los distintos organismos involucrados, tanto de la Administración General del Estado como de las distintas comunidades autónomas y de los ayuntamientos, en función de sus competencias. Parte sustancial de ese esfuerzo tendría que estar en la creación de un fondo presupuestario de dotación mixta (Estado-comunidades autónomas) con el que la agencia atendiera al cumplimiento de sus funciones y especialmente al refuerzo financiero de las comunidades en las que se registre una mayor presencia de personas extranjeras. A juicio de esta institución, la labor de este organismo no se agotaría en laordenación y facilitación de los flujos migratorios, sino que debería de atender también a la realidad del asentamiento de las personas extranjeras en nuestro país, que frecuentemente presenta desviaciones muy significativas con relación a los puntos de primera acogida, como consecuencia de la movilidad que caracteriza al colectivo de ciudadanos extranjeros residentes. Para que la radicación de estas personas no produzca un desfase entre la oferta y la demanda de los servicios básicos de acceso generalizado (guarderías, educación, sanidad, centros de día, etc.) es preciso que todas las administraciones tengan la capacidad de ser más ágiles en la determinación de los movimientos migratorios interiores y de las personas que acceden a nuestro territorio, ya sea de manera irregular o como consecuencia de compromisos internacionales, de modo que puedan distribuirse los fondos con mayor rapidez que hasta ahora

( MIGRACIONES A PARTIR DE LA PÁGINA 240 )




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