miércoles, 9 de enero de 2008

DETENIDO EL DUEÑO DE UN HOTEL DEL SUR Y EL DE VARIAS JOYERIAS POR CONTRATAR A PERSONAS INMIGRANTES EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA IRREGULAR .

MIÉRCOLES, 09 DE ENERO DE 2008

La Unidad contra las Redes de Inmigración y Falsedad Documental arrestó los días 12 y 28 de diciembre al propietario, al director y a la gobernanta de un hotel de Las Américas por contratar a inmigrantes ilegales, un delito que también llevó a la detención del dueño de una cadena de joyerías con fuerte implantación en el Sur.

P.F., S/C de Tenerife

La Unidad contra las Redes de Inmigración y Falsedad Documental (Ucrif) del Cuerpo Nacional de Policía en el Sur de Tenerife procedió recientemente a la detención de cuatro personas que están acusadas de un presunto delito contra el derecho de los trabajadores. La intervención de dicho equipo se desarrolló en un complejo hotelero situado en la urbanización Costa Adeje -en la avenida Rafael Puig de Las Américas- y en una cadena de joyerías con locales en diferentes zonas de la Isla, aunque especialmente implantado en el sur de la Isla.

Según las fuentes consultadas por este periódico, los miembros de la Ucrif tenían conocimiento de que, al parecer, en el establecimiento alojativo había personas que, presuntamente, estaban dedicadas a captar y contratar a inmigrantes en situación irregular, con el fin de lucrarse y beneficiarse del trabajo que dichos empleados desarrollaban en condiciones que, supuestamente, vulneraban sus derechos. En dicha empresa dedicada a la actividad turística, los policías nacionales procedieron al arresto de tres personas, que fueron identificadas como el propietario del complejo hotelero, el director del mismo y la gobernanta.

Al parecer, desde la Ucrif se articularon los mecanismos que permitieron la obtención de pruebas y material documental que corroboran la imputación vertida sobre estas personas, que fueron apresadas el pasado 12 de diciembre.
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COMENTARIO: Y ESPERO QUE A LAS PERSONAS INMIGRANTES SE LES TRAMITE EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR SER VÍCTIMAS DE EXPLOTACIÓN LABORAL O POR COLABORACIÓN CON LA JUSTICIA
Artículo 45. Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales
45 4. Se podrá conceder una autorización por razones humanitarias, en los siguientes supuestos:

A los extranjeros víctimas de los delitos tipificados en los artículos 311 a 314 del Código Penal
45 5. Se podrá conceder una autorización a las personas que colaboren con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales
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OJO AL DÍA.......................... NADIE ES ILEGAL

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