jueves, 1 de marzo de 2007

DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA. SOLICITUDES PRESENTADAS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 240/2007

Disposición transitoria primera. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.


Las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto se tramitarán y resolverán conforme a lo previsto en él, salvo que el interesado solicite la aplicación de la normativa vigente en el momento de la solicitud y siempre que ello sea compatible con las previsiones del presente real decreto.

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