domingo, 1 de agosto de 2010

EL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN IMPARTIRÁ INSTRUCCIONES PARA ACATAR LA SENTENCIA DEL SUPREMO , AUNQUE SU "ALCANCE ES LIMITADO"

Trabajo impartirá instrucciones para acatar la sentencia del Supremo, aunque su "alcance es limitado"30/07/2010 - 14:14


El director general de Inmigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Marcus González, asegura que se impartirán instrucciones a todas las oficinas de extranjería para acatar la sentencia del Tribunal Supremo que anula varios preceptos del Real Decreto que regula la entrada en España de familiares de ciudadanos europeos nacidos fuera de la UE, aunque considera que el alcance del fallo es "limitado".
MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
El director general de Inmigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Marcus González, asegura que se impartirán instrucciones a todas las oficinas de extranjería para acatar la sentencia del Tribunal Supremo que anula varios preceptos del Real Decreto que regula la entrada en España de familiares de ciudadanos europeos nacidos fuera de la UE, aunque considera que el alcance del fallo es "limitado".
En declaraciones a Europa Press, González se refería así a la sentencia del Supremo sobre el Real Decreto 240/2007 que, entre otras cosas, reconoce la reagrupación de parejas de hecho inscritas en los registros autonómicos, el derecho a trabajar de los familiares reagrupados mayores de 21 años, y el derecho de los extranjeros no comunitarios con hijos españoles a entrar en el país sin tantos requisitos como se piden al resto de los inmigrantes.
Para González, "es una sentencia con un alcance limitado en cuanto al número y los preceptos afectados" y se debe a que "el Real Decreto había interpretado restrictivamente" la directiva europea que debía trasponer, relacionada con la entrada y circulación de los familiares no europeos de ciudadanos que sí lo son.
La norma sólo era de aplicación para ciudadanos de la UE residentes en España y sus familias nacidas en terceros países, pero la sentencia "amplía el ámbito" de aplicación permitiendo que los derechos de entrada, circulación y residencia que recoge afecten también a los familiares extranjeros de los propios españoles.
COMENTARIO: ¿ PERO QUE ALCANCE LIMITADO? SERÁ IMPRESENTABLE , SI LA SENTENCIA SE CARGA CASI LA MITAD DEL REGLAMENTO ..... Y POR FAVOR NO INTERPRETE LA SENTENCIA , HÁGALA CUMPLIR , QUE YA SU GOBIERNO INTERPRETO LA DIRECTIVA , EL PROPIO REGLAMENTO Y ESTUVO MÁS DE 5 AÑOS VULNERANDO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS FAMILIARES COMUNITARIOS .... HAY QUE TENER CARA ...

1 comentario:

Anónimo dijo...

Soy afiliado del PSOE desde 1980,pero estas payasadas de interpretar una sentencia del TS. solo se le ocurren a fachas. Una sentencia no tiene interpretaciones. Vamos una cosa es política y otra jugar con los derechos humanos de españoles.
Y soy anónimo pues no estoy registrado pero mi e- mail es gstaadd@yahoo.es