sábado, 18 de diciembre de 2021

BREVE REFLEXIÓN CON OCASIÓN DEL DÍA DEL TRABAJADOR MIGRANTE DE 18.12021 HIPOLITO GRANERO

 En una Ponencia impartida el16.12.2021 por el Abogado experto en extranjería y derechos humanos Pascual Aguelo en Zaragoza sobre los derechos de los migrantes, concluía su intervención afirmando que "el Ius Migrandi debe regir la compleja realidad migratoria presente y futura" -aunque yo emplearía, en estos momentos, en vez de la forma verbal presente "debe", la condicional "debería"-.


El 18.12.2021 se conmemora el día del trabajador migratorio.


Mientras que quiénes tienen la "potestas" de elaborar las normas no conozcan en profundidad qué son los derechos humanos, cuáles son éstos -entre los que se incluye el ius migrandi, que, aunque no aparece expresamente citado en ninguna norma internacional de obligado cumplimiento, forma parte del derecho consuetudinario-, y, además, "se los crean" -sin que, como ahora ocurre, prevalezcan los intereses de cada uno de los Estados que conforman el estadio internacional frente a los derechos de todas las personas-, difícilmente podremos alcanzar una gobernanza que, partiendo de la soberanía de los Estados, postule el respeto al "ius migrandi", en el cuádruple aspecto de derecho a no emigrar, derecho a emigrar, derecho de residencia y derecho a retornar -¡frase no muy larga ("derecho a no emigrar, derecho a emigrar, derecho de residencia y derecho a retornar") y de fácil comprensión, si bien para los Estados, desde su (mal entendida) soberanía, es de difícil integración en sus normativas internas!-.


En el Consejo de Ministros de 17.12.2021 se hace referencia a la celebración del día del trabajador migrante que tiene lugar con ocasión de la fecha en que se suscribió la Convención sobre todos los trabajadores migratorios y sus familiares en 18.12.1990, y me surge la cuestión de ¿porqué el Estado español no ratifica la Convención de 1990 sobre los derechos de los trabajadores migratorios y sus familiares?.


Tratado internacional que reconoce para todos los trabajadores migratorios, ya se encuentren en situación regular o irregular, derechos que, al día de hoy, no están ni en el acervo de la Unión ni en la normativa interna española, y que el Estado español podría ratificar, al tratarse la migración de una competencia compartida, sin necesidad de recabar al respecto autorización, ni tan siquiera comunicación, a la Unión Europea.


Y lo más sorprendente es que siendo la situación actual de los inmigrantes (en situación regular o irregular) manifiestamente mejorable, hay que reconocer que desde el año 1.990, aún no habiéndose ratificado la Convención de 1990 por ninguno de los Estados de la Unión y por sólo unos pocos países receptores de inmigrantes, "lo que hoy tenemos es indudablemente mejor que lo que se tenía entonces".


Si desde una postura pesimista podría concluirse que el 18.12.2021 poco hay que celebrar, somos muchos que optamos por el optimismo y celebramos este 18.12.2021 como jornada para dar visualización a la muchas veces desconocida tarea de potenciar los derechos de los migrantes.


Un saludo:


H. Granero.

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