sábado, 14 de marzo de 2009

CONVENIO ENTRE LOS GOBIERNOS DEL REINO DE ESPAÑA Y DE LA REPÚBLICA DE SENEGAL SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA


Convenio entre los Gobiernos del Reino de España y de la República de Senegal sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, hecho ad referendum en Dakar el 5 de diciembre de 2006.
Artículo 1
1. Las Partes, de conformidad con la legislación de ambos Estados y con el presente Convenio, cooperarán en el ámbito de lucha contra la delincuencia, especialmente en sus formas organizadas.
2. Las Partes colaborarán en materia de lucha contra las acciones criminales, en particular,

a) El terrorismo.
b) Delitos contra la vida e integridad de las personas.
c) El tráfico, la producción y el comercio ilegales de estupefacientes y de sustancias psicotrópicas, así como de las materias primas para su fabricación y precursores.
d) La inmigración ilegal y el tráfico de seres humanos.
e) Las detenciones ilegales y secuestros.
f) La falsificación (elaboración, alteración) y utilización ilegal de documentos de identidad (pasaportes, visados y documentación de vehículos).
g) El contrabando.
h) El blanqueo de dinero procedente de actividades delictivas.
i) La falsificación (elaboración, alteración) y difusión fraudulenta de: moneda, medios de pago, cheques y valores.
j) La sustracción de vehículos, su tráfico ilícito y las actividades delictivas relacionadas con ellos.
k) El comercio ilegal de armas, municiones, explosivos, materias primas estratégicas (materiales nucleares y radiactivos), así como otras sustancias de peligrosidad general y mercancías y tecnologías de doble uso.
l) El tráfico ilícito de bienes culturales, de valor histórico y obras de arte.
m) Los delitos económicos, incluidos los delitos fiscales.
n) Las formas organizadas de delincuencia contra la libertad sexual, especialmente las relacionadas con menores, así como la confección, difusión y facilitación de contenidos pornográficos con participación de menores.
o) Los delitos cometidos a través de sistemas informáticos.
p) Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente.
COMENTARIO : CRIMINALIZAR LA INMIGRACIÓN , PENOSO

No hay comentarios: