viernes, 13 de noviembre de 2009

RETIRA UNA GUÍA QUE PIDE A LAS INMIGRANTES NO DENUNCIAR MALOS TRATOS EN LA POLICIA NACIONAL

Retira una guía que pide a las inmigrantes no denunciar malos tratos en la Policía Nacional



El Correo, JOSU GARCÍA, 2009-11-13


El Ayuntamiento de Bilbao retiró ayer de su web una guía editada por el área municipal de Igualdad y Cooperación en la que instaba a las mujeres inmigrantes a no presentarse ante el Cuerpo Nacional de Policía si eran víctimas de malos tratos, porque «podían ser expulsadas del país». En su lugar, se proponía acudir a la Ertzaintza o a la guardia urbana. El Consistorio tomó esta medida después de que el PP denunciara públicamente el caso. La versión digital del documento, que circula en papel desde hace un año por la ciudad, volverá a ser accesible en breve a través de Internet, una vez que «se añada la conveniente aclaración», explicaron fuentes de la Administración local.
La denuncia del grupo popular levantó ayer ampollas entre los sindicatos de las fuerzas de seguridad y puso en jaque al Ayuntamiento, que se vio obligado a matizar la publicación. EL CORREO tuvo acceso a la guía antes de que fuera retirada. Consta de 28 páginas. En la 24, bajo un epígrafe titulado ‘Falsas creencias’, los autores plantean la siguiente pregunta a los lectores: ‘Si no tengo papeles y denuncio ser víctima de violencia, me pueden expulsar de España’. Los redactores dan las siguientes respuestas: ‘Sí, si denuncio en la Policía Nacional’ y ‘No, si lo hago ante la Policía Municipal o la Ertzaintza’. A continuación, se ofrece el número de emergencias ‘por si necesitas protección urgente’.






COMENTARIO : UPSSSS .... ..SI LES ABREN UN EXPEDIENTE SANCIONADOR ....LO QUE TIENE EL GOBIERNO QUE HACER ES ELIMIAR CUALQUIER OBSTÁCULO PARA QUE LAS MUJERES PUEDAN DENUNCIAR EN LIBERTAD . ES UNA VERGUENZA QUE EN LA REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA SE SIGA PERPETUANDO ESTA INDIGNIDAD DE ABRIR UN EXPEDIENTE DE EXPULSIÓN , LLÁMENLO COMO LO LLAMEN ( PROVISORIO, QUE SE SUPENDE , CAUTELAR ) YA AMNISTIA INTERNACIONAL HA DENUNCIADO ESTA PRÁCTICA 3 VECES ..... CHINA SI ESPAÑA NO




Artículo 31 bis. Residencia temporal y trabajo de mujeres extranjeras víctimas de violencia
de género. (SE AÑADE)


1. Las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, cualquiera que sea su situación administrativa, tienen garantizados los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integra contra la Violencia de Género, así como las
medidas de protección y seguridad establecida en la legislación vigente.


2. Si al denunciarse una situación de violencia de género contra una mujer extranjera se pusiera de manifiesto su situación irregular, el expediente administrativo sancionador incoado por infracción del artículo 53.1.a) de esta Ley será suspendido por el instructor hasta la resolución del procedimiento penal.


¿SE LE ABRIRÁ O NO UN EXPEDIENTE DE EXPULSIÓN ?

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