miércoles, 6 de febrero de 2008

ESPAÑA PUEDE JUZGAR EL TRÁFICO DE PERSONAS EN AGUAS INTERNACIONALES . EL TS DICE QUE EXISTE JURISDICCIÓN SI EL DESTINO DE LA EMBARCACIÓN ES ESPAÑA .

España puede juzgar el tráfico de personas en aguas internacionales
El Tribunal Supremo entiende que existe jurisdicción si el destino de la embarcación es el territorio español
EUROPA PRESS - Madrid - 06/02/2008


Los delitos contra los derechos de los extranjeros son competencia de los tribunales españoles aunque el delito se dé en alta mar si el destino es el territorio español. Éste es el dictamen que ha hecho público hoy la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) contradiciendo lo que había estimado el 23 de febrero de 2007 la Audiencia Provincial de Las Palmas, que entendía que no podía enjuiciar a 18 sospechosos por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros por introducir presuntamente en barco a 150 inmigrantes en España, por su "falta de jurisdicción" para enjuiciar esta causa.
COMENTARIO : OTRA SENTENCIA DEL TS ENCAMINADA A CONTROLAR LOS FLUJOS MIGRATORIOS , ESTOY DE ACUERDO CON LA VOZ PARTICULAR DE BACIGALUPO.

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