lunes, 12 de noviembre de 2007

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ANULA ALGUNOS PRECEPTOS DE LA LEY DE EXTRANJERIA .

El TC avala el derecho de los extranjeros a la educación
• Anulada la exigencia de ser residente para acceder también a la justicia gratuita
• Los derechos de huelga, sindicación y manifestación deberán regularse
MARGARITA BATALLASMADRID

Varapalo a la ley de extranjería que aprobó el Gobierno de José María Aznar. El Tribunal Constitucional ha anulado dos artículos que restringían el acceso de los extranjeros a la educación y a la justicia gratuita, ya que exigía que fueran residentes en nuestro país. Además, el alto tribunal pedirá al legislador que redacte, con los principios que le marcará, los derechos de reunión, huelga, manifestación, sindicación y asociación de los inmigrantes.El alto tribunal hizo público ayer el fallo de su decisión. En los próximos días notificará el texto de la sentencia. Cuatro magistrados han formulado un voto particular. La ponente de la resolución ha sido la presidenta, María Emilia Casas, experta en derecho laboral, que ha resuelto un recurso presentado por el Parlamento de Navarra contra esa ley.
El tribunal informó de que anula el artículo que exigía que solo los extranjeros residentes en nuestro país puedan acceder a la educación de naturaleza no obligatoria en las mismas condiciones que los españoles.
También desaparece la exigencia de residencia para los extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos económicos para litigar. A partir de ahora, los inmigrantes, independientemente de su situación legal, podrán disfrutar del derecho a la justicia gratuita. ( YA TENÍAN ESE DERECHO )
LA INTERPRETACIÓN
Por contra, el alto tribunal se limita a declarar inconstitucionales los artículos de la norma que regulan el derecho de reunión, manifestación, asociación, sindicación y huelga. La ley exigía a los extranjeros que pudieran acceder a esos derechos "cuando obtengan autorización de estancia o residencia en españa".Fuentes del alto tribunal han explicado que los jueces han realizado una interpretación sobre la aplicación de esos derechos. Estos principios deberán ser, en principio, asumidos por el legislador, que tendrá que reformar la ley para que sean constitucionales, según la versión del alto tribunal. El Constitucional también realiza una interpretación del artículo de la ley que regula la expulsión de los extranjeros cuando llegan a la frontera "en el plazo más breve posible".
COMENTARIO : UY TENGO QUE LEER LA SENTENCIA QUE LOS PERIODISTAS ESTÁN ATREVIENDOSE A DECIR MUCHAS COSAS RARAS , RARAS

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