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Podrán ser objeto de subvención los siguientes programas:
1. Programas de acogida integral que den respuesta a las necesidades básicas y desarrollen medidas de apoyo a la inserción de personas inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social.
1.1 Dispositivos generales de alojamiento que desarrollen las siguien- tes acciones:
Orientación e información básica sobre la sociedad de acogida.
Alojamiento y manutención
Enseñanza de las lenguas oficiales de la sociedad de acogida.
Mediación intercultural y sensibilización.
Diagnóstico de la situación de vulnerabilidad.
Apoyo social y psicológico
Traducción e interpretación.
Derivación a otros recursos o redes sociales y familiares.
Suministro de material o ayudas económicas para cubrir necesidades básicas: ropa, higiene, gastos personales, trasporte, tarjetas telefónicas, etc.
Gastos sanitarios y farmacéuticos no cubiertos por la Sanidad Pública.
Acciones de formación e inserción laboral, itinerarios familiares de inserción.
Asesoramiento legal y documental.
1.2 Programas especializados de acogida integral:
Proyectos de acogida que tengan en cuenta las características y necesidades específicas de las mujeres.
Proyectos de acogida para personas especialmente vulnerables: enfermos crónicos, personas mayores, víctimas de tortura o de trata y tráfico de personas o con dificultades especiales de adaptación.
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