sábado, 5 de junio de 2010

PUESTA EN MARCHA Y FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE AUTOPISTAS DEL MAR ENTRE ESPAÑA Y FRANCIA . LAS MERCANCIAS NO TIENEN FRONTERAS SINO AUTOPISTAS

Acuerdos internacionales

Acuerdo entre el Reino de España y la República Francesa sobre la selección, puesta en marcha y financiación de dos proyectos de autopistas del mar entre España y Francia en la Fachada Atlántica-La Mancha-Mar del Norte, hecho en Madrid el 28 de abril y 10 de noviembre de 2009.
PDF (BOE-A-2010-8909 - 5 págs. - 191 KB)




Artículo 1. Definición.

A los efectos del presente Acuerdo, el término «autopista del mar» designará una oferta de transporte intermodal puerta a puerta que permita una transferencia modal significativa mediante la concentración de flujos de mercancías en itinerarios marítimos, sin distorsión de competencia contraria al interés común. Este servicio de transporte marítimo-terrestre internacional se dedicará principalmente al transporte intracomunitario de mercancías. Podrá consistir en la mejora de las conexiones marítimas existentes o en la creación de nuevas conexiones que presenten una alta relación calidad/coste y que sean viables en un plazo determinado, regulares y frecuentes.

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