sábado, 11 de julio de 2009

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA .

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS

Se adapta la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las Comunidades Autónomas.

También se introducen cambios en la renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para adaptar la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las Comunidades Autónomas de las competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo de los extranjeros.
Esta reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería tiene lugar tras la consecución del primer acuerdo de traspaso de la gestión de las autorizaciones iniciales de trabajo a la Comunidad Autónoma de Cataluña, y coincide con un ajuste puntual en materia de modificación y renovación de autorizaciones consecuencia de un acuerdo de diálogo social.
Los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas de Cataluña y Andalucía han recogido entre sus competencias ejecutivas laborales la autorización de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en su territorio.
Confluencia de administraciones
Esta asunción de competencias por parte de las autonomías tiene como consecuencia que en el procedimiento de solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo confluyan dos Administraciones públicas: la estatal, competente sobre autorización de residencia, lo que hace imprescindible la coordinación en el procedimiento de ambas Administraciones; y la autonómica, competente sobre la concesión de la autorización de trabajo, procedimiento en el que también es imprescindible la coordinación de ambas administraciones.
A juicio del Ejecutivo, el procedimiento de autorización aprobado por este Real Decreto supone un beneficio para el usuario y un ejemplo de coordinación interadministrativa: por un lado, los ciudadanos de las Comunidades Autónomas que tramiten estas autorizaciones se relacionarán con la Administración que es la más próxima al ciudadano, con una única presentación y notificación. Por otro, la Administración autonómica y la estatal ejercerán sus competencias a través de un procedimiento único que, soportado internamente por un sistema informático innovador, permitirá compartir información y ahorrar trámites, así como que ambas Administraciones conozcan el estado de tramitación en todo momento.
La Comunidad Autónoma de Cataluña ha sido la primera autonomía con la que el Gobierno ha llegado a un acuerdo sobre este procedimiento de extranjería en sus términos fundamentales. Sin embargo, la seguridad jurídica y la posibilidad de que las demás Comunidades Autónomas que tienen reconocida esta competencia en sus estatutos puedan desarrollarla requerían una regulación en la legislación estatal.
- Autorización inicial. Durante el primer año de estancia en España, los extranjeros tienen un permiso inicial que sólo les permite trabajar en un sector de actividad, en una determinada provincia y por cuenta propia o por cuenta ajena. El decreto aprobado ayer facilita los trámites para que puedan cambiar de sector de actividad, de área geográfica y de modalidad de empleo.

- Permiso de residencia. Para renovar los permisos de residencia, los extranjeros tienen que presentar un contrato de trabajo en vigor. Si se hallan en el paro, no pueden obtener nuevos documentos y caen en lo que se ha dado en llamar "irregularidad sobrevenida". A partir de ahora podrán renovarlos, aunque estén desempleados, aquellos que hayan cotizado a la Seguridad Social al menos nueve meses por año de estancia en el país.

- Reagrupación en España. Si uno de los miembros de un matrimonio de inmigrantes que hayan llegado a España con sendos contratos pierde su trabajo, no puede renovar su permiso de residencia: debe volver a su país para que su cónyuge con empleo solicite desde España su reagrupación familiar. A partir de ahora, si el cónyuge con trabajo demuestra que puede mantener a su pareja, la Administración renovará la autorización de ésta.

Además, el Gobierno ha modificado también el Reglamento para que Cataluña y Andalucía puedan expedir las autorizaciones iniciales de trabajo, tal y como recogen sus estatutos de autonomía. Cataluña comenzará a hacerlo a partir de octubre
Renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros

El Real Decreto contempla también algunos cambios significativos que ajustan determinados supuestos de renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros.
En el ámbito del diálogo social y en línea con las prioridades del Ejecutivo marcadas en la pasada Legislatura, el Gobierno ha alcanzado varios acuerdos en materia de extranjería que han hecho posible la introducción en esta nueva legislación de criterios para facilitar la recolocación de los extranjeros que hayan quedado en desempleo. De este modo, se modifican sus autorizaciones para eliminar las restricciones geográficas o de sector de actividad, así como se cambian la autorización de cuenta ajena a cuenta propia o viceversa.

Además, este Real Decreto facilitará la renovación de las autorizaciones de aquellos trabajadores que tienen una trayectoria laboral que acredita su vinculación reforzada con el empleo, al igual que las de otros extranjeros que cuentan con una red familiar que sustenta su mantenimiento en España cuando no pueden acreditar un contrato de trabajo en vigor en el momento de la renovación

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