domingo, 2 de julio de 2006

SABIAS QUE...........(I)

¿Sabías que... la sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de mayo de 2003, en el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Defensor del Pueblo contra la ley 1/1996 de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, reconoce este derecho a todos los extranjeros que se encuentren en España con independencia de su situación de legalidad o ilegalidad?

http://www.defensordelpueblo.es/home2.asp#

Y para cualquier tipo de procedimiento , no sólo en los procedimientos de denegación de permisos, asilo y cuestiones penales, cabe la posibilidad de solicitar abogado de oficio , cuando carezcas de ingresos superiores a 1085 € aproximadamente, para cualquier tipo de procedimiento que quieras iniciar o para la defensa de tus interéses, por ejemplo divorcio, procedimientos de desahucio, incumplimientos de contrato, etc.......
Todavía hay instituciones e incluso colegios de abogados que en sus páginas web no informan sobre este derecho fundamental.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Very pretty design! Keep up the good work. Thanks.
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Anónimo dijo...

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