domingo, 1 de abril de 2007

FOLLETO INFORMATIVO DEL MTAS SOBRE EL NUEVO RÉGIMEN DE LOS COMUNITARIOS ( RD 240/2007)

http://extranjeros.mtas.es/es/general/Folletocomunitarios2007MODIFICADO.pdf

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¿Qué miembros de mi familia tienen derecho de residencia en España?

Los miembros de su familia que tienen derecho de residencia dentro del régimen comunitario de extranjería, son los siguientes:

· Su cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal.

. La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a los efectos en un Estado miembro de la Unión Europea que impida la posibilidad de dos registros simultáneos en dicho Estado, y siempre que no se haya cancelado dicha
inscripción.

· Sus descendientes y los de su cónyuge o pareja registrada (siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja), menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o incapaces.

· Sus ascendientes y los de su cónyuge o pareja registrada, que vivan a su cargo (siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja).

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