sábado, 20 de junio de 2015

CENTRO DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS DE HOYA FRÍA EN TENERIFE . SUGERENCIAS DE LA DEFENSORA DEL PUEBLO

Sugerencias MNP 27.1 a 27.4/2014, de 19 de agosto, formuladas a la Dirección General de la Policía, Ministerio del Interior, en relación con la visita realizada al Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Hoya Fría, en Tenerife (4010592). Aceptadas.
27.1. Dejar de extender certificados médicos, a los pocos días del ingreso del interno en el CIE de Santa Cruz de Tenerife, donde conste que el interno está apto para viajar, dejando la fecha en blanco para su posterior cumplimentación.
27.2. Desarrollar las previsiones de la Instrucción 2/2014 de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, relativa a medidas de actuación preventivas de suicidios, en los Centros de Internamientos de Extranjeros, con el fin de asegurar su cumplimiento en el CIE de Santa Cruz de Tenerife.
27.3. Establecer en el CIE de Santa Cruz de Tenerife un registro de demandas de asistencia sanitaria y de citas programadas que permita conocer quiénes demandan asistencia sanitaria, cuántas asistencias se prestan diariamente y aquellas citas periódicas que se den por los servicios sanitarios, por requerirlo la patología que presente el interno.
27.4. Recoger en las historias clínicas del CIE de Santa Cruz de Tenerife, como fecha del reconocimiento médico inicial a los internos, la del día en que se produce y no la de ingreso en el centro.

Sugerencias MNP 36.1 y 36.2/2014, de 27 de octubre, formuladas a la Dirección General de la Policía, Ministerio del Interior, en relación con la visita realizada al Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Hoya Fría, de Santa Cruz de Tenerife (14010592). Aceptadas.
36.1. Dictar las instrucciones oportunas para que se emita a la dirección del CIE de Hoya Fría, de Santa Cruz de Tenerife, un informe médico de cada interno, sin información médica confidencial, donde se certifique que se ha realizado el reconocimiento médico al ingreso y que no existe inconveniente, desde el punto de vista médico, para que permanezca en las instalaciones.
36.2. Dictar las instrucciones oportunas para que se informe a los internos, del CIE de Hoya Fría de Santa Cruz de Tenerife que van a ser expulsados, del itinerario, destino final y horarios.


Recordatorio de deberes legales MNP, de 19 de agosto de 2014, formulado a la Dirección General de la Policía, Ministerio del Interior, tras la visita efectuada al Centro de Internamiento de Extranjeros de Hoya Fría, en Tenerife, sobre el deber que incumbe tanto al personal de seguridad como al sanitario que presta servicio en el CIE de de Santa Cruz de Tenerife, de dar cumplimiento a las previsiones del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuando tengan conocimiento de la existencia de lesiones cuya etiología atribuya el interno a una agresión (14010592).

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