viernes, 6 de junio de 2008

LA AUDIENCIA NACIONAL DA LA NACIONALIDAD A UN SENEGALÉS QUE FUE POLÍGAMO .. ¿ YYYYYYY?

La Audiencia da la nacionalidad a un senegalés que fue polígamo
La Sala dice que el hombre se ha adaptado a la sociedad
M. J. LÓPEZ DÍAZ - Almería - 06/06/2008


La Audiencia Nacional ha concedido la nacionalidad española a un ciudadano senegalés después de que el Ministerio de Justicia se la denegara al comprobar que era polígamo, opción que le permite su religión musulmana. El tribunal asegura, tras comprobar que en la actualidad está casado únicamente con una mujer en Senegal, que el hombre "se ha adaptado a su nueva sociedad y su comportamiento no es contrario al orden público protegido por la ley, garantizando el Derecho español el respeto a sus creencias". El Código Penal castiga la poligamia con pena de prisión de seis meses a un año.

Ndiaga Diop, de 52 años, estuvo casado en su país con dos mujeres

El senegalés Ndiaga Diop, de 52 años, llegó a España en 1991. Vive en Almería y trabaja como vendedor ambulante en mercadillos. En 1982 contrajo matrimonio en su país con una mujer con la que tiene seis hijos que viven en Senegal. Sin embargo, antes de 1982 tuvo una relación con otra mujer con la que llegó a casarse aunque después se separara. Con ella no tuvo descendencia pero durante un tiempo estuvo casado con las dos.

Cuando Diop solicitó la nacionalidad española en 2002, un oficio del Ministerio de Justicia se la denegó al conocer su opción polígama. "La integración en cualquier sociedad exige la aceptación y seguimiento de sus principios sociales básicos, especialmente aquellos recogidos en disposiciones legales que disciplinan los presupuestos esenciales de la convivencia entre ciudadanos", especificaba dicho oficio.

Tras recurrir ante la Audiencia Nacional, Ndiaga Diop entregó un certificado donde hacía constar su opción por la monogamia. Pero antes del recurso, existía otro certificado de 2002 que aseguraba que Diop optaba por la poligamia "con dote de 18.000 francos [27,69 euros]".

La sentencia dictada ahora "no comparte" la tesis de la Administración. La Sala considera que "la integración del demandante en la sociedad española exigía, dados sus orígenes, un proceso de adaptación a una nueva cultura y entorno [...]". Para el tribunal, la apelación que la Administración hace a la poligamia que Diop adoptó "legítimamente" en su país en 1982 supone "negar en tales casos la posibilidad de integración en la sociedad española a través del correspondiente proceso evolutivo de adaptación".

El abogado de Diop, Marcelo Quílez, valora la sentencia como un triunfo al considerar que ésta deja en un segundo plano su opción final por la monogamia. "La sentencia dice que aunque fuera polígamo, que no lo sabemos, le da la nacionalidad. Sólo cuando sea contrario al orden público se denegaría este derecho". Diop reconoce que aún no se ha planteado si quiere traerse a España a toda su familia: "Lo que quiero es saber cuándo llegan los papeles".
COMENTARIO : YYYYYYYYYY Y Y LO GRAVE ES QUE LA ADMINISTRACIÓN LE HUBIESE DENEGADO A ESTE SEÑOR LA NACIONALIDAD DESDE EL PRINCIPIO PORQUE FUE POLÍGAMO EN 1982 , HAY QUE TENER VERGUENZA .
QUE PASA QUE LOS QUE NOS ROBARON EN 1982 LOS DINEROS DE LOS CONTRIBUYENTES , HOY EN DÍA NO PUEDEN SER CONCEJALES , O POLÍTICOS DE GRAN TRAYECTORÍA ....... QUE LO COJA QUIEN QUIERA .

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