domingo, 23 de diciembre de 2007

LA SUBCOMISIÓN DE EXTRANJERÍA DEL CGAE DENUNCIA LA INDEFENSIÓN DE LOS EXTRANJEROS FRENTE A LAS EXPULSIONES .

La Subcomisión de Extranjería del CGAE denuncia la indefensión de los extranjeros frente a las expulsiones

20/12/07 La Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española quiere mostrar su preocupación por la postura adoptada por algunos Juzgados y Tribunales de no considerar suficiente la designa efectuada al letrado por el Turno de Oficio para acreditar la representación en procedimientos de extranjería, exigiendo la presentación de un poder notarial o apoderamiento apud-acta específico. La Subcomisión denuncia que esta decisión impide en la práctica que muchas resoluciones de expulsión de extranjeros sean sometidas a la revisión judicial, con lo que la Administración encuentra un campo de total impunidad contra los extranjeros, que quedan indefensos frente a las expulsiones.

La Subcomisión del CGAE quiere denunciar que se está produciendo una situación “muy grave”, pues puede afectar a miles de expedientes de expulsión de extranjeros que la Administración está llevando adelante aun en contra de los criterios del Tribunal Supremo, pues impide que los jueces encargados de corregir esos expedientes entren a valorarlos. En este sentido, la Subcomisión de Extranjería del CGAE ha elaborado un “Informe sobre la representación del letrado designado de oficio en el proceso contencioso administrativo en materia de extranjería”, en el que estima que la designación confiere al abogado la defensa de los intereses y la representación procesal de los justiciables en aquellos supuestos en los que el nombramiento de procurador no resulta preceptivo.

La decisión de algunos juzgados y tribunales de cerrar la vía al proceso al desconocer la capacidad de representación del letrado designado de oficio vulnera, según la Subcomisión del CGAE, el derecho a la tutela judicial efectiva, que se trata de un derecho vinculado a la dignidad humana y por lo tanto reconocido a toda persona, y, como derecho intrínseco a éste, el derecho al beneficio de la justicia gratuita que la sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de mayo de 2003 ha reconocido a todos los extranjeros que se encuentran en España.

Puede consultar el informe e información adicional en los siguientes enlaces:

http://www.intermigra.info/extranjeria/modules.php?name=News&file=article&sid=1308
http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/impresos/INFREPRESdefinitivo.pdf
http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/impresos/RecdenegentradaF2.pdf

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